Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2016 (13/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de abril de 2016 /

El Peruano

legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1366615-1

renovación de la autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y su modificatoria, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS mediante Resolución Viceministerial Nº 436-2005MTC/03, para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chachapoyas, departamento de Amazonas; por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 07 de setiembre de 2025. Artículo 2º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y deberá haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados. Artículo 4º.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Artículo 5º.- La renovación a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1366583-1

Renuevan autorización otorgada a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas para continuar prestando servicio de radiodifusión sonora educativa en la localidad de Chachapoyas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 501-2016-MTC/03 Lima, 29 de marzo de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº 2015-054749 del 01 de setiembre de 2015, presentado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS, sobre renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 436-2005-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chachapoyas, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 436-2005MTC/03 del 02 de setiembre de 2005, se otorgó autorización a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chachapoyas, departamento de Amazonas; con vigencia hasta el 07 de setiembre de 2015; Que, con escrito de visto, la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS solicitó la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 436-2005-MTC/03; Que, el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19º de la Ley de Radio y Televisión establece que el plazo máximo para resolver las solicitudes de renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0674-2016MTC/28, opina que corresponde renovar la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 4362005-MTC/03, de titularidad de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS, al haber cumplido con las condiciones para la renovación y con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificarse que la administrada y su Alcalde no se encuentran incursos en los impedimentos ni en las causales para denegar la

Otorgan autorizaciones a personas naturales y jurídica para prestar servicio de radiodifusión por televisión en VHF en localidades de los departamentos de Ancash, Cusco y Tacna
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 505-2016-MTC/03 Lima, 30 de marzo de 2016 VISTO, el Expediente Nº 2015-043310 presentado por el señor VÍCTOR HUGO ARISPE QWISTGAARD, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión educativa en VHF en la localidad de Conchucos - Lacabamba, departamento de Ancash;