Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

574032
VISTOS:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Viernes 1 de enero de 2016 /

El Peruano

La Resolución Jefatural N° 0206-2015-INIA de fecha 02 de setiembre de 2015 y la Resolución Jefatural N° 0282-2015-INIA de fecha 20 de noviembre de 2015; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural N° 0206-2015-INIA de fecha 02 de setiembre de 2015 se designó al Ing. Pedro Hugo Injante Silva, como Director de la Sub Dirección de Supervisión y Monitoreo de la Dirección de Supervisión y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias del Instituto Nacional de Innovación Agraria ­ INIA; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0282-2015INIA de fecha 20 de noviembre de 2015, se dejó sin efecto, entre otros, la designación realizada mediante Resolución Jefatural N° 0206-2015-INIA; y, a su vez se designó al Ing. Pedro Hugo Injante Silva, como Director de la Sub Dirección de Supervisión y Monitoreo de la Dirección de Supervisión y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias del Instituto Nacional de Innovación Agraria ­ INIA, cargo considerado de confianza; Que, la Jefatura del INIA, estima conveniente dar por concluida la precitada designación; y, a su vez, designar al profesional que desempeñará el cargo de confianza; De conformidad con la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones consideradas en el artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI; y, con las visaciones del Director General de Administración y de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Innovación Agraria ­ INIA;

Artículo 1°.- Dar por concluida, a partir del 4 de enero de 2016, la designación efectuada al Ing. Pedro Hugo Injante Silva, como Director de la Sub Dirección de Supervisión y Monitoreo de la Dirección de Supervisión y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias del Instituto Nacional de Innovación Agraria ­ INIA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar, a partir del 4 de enero de 2016, a la Ing. ELSA ELENA VALLADARES DE LOPEZ, como Directora de la Sub Dirección de Supervisión y Monitoreo de la Dirección de Supervisión y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias del Instituto Nacional de Innovación Agraria ­ INIA, cargo considerado de confianza. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria

1329543-2

AMBIENTE
Autorizan viaje de servidores del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 357-2015-MINAM Lima, 30 de diciembre de 2015

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN