Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2016 (13/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de abril de 2016 /

El Peruano

Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; y, Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220; SE RESUELVE: 1º Ratificar la Resolución de Decanato Nº 179-D-FCE-16 de fecha 22 de marzo del 2016 de la Facultad de Ciencias Económicas, en el sentido que se indica: 1.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 13 al 15 de abril del 2016, a don RICHARD HERNÁN ROCA GARAY, con código Nº 089974, Decano, y a don JOSÉ LUIS ALFARO MENDOZA, con código Nº 001708, Director de la Escuela Académico Profesional de Economía, respectivamente, de la Facultad de Ciencias Económicas, con el objeto de tratar los temas finales del convenio específico que se desarrollará con la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso de Chile. 2.- Otorgar a don RICHARD HERNÁN ROCA GARAY y a don JOSÉ LUIS ALFARO MENDOZA, las sumas que se indica, con cargo al Presupuesto 2016 de la Facultad de Ciencias Económicas, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley:
- Pasajes Aéreos (ida y vuelta) y Gastos de S/. 6,600.00 Transporte (S/3,300.00 x 2) - Viáticos (US$ 370.00 x 3 x 2)(TC: S/ 3.365 =7,470.30) S/. 7,470.30 TOTAL S/. 14,070.30

Kunturkanki, provincia de Canas, departamento de Cusco, debido a que se declaró la vacancia de Sixto Mamami Huillca, alcalde de dicha entidad edil, por la causal de fallecimiento contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Escrito N.º 1, del 8 de marzo del 2016 (fojas 01), Mariela Marú Benavente Medrano, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Kunturkanki, comunica que el concejo edil declaró la vacancia de Sixto Mamami Huillca en el cargo de alcalde, por la causal de fallecimiento contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Así también, remite el Acuerdo de Concejo N.º 016-2016-A-MDK-C, del 3 de marzo de 2016, adoptado en la sesión extraordinaria de la misma fecha, mediante el cual el concejo distrital declaró la vacancia del alcalde (fojas 05 a 07). Del mismo modo, adjunta copia certificada del Acta de Defunción N.º 5000477421 (fojas 03), con la cual se verifica que el alcalde falleció el 22 de febrero de los corrientes, a los 40 años. Por ello, en cumplimiento de lo establecido en la LOM, el concejo solicita que se convoque al suplente que corresponda para completar el número de integrantes del concejo para el periodo municipal 2015-2018. CONSIDERANDOS 1. Según el artículo 23 de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. El acuerdo de concejo que declara o rechaza la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración o apelación dentro de los 15 días hábiles siguientes. Finalmente, las resoluciones emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones son definitivas y no revisables en otra vía. 2. Sin embargo, mediante Resolución N.º 539-2013JNE, este colegiado electoral ha considerado que no solo resultaría contrario a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino también a la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de vacancia por causal de fallecimiento, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara la vacancia quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades para que asuman los cargos respectivos. 3. En el caso concreto, en vista de que está acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la copia certificada del acta de defunción, corresponde declarar la vacancia de Sixto Mamami Huillca en el cargo de alcalde; por ello se debe acreditar en su reemplazo al candidato no proclamado que le sigue en su propia lista electoral. 4. En tal sentido, se debe cancelar la credencial otorgada a la mencionada autoridad y convocar al suplente, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, que establece que en caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En el caso del teniente alcalde, lo reemplaza el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral y, finalmente, en caso de los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su lista electoral, y en el supuesto de que no haya suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 5. Por lo tanto, corresponde convocar a Henry Mamani Vera, identificado con DNI N.º 40789133, de la organización política Movimiento Regional Tawantinsuyo, para que asuma el cargo de alcalde, conforme al orden de

3.- Encargar el Decanato de la Facultad de Ciencias Económicas a don NESTOR HUGO LEZAMA COCA, con código Nº 038032, y la Dirección de la Escuela Académico Profesional de Economía de la citada Facultad a don PEDRO MIGUEL BARRIENTOS FELIPA, con código Nº 088285, por el período del 13 al 15 de abril del 2016 y mientras dure la ausencia de los titulares. 2º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" de conformidad a las normas vigentes, y a la Facultad de Ciencias Económicas asumir el pago del servicio de publicación. 3º Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ciencias Económicas, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANTONIA FLORENCIA CASTRO RODRÍGUEZ Rectora (i) 1366758-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Kunturkanki, provincia de Canas, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN Nº 0243-2016-JNE Expediente N.º J-2016-00268-C01 KUNTURKANKI - CANAS - CUSCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diez de marzo de dos mil dieciséis. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por el Concejo Distrital de