Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 1 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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N° 03 de fecha 09ABR2015, confirmó la sentencia de primera instancia; asimismo, el referido Juzgado a través de la Resolución N° 15 de fecha 24AGO2015, requiere al RENIEC de cumplimiento a la sentencia emitida. 27) La Sentencia contenida en la Resolución N° 07 de fecha 31OCT2014, emitida por el Décimo Octavo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la demanda, reconociendo el vínculo laboral a tiempo indeterminado sujeto al régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), existente con el servidor Tomas Norberto Bastidas Torres, desde el 02ABR2004; en consecuencia, ordenó al RENIEC cumpla con incorporar al servidor al libro de planilla respectivo; asimismo, la Segunda Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante Resolución N° 02 de fecha 30JUL2015, confirmó la sentencia de primera instancia; asimismo, el referido Juzgado a través de la Resolución N° 09 de fecha 10SEP2015, requiere al RENIEC de cumplimiento a la sentencia emitida. Que teniendo en cuenta que todo mandato judicial es de obligatorio cumplimiento, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), a efectos de incorporar al régimen de la actividad privada a los servidores demandantes, debe considerar el cargo, la ubicación laboral y el nivel remunerativo relativo a la prestación de servicios que vienen desempeñando actualmente bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 1057 y en ese sentido modificar su régimen laboral; Que de igual manera, la Gerencia de Talento Humano en atención al Informe N° 000092-2015/GTH/SGAL/RENIEC (09JUL2015) de la Sub Gerencia de Asuntos Laborales informó que en cumplimiento al mandato judicial, a través de la Resolución Jefatural N° 60-2014/JNAC/RENIEC (05MAR2014), se reincorporó al señor Fortunato Julca Victorio en la plaza de Técnico 3 de la Jefatura Regional 6 - Huancayo de la Gerencia de Operaciones Registrales, de manera provisional hasta que el Juzgado se pronunciara sobre la controversia existente en el proceso judicial; es así, que mediante Resolución N° 75 de fecha 20ABR2015, emitida por el Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Huancayo se declaró fundada la observación formulada, en consecuencia, ordenó al RENIEC cumpla con lo ordenado en la sentencia, en tal sentido, al encontrarse reincorporado en la plaza de Técnico 3 de la Jefatura Regional 6 - Huancayo de la Gerencia de Operaciones Registrales, corresponde su adecuación a la plaza de Profesional 3 de la Jefatura Regional 6 - Huancayo de la Gerencia de Operaciones Registrales; Que por otro lado, a través del Memorando N° 779-2015/ GTH/RENIEC (13JUL2015), la Gerencia de Talento Humano puso en conocimiento que en el Cuadro para Asignación de Personal vigente, que como Anexo forma parte de la Resolución N° 160-2015/JNAC/RENIEC (06JUL2015), se encuentra dos plazas de Auxiliar 1 de la Sub Gerencia de Procesamiento de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, siendo, que una de ellas fue trasladada a la Oficina de Convenios de la Secretaria General; sin embargo, se observa que continúan figurando dos plazas de Auxiliar 1 en la mencionada Sub Gerencia; en tal sentido, al haberse consignado involuntariamente el número "2" en la columna del Total y Situación del Cargo Presupuestado en la plaza de Auxiliar 1 de la Sub Gerencia de Procesamiento de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, en lugar de consignar el número "1" en la plaza señalada, se advierte un error material en su descripción, siendo necesario que se corrija el mismo en aplicación del artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, toda vez que, no se afecta la decisión de dicho acto administrativo; Que de la misma manera, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer, en el mismo acto administrativo, que este tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable rectificar con eficacia anticipada el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que como Anexo forma parte de la Resolución Jefatural N° 160-2015/JNAC/RENIEC (06JUL2015); Que la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia

de Planificación y Presupuesto, mediante documentos de vistos, informa que se cuenta con la previsión presupuestaria correspondiente con cargo a los recursos presupuestarios de la Institución del año fiscal 2015 para la inclusión de las plazas presupuestadas en el Cuadro para Asignación de Personal; Que conforme a lo señalado por la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través del documento de vistos, informa sobre la necesidad de modificar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del RENIEC, a efectos de incorporar las plazas solicitadas, remitiendo para ello la propuesta que contiene 632 plazas, de las cuales 611 se encuentran presupuestadas y 21 previstas (no presupuestadas), así como 97 cargos de confianza; estructura que incluye las plazas: una (1) plaza de Auxiliar 1, en la Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación de la Gerencia de Registros de Identificación; una (1) plaza de Técnico 2, en la Sub Gerencia de Procesamiento de Identificación de la Gerencia de Registros de Identificación; dos (2) plazas de Profesional 3, en la Jefatura Regional 1 - Piura de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (1) plaza de Técnico 1, en la Sub Gerencia de Identificación y Grafotécnica de la Gerencia de Registros de Identificación; una (1) plaza de Técnico 1 en la Sub Gerencia de Operaciones de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (1) plaza de Técnico 3, en la Sub Gerencia de Archivo Registral Físico de la Gerencia de Registros de Identificación; una (1) plaza de Profesional 3, en la Sub Gerencia de Formación y Capacitación de la Escuela Registral; una (1) plaza de Técnico 3 en la Jefatura Regional 8 - Arequipa de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (1) plaza de Técnico 2, en la Sub Gerencia de Archivo Registral Físico de la Gerencia de Registros de Identificación; una (1) plaza de Auxiliar 2, en la Jefatura Regional 8 - Arequipa de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (01) plaza de Profesional 3, en la Jefatura Regional 6 - Huancayo de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (01) plaza de Técnico 2, en la Sub Gerencia de Registro Itinerante de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; una (01) plaza de Técnico 3, en la Sub Gerencia de Distribución y Aprovisionamiento de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (01) plaza de Técnico 2, en la Sub Gerencia de Relaciones Públicas de la Gerencia de Imagen Institucional; tres (03) plazas de Auxiliar 2, en la Jefatura Regional 10 - Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (01) plaza de Profesional 3, en la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica; una (01) plaza de Auxiliar 1, en la Sub Gerencia de Distribución y Aprovisionamiento de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (01) plaza de Técnico 3, en la Jefatura Regional 2 - Trujillo de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (01) plaza de Técnico 3, en la Sub Gerencia de Fiscalización y Evaluación de Identificación de la Gerencia de Registros de Identificación; una (01) plaza de Auxiliar 2, en la Jefatura Regional 7 Ayacucho de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (01) plaza de Técnico 3, en la Sub Gerencia de Procesamiento de la Identificación de la Gerencia de Registros de Identificación; una (01) plaza de Auxiliar 2, en la Jefatura Regional 15 - Huanuco de la Gerencia de Operaciones Registrales; una (01) plaza de Técnico 1, en la Gerencia de Registros de Identificación; una (01) plaza de Técnico 2, en la Escuela Registral; una (01) plaza de Profesional 3, en la Sub Gerencia de Desarrollo Humano de la Gerencia de Talento Humano; Que el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala en la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria que mediante Directiva de SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; y, en la Única Disposición Complementaria Derogatoria, se derogó el Decreto Supremo N° 43-2004PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), así como su modificatoria, el Decreto Supremo N° 1052013-PCM; Que mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE (08AGO2014), se aprobó la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades", en la que se estableció las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, entre otros; asimismo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR/