Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 1 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

574057

Que, el 17 de setiembre de 2015, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2239 (2015), sobre la situación en Liberia; siendo esta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2239 (2015) sobre la situación en Liberia, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, aprobada el 17 de setiembre de 2015. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org). Artículo 2º- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolución 2239 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Ministerio de Defensa Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Resumen sustantivo de la resolución 2239 (2015) aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7525 sesión celebrada el 17 de setiembre de 2015 El Consejo de Seguridad ... Afirmando que el Gobierno de Liberia es el principal responsable de asegurar la paz, la estabilidad y la protección de la población civil en Liberia y de reformar el sector de la seguridad, en particular la Policía Nacional de Liberia y la Oficina de Inmigración Naturalización, Destacando que, para lograr una estabilidad duradera en Liberia, el Gobierno de Liberia deberá mantener unas instituciones de gobierno que funcionen bien y rindan cuentas, especialmente en los sectores de la seguridad y la justicia, a fin de ganarse la confianza de todos los liberianos, e instando al Gobierno de Liberia a que demuestre un progreso sustantivo en la reforma, la reestructuración y el funcionamiento eficaz de los sectores de la seguridad y la justicia para velar por la protección de los liberianos, ... Observando con preocupación las posibilidades de conflicto por los recursos naturales de Liberia y las controversias relacionadas con la propiedad de la tierra y observando también que las cuestiones relativas a la corrupción siguen amenazando con socavar la estabilidad y la eficacia de las instituciones gubernamentales, Encomiando la cooperación entre el Gobierno de Liberia y la Misión de las Naciones Unidas en Liberia (UNMIL) y los importantes esfuerzos de ambos para planificar el traspaso, el 30 de julio de 2016, de la responsabilidad de la seguridad a las autoridades de Liberia y prepararse para la ocasión, expresando preocupación por que el Gobierno no ha proporcionado una financiación previsible y sostenible para asumir los gastos ocasionados por el despliegue y el mantenimiento de personal y recursos de seguridad en todo el país, en particular para las operaciones y manutención de la Policía Nacional de Liberia y la Oficina de Inmigración y Naturalización fuera de Monrovia, y acogiendo con beneplácito el hecho de que las Fuerzas Armadas de Liberia hayan comenzado el proceso de marcado de armas, Encomiando los constantes esfuerzos que realiza el gobierno de Liberia para reforzar la cooperación en materia de seguridad en la subregión, en particular con los Gobiernos de Guinea, Sierra Leona y Cote d´Ivoire, y reconociendo que la inestabilidad en la zona occidental de Cote d´Ivoire sigue generando problemas de seguridad transfronteriza para Liberia y Cote d´Ivoire, ... Reconociendo que todavía hay que resolver problemas importantes en todos los sectores, como la persistencia de los delitos violentos, en particular las elevadas tasas de violencia sexual por razón de género, especialmente las que afectan a los niños, recordando sus resoluciones 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009), 1889 (2009), 1960 (2010) y 2106 (2013), relativas a la mujer, la paz y la seguridad, acogiendo con beneplácito el esfuerzo renovado del Gobierno de Liberia por promover y proteger los derechos humanos, en particular de las mujeres y

los niños, y poniendo de relieve que las barreras que persisten para que la resolución 1325 (2000) se aplique íntegramente solo se eliminaran mediante un compromiso especifico con el empoderamiento, la participación y los derechos humanos de las mujeres, así como mediante un liderazgo concertado, información y medidas sistemáticas, y apoyo para aumentar la intervención de las mujeres en todos los niveles de la adopción de decisiones, ... Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, Gobernanza, estado de derecho, reforma del sector de la seguridad y reconciliación nacional 1. Pone de relieve que recae en el Gobierno de Liberia la responsabilidad primordial y ultima respecto de la seguridad y la protección de su población e insta al Gobierno a dar prioridad al desarrollo eficaz y rápido de los organismos de seguridad, especialmente la Policía Nacional de Liberia, que es el principal órgano de aplicación de la ley con competencias de policía civil, entre otros medios, proporcionando de manera oportuna suficientes recursos financieros y apoyo de otro tipo, capacitación adecuada y capacidad de gestión directiva; ... 4. Insta al Gobierno de Liberia a que intensifique sus esfuerzos para avanzar en el traspaso de las responsabilidades en materia de seguridad de la UNMIL a las autoridades nacionales, en particular en lo que respecta al establecimiento de prioridades y la asignación de recursos para las carencias críticas con el fin de facilitar el éxito de la transición, el aumento de la capacidad y la competencia de la Policía Nacional de Liberia y la Oficina de Inmigración y Naturalización, así como el sector de la justicia, incluidos los tribunales y las prisiones, la facilitación de la promoción de los derechos humanos y la reconciliación, una supervisión eficaz, la profesionalidad, la transparencia y la rendición de cuentas en todas las instituciones de seguridad y el fortalecimiento de las instituciones democráticas y la ampliación de la autoridad y los servicios del Estado a todo el país en beneficio de todos los liberianos, ... 8. Expresa su persistente preocupación por que en Liberia sigue habiendo un elevado número de casos de violencia sexual y por razón de género entre las mujeres y las niñas, reitera su exhortación al Gobierno de Liberia para que siga combatiendo la violencia sexual, en particular contra los menores, y la violencia por razón de género y luchando contra la impunidad de los autores de tales delitos y proporcione reparación, apoyo y protección a las víctimas, entre otros medios, realizando campañas de información pública y prosiguiendo el fortalecimiento de la capacidad de la policía nacional en esta esfera y la concienciación acerca de la legislación nacional vigente sobre violencia sexual, y alienta al Gobierno a que reafirme su compromiso a este respecto, en particular financiando la ejecución de su plan de acción nacional sobre violencia sexual y la violencia por razón de género y mejorando el acceso de las mujeres y las niñas a la justicia, Mandato de la UNMIL 9. Decide prorrogar el mandato de la UNMIL hasta el 30 de setiembre de 2016; 10. Decide que el mandato de la UNMIL sea el siguiente: a) Protección de los civiles i) Proteger, sin perjuicio de la responsabilidad primordial que tienen las autoridades de Liberia, a la población civil frente a las amenazas de la violencia fiscal, dentro de sus posibilidades y zonas de despliegue; b) Reforma de las instituciones de justicia y seguridad i) Prestar asistencia del Gobierno de Liberia en la aplicación, en estrecha coordinación con los asociados bilaterales y multilaterales, según corresponda, de su estrategia nacional sobre la reforma del sector de la seguridad; ii) Asesorar al Gobierno de Liberia sobre la reforma del sector de la seguridad y la organización de la Policía Nacional de Liberia y la Oficina de Inmigración y Naturalización, como también sobre el sector de justicia y el sistema penitenciario, centrándose especialmente en el desarrollo de su capacidad de liderazgo, la gestión interna y los mecanismos de rendición de cuentas; iii) Prestar asistencia al Gobierno de Liberia para coordinar esa labor con todos los asociados, incluidos los donantes bilaterales y multilaterales;