Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 1 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
Recursos Directamente Recaudados Total

574095
En Soles 84 000 000.00 ------------------------84 000 000.00 =============

28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, el presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de coberturas con eficacia y eficiencia por parte de las Entidades; Que, mediante Ley N° 30372, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2016, en cuyos artículos 1 y 2 se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos del Sector Público para el referido año fiscal, así como los recursos que lo financian, estableciendo en los Anexos a que se refiere el numeral 1.2 del artículo 1 de la citada Ley la asignación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 022 - Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público ­ OSITRAN, el cual asciende a la suma de la suma de S/. 84 000 000.00 (Ochenta y cuatro millones y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento; Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 23.1 y 23.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, el PIA debe ser aprobado por los Pliegos a más tardar el 31 de diciembre de cada año fiscal; para tal efecto, una vez aprobada y publicada la Ley de Presupuesto del Sector Público, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General del Presupuesto Público, remite a los pliegos el reporte oficial que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos al nivel de pliego y específica del ingreso, y de Egresos por Unidad Ejecutora, de ser el caso, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoría de Gasto, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento, para los fines de la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura; Que, mediante Oficio Circular N° 006-2015-EF/50.03, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas remitió al Pliego 022: OSITRAN los reportes oficiales de la Ley N° 30372, referidos al Anexo 1 "PIA de los ingresos por Partidas", Anexo 2 "PIA de los Gastos", Anexo 3 "Estructura Programática" y Anexo 4 "Estructura Funcional", para los fines de aprobación respectiva; Que, en cumplimiento del numeral 7.2.1 de la Directiva que regula el Proceso Presupuestario en el OSITRAN, aprobada mediante Resolución de Gerencia General N° 127-2014-GG-OSITRAN y modificada por Resolución de Gerencia General N° 142-2015-GG-OSITRAN, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 051-2015-GPP-OSITRAN ha presentado la propuesta de aprobación del PIA, adjuntando los reportes oficiales remitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Nota N° 256-15-GAJ-OSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha señalado que la propuesta de aprobación del PIA del OSITRAN efectuada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es jurídicamente viable; Que, de acuerdo con el numeral 4 del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM, el Consejo Directivo tiene como función, entre otras, la de aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura; Que, resulta necesario aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2016 correspondiente al Pliego 022 - OSITRAN, desagregado de acuerdo a los montos asignados a través de la Ley N° 30372, a nivel de Unidad Ejecutora, para efectos de operativizar la gestión presupuestaria del Año Fiscal 2016; De conformidad con la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM; y, la Directiva que regula el Proceso Presupuestario en el OSITRAN, aprobada mediante Resolución de Gerencia General N° 127-2014-GG-OSITRAN y modificada por Resolución de Gerencia General N° 142-2015-GG-OSITRAN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los recursos que financian el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 022 - Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN por Fuentes de Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente:

El desagregado de los ingresos por la fuente arriba señalada, se presenta en el Anexo 1 "Presupuesto Institucional de Apertura de los Ingresos por Partidas", proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 022 - Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, de acuerdo al siguiente detalle: En Soles Gastos Corrientes Gastos de Capital Total 81 923 550.00 2 076 450.00 ---------------------84 000 000.00 =============

El Desagregado de los Gastos, se presenta en el Anexo 2 "Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos" por Unidad Ejecutora, proporcionado por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Aprobar la Estructura Programática y la Estructura Funcional correspondiente al Año Fiscal 2016, conforme se detalla en los Anexos 3 y 4, proporcionados por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y que forman parte de la presente Resolución. Artículo 4.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario, teniendo en cuenta el desagregado de los gastos y los recursos que lo financian, establecidos en los artículos 1 y 2 del presente dispositivo. Artículo 5.- Remítase copia del presente dispositivo a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dentro del plazo otorgado para ello. Artículo 6.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, publíquese la presente Resolución y sus anexos en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe ) y en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BENAVENTE DONAYRE Presidente del Consejo Directivo

1329467-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

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