Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 1 de enero de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de público de confianza de Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio del Interior; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Luis Marco Albujar Velásquez, en el cargo público de confianza de Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior

Que, mediante Ley N° 28749, modificada por el Decreto Legislativo N° 1207, se aprobó la Ley General de Electrificación Rural, con el objeto de establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM se aprobó el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural (en adelante el Reglamento), con el objeto de reglamentar el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de fronteras del país; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley General de Electrificación Rural, el Ministerio de Energía y Minas elabora el Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER), a largo plazo, con un horizonte de diez (10) años, el mismo que consolida los proyectos de electrificación rural de los gobiernos regionales y locales, los programas de expansión de las empresas concesionarias de distribución eléctrica y de electrificación rural, y los programas o proyectos a desarrollarse o que son aprobadas por el Gobierno Nacional; Que, el artículo 12 del Reglamento señala que el PNER constituye un documento de gestión a largo plazo, con un horizonte de planeamiento de diez (10) años, que contiene las políticas, objetivos, estrategias, metodologías, relación de proyectos y fuentes de financiamiento, para el desarrollo ordenado y priorizado de la electrificación rural en el largo plazo; Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 04 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificación Rural mediante la aplicación de Fondos Concursables - Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrificación Rural, con la calidad de órgano absorbente, la misma que entró en funciones el 01 de enero de 2008; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento, la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas ha formulado el PNER correspondiente al periodo 2016-2025; Que, el artículo 18 del Reglamento establece que el PNER es aprobado por el Titular del Sector Energía y Minas, y que la resolución aprobatoria será publicada en el Diario Oficial El Peruano y el Plan será difundido en la página web del Ministerio a partir del día siguiente de dicha publicación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749 - Ley General de Electrificación Rural; el Decreto Legislativo N° 1207; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural y sus modificatorias; el Decreto Ley N° 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y el Decreto Supremo N° 031-2007EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) correspondiente al periodo 2016-2025. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, la difusión del Plan Nacional de Electrificación Rural (PNER) que se aprueba en el Artículo 1 que antecede, así como disponer su publicación en la página web del Ministerio de Energía y Minas a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas

1329538-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial, para financiar intervenciones a cargo de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el Poder Judicial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0335-2015-JUS
Lima, 28 de diciembre de 2015 VISTO, el oficio N° 708-2015-UE-PMSAJ-MINJUS, del Director Ejecutivo (e) del Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia PMSAJ ­ Primera Etapa, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 248-2011-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por la suma de US$ 26 000 000,00 (Veintiseis millones y 00/100 Dólares Americanos) destinada a financiar parcialmente la Primera Fase del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ ) - Primera Etapa" suscribiéndose el Contrato Préstamo No 2534/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ( BID ), de fecha 09 de enero de 2012; Que, el artículo 3 de la norma acotada señala textualmente que la Unidad Ejecutora de la Primera Fase del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) Primera Etapa" será el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) que actuará por intermedio de la Unidad Ejecutora del Programa (UE ­ PMSAJ ­ MINJUSDH) y el Poder Judicial (PJ) que actuará por intermedio de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el PJ (UCP ­ PMSAJ ­ PJ) que a su vez contará con el apoyo de la Unidad Ejecutora N° 2: Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002PJ); Que, mediante Resolución Ministerial N° 00302012-JUS, se crea la Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, en el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (UE-PMSAJ-MINJUS);

1329504-1

INTERIOR
Designan Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0923-2015-IN Lima, 31 de diciembre de 2015