Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 1 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, el numeral 4.02 de la Cláusula Cuarta del Anexo Único del Contrato de Préstamo N° 2534/OCPE, establece que la UE-PMSAJ ­ MINJUS realizará las transferencias financieras a la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ) de los recursos necesarios según la programación descrita en los Planes Operativos Anuales (POA), quedando la UE -002-PJ y la Unidad Coordinadora del Programa en el Poder Judicial (UCP-PMSAJ-PJ) obligadas a realizar los reportes de las transacciones financieras y de contrataciones y adquisiciones, de conformidad con las políticas del BID y las Normas nacionales; Que, en el marco del Contrato de Préstamo antes señalado, con fecha 06 de julio de 2012, se suscribió el Convenio Especifico de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Poder Judicial; Que, en la Cláusula Quinta del citado Convenio Especifico se establece que los recursos que se indican en la Cláusula Cuarta serán transferidos por el MINJUS al Poder Judicial de acuerdo al Plan de Desembolsos que estará contenido en el Plan de Ejecución y el Plan Operativo Anual del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) ­ Primera Etapa, previa emisión de la norma que autoriza la citada transferencia; Que, mediante Oficio N° 073-2015-OCP/PJ, la Jefa de la Oficina de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial, solicita la transferencia financiera al Director Ejecutivo de PMSAJ; Que, el literal d) del numeral 12.1 del artículo 12 de la ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza la realización, de manera excepcional, de las transferencias financieras que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones oficiales de crédito celebrados en el marco de la normativa vigente; Que, en el numeral 12.2 del mismo dispositivo legal, establece que las citadas transferencias se realizan, en el caso de las Entidades del Gobierno Nacional mediante Resolución del Titular del Pliego, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30281 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2015 y la Ley N° 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, por un monto de S/ 16 500 000,00 (Dieciséis millones quinientos mil y 00/100 Soles) proveniente de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002PJ), para financiar las intervenciones a cargo de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el Poder Judicial (UCPPMSAJ-PJ). Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2015 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, Programa 9002 Asignaciones Presupuestales que no Resultan en Productos, Producto 3999999, Sin Producto, Actividad 5001253: Transferencia de recursos para la ejecución de proyecto de inversión. Artículo 3.- Monitoreo En el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015, la Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, relacionados a los recursos que le fueran entregados.

Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1° de la presente Resolución, no podrán ser destinados bajo responsabilidad a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Información Conforme a lo establecido en el Contrato de Préstamo N° 2534/OC-PE, la Unidad Ejecutora N° 2: Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ) y la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el Poder Judicial (UCP-PMSAJ-PJ) están obligadas a realizar los reportes de las transacciones financieras y de contrataciones y adquisiciones, de conformidad con las políticas del Banco Interamericano de Desarrollo, normas nacionales, así como con las disposiciones contenidas en el Convenio Especifico de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Poder Judicial, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial Regístrese, comuníquese y publíquese ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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Designan Directora de la Dirección de Promoción de Justicia de la Dirección General de Justicia y Cultos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0336-2015-JUS
Lima, 29 de diciembre de 2015 Visto; el Oficio Nº 1995-2015-JUS/DGJC de la Dirección General de Justicia y Cultos sobre la propuesta de designación en el cargo de libre designación y remoción de la Dirección de Promoción de Justicia, y el Informe Nº8562015-JUS/OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de libre designación y remoción de Director de Sistema de Programa Sectorial II, Nivel F-3, Director de la Dirección de Promoción de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Cultos; Que, a fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades de la citada Unidad Orgánica, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto con Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora María Esperanza Adrianzén Olivos en el cargo de libre designación y remoción de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3, Director de la Dirección de Promoción de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Cultos. Artículo 2.- Reservar la plaza del cargo de abogada IV, Nivel SPA de la Dirección de Asuntos Interconfesionales de la Dirección General de Justicia y Cultos, de la cual es titular la citada servidora, debiendo retornar una vez culminada su designación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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