Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 1 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

574079

Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestión en la ejecución de las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que permitan que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, pueda cumplir con las funciones y competencias señaladas en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y con la programación de las metas institucionales para el Ejercicio Fiscal 2016, resulta pertinente delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego; Con las visaciones del Viceministro de Trabajo, del Viceministro (e) de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, del Jefe de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones al Secretario General Delegar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2016, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1 Respecto a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo ­ Oficina de Administración: a) La facultad de suscribir, en el ámbito de su competencia y de acuerdo a la normatividad legal vigente, convenios interinstitucionales, así como disponer su modificación, exclusión o ampliación; b) La facultad de aprobar, modificar, derogar, directivas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecución del Ejercicio Fiscal 2016, así como los que regulen actos de administración interna, la elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de carácter interno, a cargo de los órganos de apoyo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; así como dejar sin efecto toda normativa interna o documento de gestión que se le oponga; c) Autorizar y resolver acciones de personal adscrito al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, del Nivel F-3 al Nivel F-5, y cuando corresponda entre los referidos niveles, al personal sujeto al Decreto Legislativo N° 728 y el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS. Esta facultad no incluye la de designar y remover a la que alude el artículo 25 inciso 5) de la Ley Nª 29158; d) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016; e) Suscribir los convenios respectivos y resolver los recursos de apelación cuando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo actúe en las compras corporativas facultativas como entidad encargada; f) Aprobar y suscribir los convenios institucionales aludidos en el artículo 94 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF; g) Resolver los recursos de apelación que interpongan los administrados en el ámbito de las contrataciones y adquisiciones estatales, convocados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dentro de los parámetros regulados en el ordenamiento jurídico; h) Aprobar el proceso de estandarización a que alude la Ley N° 30025, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015EF; i) Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo ­ Oficina de Administración; j) Aprobar, a propuesta de la Oficina General de Recursos Humanos, el Presupuesto Analítico de

Personal ­ PAP, el Cuadro de Puesto de la Entidad (CPE), la propuesta del Manual de Puesto Tipo de la Entidad (MPT), el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS), el Plan de Desarrollo de las Personas (PDP) y el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, y demás documentos de gestión de personal en el marco del "Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas"; k) Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal; así como las modificatorias a éste; l) Oficializar eventos con entidades y/o instituciones públicas y/o privadas, siempre y cuando no irroguen gastos a la Entidad; m) Aceptar las donaciones de bienes muebles e inmuebles, previa evaluación de la documentación respectiva, así como de los informes técnico y legal que sobre el particular vayan a expedirse; n) Atender, monitorear y dar cumplimiento a los mandatos judiciales, en los términos del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; así como de los mandatos y/o pronunciamientos expedidos por el fuero arbitral o por los tribunales administrativos; o) Suscribir la documentación concerniente al procedimiento para la contratación de consultores del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través del Fondo de Apoyo Gerencial ­ FAG, tales como términos de referencia, contrato de locación de servicios, adendas, conformidades de servicios y toda aquella señalada en los "Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público ­ FAG", regulados en el Decreto Ley N° 25650 y la Resolución Ministerial N° 4162014-EF/10; p) Designar a los integrantes de las comisiones de cautela, en cumplimiento de la Resolución de Contraloría General Nº 137-2015-CG, que aprueba la Directiva N° 0062015-CG/PROCAL, para la "Gestión de Sociedades de Auditoría"; q) Aprobar y dar la conformidad respectiva, a los informes y documentos -del personal a su cargo-, establecidos en el Numeral 6.2 del Punto 6 de los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial, en el ámbito de la Ley Nº 29806, aprobado por Resolución Ministerial Nº 283-2012- EF/43, que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público; así como disponer su respectiva tramitación ante el Fondo de Apoyo Gerencial del Ministerio de Economía y Finanzas; así como suscribir los documentos y oficios de salida a ser dirigidos a este último; r) Designar a los representantes de la entidad en procedimientos de negociación colectiva; s) Autorizar el uso del logo institucional, conforme al Decreto Supremo Nº 003-2008-PCM; t) Autorizar las transferencias financieras al Fondo de Asistencia y Estímulo ­ CAFAE del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; u) Designar a los representantes, titulares y suplentes, que conforman el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la entidad; y, v) La facultad exigida al Titular de la entidad prescrita en el Acápite G Numeral 1 Literal a) de la Directiva N° 0142000-CG, "Verificación y Seguimiento de Implementación de Recomendaciones Derivadas de Informes de Acciones de Control", aprobada por Resolución de Contraloría N° 279-2000-CG.", modificado por el Artículo Primero de la Resolución de Contraloría Nº 302-2015-CG. 1.2 Respecto a las Unidades Ejecutoras 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra", 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y 006: Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Obra", 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y 006: Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú". 1.3 Respecto a las Unidades Ejecutoras 001, 002, 005 y 006 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: - Aprobar los Estados Financieros y Presupuestales del