Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de enero de 2016 /

El Peruano

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar la Comisión Técnica de Trabajo para las acciones a que se refiere el Comunicado Nº 0022015-EF/51.01 "Acciones de Depuración, Regulación, Corrección de Error y Sinceramiento Contable" de las cuentas contables previamente determinadas por la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración de la Unidad Ejecutora 001, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. La Comisión estará conformada por los siguientes funcionarios: · El Jefe de la Oficina de Finanzas, quien la presidirá · El Jefe de la Unidad de Contabilidad · El Jefe de la Unidad de Tesorería · El Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares · La Jefa de la Oficina de Control Institucional, en calidad de veedor. Artículo 2.- La Comisión Técnica de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo presentará al Jefe de la Oficina General de Administración, un informe técnico contable detallando las acciones realizadas durante el tiempo determinado que dure tales acciones, sustentando documentalmente y con las recomendaciones del caso. Artículo 3.- La Comisión Técnica de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, constituido por el artículo 1 de la presente resolución, actuara teniendo como referencia cuando corresponda, los lineamientos básicos para el proceso de saneamiento contable en el sector publico emitidos para las Entidades Gubernamentales que se estipulan en la Directiva Nº 0032011-EF/93.01, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 012-2011-EF/93.01. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución ministerial a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

Que mediante Resolución Ministerial N° 283-2011TR de fecha 23 de setiembre de 2011, se aprueba el Plan Estratégico de Gobierno Electrónico 2012-2015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y se pone en conocimiento de la resolución y del Plan Estratégico a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Acta de Trabajo N° 01-2015, de fecha 24 de abril de 2015, el Comité de Formulación, Implementación, Seguimiento y Monitoreo del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico (PEGE) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, entre otros puntos aprueba la incorporación, eliminación, modificación y reemplazos de proyectos del PEGE, debiendo la Secretaría Técnica del Comité indicado, actualizar la matriz de evaluación de metas e indicadores del PEGE 2012-2015; Que, al respecto, mediante Acta de Trabajo N° 02-2015, de fecha 21 de agosto de 2015, el Comité de Formulación, Implementación, Seguimiento y Monitoreo del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico - PEGE del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprueba la matriz de evaluación de metas e indicadores del PEGE 2012-2015 al 31 de diciembre de 2014, actualizada en base a los acuerdos suscritos en el Acta de Trabajo N° 01-2015 del referido Comité; Que, en mérito a lo expuesto y a los documentos de vistos, resulta necesario aprobar la cartera de proyectos del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico 2012-2015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; así como la matriz de evaluación de metas e indicadores del PEGE 2012-2015 al 31 de diciembre 2014; Con las visaciones de los Jefes de la Oficinas Generales de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal d del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014­TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la modificación Aprobar la Modificación del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico ­ PEGE 2012-2015, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 283-2011-TR, conforme a la matriz de evaluación de metas e indicadores del PEGE 2012-2015 al 31 de diciembre 2014; así como, la cartera de proyectos, que como anexos forman parte integrante de la presente resolución, manteniéndose subsistentes los demás extremos y alcances de dicho documento de gestión. Artículo 2.- Del cumplimiento Los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comprendidos en la modificación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, darán estricto cumplimiento al contenido del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico ­ PEGE 20122015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que se modifica, bajo responsabilidad. Artículo 3.- Del seguimiento y Monitoreo El Comité de Formulación, Implementación, Seguimiento y Monitoreo del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico efectuará el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico ­ PEGE 20122015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4.- De la publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y los anexos a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob. pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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Aprueban modificación del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico - PEGE 2012-2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2015-TR
Lima, 30 de diciembre de 2015 VISTOS: El Memorando N° 747-2015-MTPE/4 de la Secretaría General, el Oficio N° 487-2015-MTPE/4/13 de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Oficio N° 520-2015MTPE/4/13.2 de la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones, y el informe N° 2532-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 61-2011-PCM se aprueba los Lineamientos que establecen el contenido mínimo de los Planes Estratégicos de Gobierno Electrónico ­ PEGE, los mismos que son de obligatorio cumplimiento para todas aquellas entidades que conforman el Sistema Nacional de Informática, entre ellas, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 130-2011-TR de fecha 28 de abril de 2011, se constituyó el Comité de Formulación, Implementación, Seguimiento y Monitoreo del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico, encargado de elaborar, en un mediano plazo, los objetivos y estrategias del Plan Estratégico de Gobierno Electrónico ­ PEGE del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

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