Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2016 (13/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Miércoles 13 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Jefe del Departamento de Registros 1366726-1

Opinan favorablemente para que el Banco Ripley Perú S.A. lleve a cabo un programa de emisiones de instrumentos representativos de deuda subordinada denominado "Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Ripley Perú S.A."
RESOLUCIÓN SBS Nº 1801-2016 Lima, 30 de marzo de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (E) VISTA: La solicitud presentada por el Banco Ripley Perú S.A., para que se otorgue opinión favorable para la emisión de instrumentos representativos de deuda subordinada computable como patrimonio efectivo de nivel 2 en el marco del "Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Ripley Perú S.A.", hasta por un monto máximo en circulación de S/ 100'000,000.00 (cien millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada por Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos, incluidos los bonos subordinados; Que, la emisión de instrumentos financieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232° de la Ley General, el que dispone que la emisión de bonos subordinados debe ser acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo delegar tal facultad en el Directorio; y que la emisión de los instrumentos financieros requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia, siendo aplicable lo previsto en el artículo 233° de la Ley General y la Circular SBS N° B-2074-2000; Que, mediante Resolución SBS N° 975-2016 del 24 de febrero del 2016, se aprobó el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero, en adelante el Reglamento; Que, el artículo 4° del Reglamento establece que las empresas comprendidas en el literal A del artículo 16° de la Ley General requieren opinión favorable de esta Superintendencia para emitir instrumentos representativos de deuda subordinada; Que, el artículo 16º del Reglamento dispone que la deuda subordinada redimible podrá ser considerada como parte del patrimonio efectivo de nivel 2 de las empresas, siempre que reúna las características señaladas en el referido artículo así como lo señalado en el artículo 3° del Reglamento; Que, en sesión celebrada el 22 de setiembre de 2015, la Junta General de Accionistas de Banco Ripley Perú S.A. aprobó la emisión del "Primer Programa de Bonos Subordinados" del Banco, hasta por un importe máximo en circulación de S/ 100'000,000.00 o su equivalente en dólares americanos. Asimismo, la mencionada Junta General acordó delegar en el Directorio la facultad de

decidir los términos y condiciones del Programa y de las emisiones que se realicen bajo el mismo; Que, en sesión de Directorio de Banco Ripley Perú S.A., celebrada el 22 de setiembre de 2015, se aprobó el "Primer Programa de Bonos Subordinados"; acordándose además facultar a determinados directores y funcionarios para que definan los términos y condiciones generales del programa. Que, el Banco Ripley Perú S.A. ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento N° 111 "Pronunciamiento sobre la emisión de instrumentos representativos de deuda subordinada - Empresas del Sistema Financiero", del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011 y modificatorias; Que, asimismo, el programa de bonos subordinados, cuya opinión favorable se solicita, reúne las características de la deuda subordinada redimible computable como patrimonio efectivo de nivel 2, señaladas en el artículo 233º de la Ley General y en el artículo 16° del Reglamento; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal; y, con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Ripley Perú S.A. lleve a cabo un programa de emisiones de instrumentos representativos de deuda subordinada denominado "Primer Programa de Bonos Subordinados del Banco Ripley Perú S.A.", hasta por un monto máximo en circulación de S/ 100'000,000.00 (cien millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos, conforme a los términos acordados por el Directorio de la entidad en virtud de la facultad otorgada por su Junta General de Accionistas. Artículo Segundo.- Precisar que el cómputo de la deuda subordinada emitida en el marco del programa señalado en el artículo precedente para la determinación del patrimonio efectivo, está sujeto a los límites establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 185° de la Ley General, y al cumplimiento de los artículos 3°, 4°, 6° y 16° del Reglamento. Regístrese y comuníquese y publíquese, JAVIER MARTIN POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1366885-1

Autorizan el funcionamiento de AvalPerú Compañía de Seguros S.A., como una empresa de seguros de ramos generales
RESOLUCIÓN SBS Nº 1976-2016 Lima, 6 de abril de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Inversiones AvalChile Seguros S.A., en su calidad de Organizador Responsable, representado por el señor Francisco Ignacio Álamos Rojas, para que se autorice el funcionamiento de una empresa de seguros que operaría en el ramo de riesgos