Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2016 (13/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de abril de 2016 /

El Peruano

Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada E. CABRERA BREVETES E.I.R.L. los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GÓMEZ Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1365638-1

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Aprueban documentos denominados "Estándares de Calidad para Bibliotecas Universitarias"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL N° 006-2016-BNP Lima, 25 de enero de 2016 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTOS, el Memorándum N° 496-2015-BNP/SNBSNB, de fecha 30 de setiembre de 2015, emitido por la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas; el Informe N° 178-2015-BNP/ODT, de fecha 23 de noviembre de 2015, emitido por la Oficina de Desarrollo Técnico; y el Informe N° 378-2015-BNP/OAL, de fecha 31 de diciembre de 2015, emitido por la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 134-2005-BNP, de fecha 22 de julio de 2005, se dispuso promover las "Mesas de Trabajo para la Formulación de Indicadores de Gestión de Bibliotecas Universitarias", para lo cual se convocó a los representantes de las universidades nacionales de Lima y Callao y de las cuales también participó la entidad; Que, mediante Acta de Instalación de fecha 25 de agosto de 2005, los participantes acuerdan dar por instalada la Mesa de Trabajo y convienen establecer un Comité de Bibliotecas Universitarias Nacionales ­ COBUN; Que, Comité de Bibliotecas Universitarias Nacionales ­ COBUN, en coordinación con la Dirección General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Escolares y Educativas solicitaron a la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú la aprobación del documento "Indicadores de Gestión de Bibliotecas Universitarias", el mismo que fue aprobado a través de la Resolución Directoral Nacional N° 145-2008-BNP, de fecha 08 de julio de 2008; Que, mediante Informe Técnico N° 023-2014-BNP/ SNB/CCRBEE-DEBAE, de fecha 17 de octubre de 2015, emitido por la Dirección Ejecutiva de Bibliotecas Académicas Especializadas, solicita la aprobación de los "Estándares de Calidad para Bibliotecas Universitarias" elaborado por el Comité de Bibliotecas Universitarias ­ COBUN, en el año 2011 y que cuentan con la validación de expertos en la materia; Que, a través del Informe N° 068-2015-BNP/SNB/ CCRBEE, de fecha 16 de junio de 2015, emitido por la Dirección General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Educativas y Especializadas, remite a la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas

la propuesta de Estándares de Calidad para Bibliotecas Universitarias elaborado por la Dirección Ejecutiva de Bibliotecas Académicas y Especializadas ­ DEBAE, en conjunto con el Comité de Bibliotecas Universitarias ­ COBUN; Que, mediante Memorándum N° 496-2015-BNP/DTSNB, de fecha 30 de setiembre de 2015, la Dirección Técnica del Sistema Nacional de Bibliotecas, remite a la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico, la propuesta de Estándares de Calidad para Bibliotecas Universitarias solicitando su aprobación; Que, la Ley N° 30034, Ley del Sistema -Nacional de Bibliotecas establece en el literal e) del artículo.4°, que son funciones del Sistema Nacional de Bibliotecas: "e) Definir estándares para los procesos bibliográficos y los servicios complementarios que brindan las bibliotecas y los centros de documentación pública, a nivel nacional"; Que, el literal g), del Artículo 14° del Decreto Supremo N° 002-2014-MC, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, publicado el 21 de setiembre de 2014, también señala como una de las funciones del Sistema Nacional de Bibliotecas: "Promover, monitorear y evaluar la aplicación de estándares e indicadores de calidad para el funcionamiento de las bibliotecas integrantes del SNB, tanto en su gestión, procesos y servicios bibliográficos, como en sus resultados. Así como sus fondos bibliográficos, criterios de selección y procesos de adquisición de dichos fondos"; Que, mediante Informe N° 178-2015-BNP/ODT, de fecha 23 de noviembre de 2015, la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico remite a la Oficina de Asesoría Legal el Informe N° 154-2015-BNPODT/ARAC-JCC, requiriendo la opinión legal correspondiente; Que, según lo señalado por la Oficina de Desarrollo Técnico, la Directora Ejecutiva de Bibliotecas Académicas y Especializadas, Sra. Rosa María Merino Layme, como representante de la Biblioteca Nacional del Perú en la COBUN, la Directora General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Educativas y Especializadas y el Director Técnico del Sistema Nacional de Bibliotecas, han manifestado su conformidad con el documento elaborado por el mencionado Comité; Que, mediante Informe N° 378-2015-BNP/OAL, de fecha 31 de diciembre de 2015, la Oficina de Asesoría Legal considera procedente el documento presentado, por lo que cumple con remitir a la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú el proyecto de Resolución Directoral Nacional correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MC; el Decreto Supremo N° 024-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR los documentos denominados, "Estándares de Calidad para Bibliotecas Universitarias", el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Educativas y Especializadas, ejecutar las acciones de seguimiento, coordinación e implementación necesaria para el adecuado cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página Web Institucional (http:// www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional 1366855-1