Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE (TUPA- MINAM) DERECHO DE TRAMITACION (*) CALIFICACION AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER RECONSIDERACION APELACION INSTANCIAS DE RESOLUCION DE RECURSOS

574040

Nº DE ORDEN Formulario /Código/ Ubicación Positivo Negativo (en % UIT) 3,800 (en S/.) Automático

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

Número y Denominación

PLAZO PARA INICIO DEL RESOLVER PROCEDIMIENTO (en días hábiles) Evaluación Previa

- Fecha de emisión del informe

Artículo 43° del Decreto Legislativo Nº 1126 que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas (01.11.2012)

- Objetivo del procedimiento

- Empresas responsables e instalaciones del tratamiento y/o disposición

- Descripción de los IQBF a tratar

- Tratamiento y disposición final ( descripción secuencial del tratamiento)

- Aspectos ambientales y peligros asociados al tratamiento de los IQBF

Artículos 1° y 2° del Decreto Supremo Nº 024-2013-EF, que especifica insumos químicos, productos, subproductos o derivados, objeto de control a que se refiere el Artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 1126 (21.02.2013)

- Cuadro de resumen del tratamiento propuesto

- Almacenamiento, equipo de protección personal y medidas de seguridad

- Medidas de contingencia

- Datos y firma del profesional responsable del informe

Artículos 12°, 70°, 71° y 72° del Decreto Supremo Nº 044-2013- 3 Copia simple del Registro para el Control del IQBF EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1126 (01.03.2013)

4 Copia de las hojas de seguridad del fabricante del IQBF

NORMAS LEGALES

5 Pago del derecho administrativo2

Nota 1: De acuerdo a lo establecido en el artículo 55º del Decreto Legislativo Nº 1017.

Nota 2: Facultad delegada por acto administrativo emitido por el Titular de la Entidad.

1

En tanto no se implemente el Tribunal de Solución de Controversias Ambientales-TSCA, las apelaciones serán resueltas por el Viceministerio de Gestión Ambiental-VMGA

2

Pago por derecho administrativo, efectuado en la Tesorería del MINAM o depósito en la cuenta corriente N.° 000 874035 del Banco de la Nación, adjuntándose la boleta de venta que emitirá la Tesorería del MINAM.

Viernes 1 de enero de 2016 /

1329480-2

El Peruano