Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Viernes 1 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF; salvo aquellas facultades y atribuciones que tengan la categoría jurídica de indelegables, y aquellas no potestativas del Titular de entidad y que no han sido materia de delegación expresa a funcionario alguno. Artículo 3.- Delegación de facultades y atribuciones al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos Delegar al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2016, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo ­ Oficina de Administración, las siguientes facultades y atribuciones: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de funciones y puestos, reconocimiento de remuneraciones, destaques, renovaciones de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscritos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-2, del Decreto Legislativo Nº 728 y del Decreto Legislativo N° 1057 - Régimen de Contratación Administrativa (CAS); b) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades públicas y/o privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Recursos Humanos, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para el Año Fiscal 2016; y, c) Elevar los recursos de apelación ante el Tribunal del Servicio Civil, previa verificación de los requisitos de admisibilidad exigidos en el Decreto Supremo N° 008-2010PCM, y su modificatoria, Decreto Supremo N° 135-2013PCM; así como ejecutar las resoluciones expedidas por el referido tribunal administrativo. Artículo 4.- Delegación de facultades y atribuciones a los Viceministros de Trabajo y Promoción del Empleo y Capacitación Laboral Delegar a los Viceministros de Trabajo y Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, para el Ejercicio Fiscal 2016, la facultad de suscribir en el ámbito de su competencia y de acuerdo a la normativa legal vigente, acuerdos, convenios y memorandos de entendimiento, así como disponer su modificación, exclusión o ampliación. Los convenios interinstitucionales vinculados con las Unidades Ejecutoras y Programas adscritos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, son suscritos por el Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral. Artículo 5.- De la observancia de los requisitos legales La presente delegación de facultades y atribuciones, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 6.- De las Unidades Ejecutoras Los funcionarios a cargo de las Unidades Ejecutoras adscritas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, o responsables de éstas, en calidad de máximas autoridades administrativas de estas unidades ejecutoras ejercen al interior de ellas, para todos los efectos vinculados a las contrataciones estatales, las competencias y atribuciones establecidas en la normativa sobre la materia cuando esta lo refiera. Artículo 7.- De la vigencia Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2016.

fecha de la entrada en vigencia de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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Aceptan donación de FONDOEMPLEO para la ejecución de proyectos a cargo del Programa "Jóvenes Productivos"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 283-2015-TR
Lima, 30 de diciembre de 2015 VISTOS: El Oficio N° 1097-2015-MTPE/3/24.2; de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes a la Productivos"; el Oficio N° 1206-2015-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 698-2015-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe N° 2600-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2011-TR de fecha 20 de agosto de 2011, modificado por los Decretos Supremos N° 004-2012-TR y N° 004-2015, se crea el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, estableciéndose sobre la base de la Unidad Ejecutora 002 Capacitación Laboral Juvenil PROJOVEN, la misma que cuenta con autonomía técnico-administrativa, económica y financiera y que tiene por finalidad la inserción de los, las jóvenes de 15 a 29 años de edad, de escasos recursos económicos y/o en situación de vulnerabilidad, de las familias más pobres de la población rural y urbana, a través de su capacitación y fomento en el acceso al mercado de trabajo formal; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 892 y su Reglamento el Decreto Supremo N° 009-98-TR, se crea el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo -FONDOEMPLEO, como persona jurídica de derecho privado, con autonomía administrativa, económica y financiera, que tiene por objeto financiar proyectos, capacitaciones, emprendimientos y otros, que se determinen en el marco de los programas de promoción del empleo y mejora de la empleabilidad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, atendiendo a sus fines, en el mes de junio de 2014, FONDOEMPLEO convocó al 14° Concurso de Proyectos con la finalidad de financiar los mejores proyectos y/o iniciativas que mejoren la empleabilidad, promuevan o fortalezcan emprendimientos y contribuyan a la generación de empleo sostenido y mejora de ingresos en el ámbito urbano y rural; que beneficien preferentemente a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad; formulados y ejecutados por instituciones públicas o privadas de trayectoria reconocida en los servicios convocados; Que, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" informa que el Programa resultó elegido en el 14° Concurso de Proyectos para la ejecución de dos (2) proyectos de la Línea 1: Proyectos de Capacitación e Inserción Laboral en las Regiones de Puno y Cusco, que serán financiados por el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO hasta por un monto total de S/.1 300 660,81 (UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 81/100 SOLES), cuyo desembolso se realizará en calidad de donación con cargo y de acuerdo a los plazos establecidos en el cronograma aprobado por las partes; para tal efecto se suscribieron dos (02) convenios de financiamiento; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, las donaciones dinerarias

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Las facultades y atribuciones delegadas en materia de contrataciones y adquisiciones estatales contenidas en la Resolución Ministerial Nº 278-2014-TR, del 31 de diciembre de 2014, son aplicables al Ejercicio Presupuestal 2016 hasta la entrada en vigencia de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 3502015-EF. Las facultades y atribuciones delegadas en materia de contrataciones y adquisiciones estatales contenidas en la presente resolución entrarán en vigencia en la misma