Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2016 (13/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 13 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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UGPYTOS-CFATEP y el Memorando Nº 021-2016-TP/ DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Informe Nº 043-2016TP/DE/UGPYTOS, de la Unidad Gerencial de Proyectos; los Informes Nºs. 005 y 025-2016-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; los Oficios Nºs. 059 y 140-2016-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", y el Oficio Nº 182-2015-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y sub empleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema; Que, el literal a) del numeral 12.1 y el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autorizó la realización de manera excepcional, de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano", recogiéndose las mismas formalidades en el literal a) del numeral 15.1 y el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modificado mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 215 y 234-2014-TR, precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 259-2015TR, de fecha 21 de diciembre de 2015, se aprobó la transferencia financiera del Programa a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de cien (100) convenios en el marco de las Acciones de Contingencia Excepcional (COEX) AC-73 y AC-76 - Tercer Grupo, por la suma total de S/. 38 617 805, 89 (Treinta y Ocho Millones Seiscientos Diecisiete Mil Ochocientos Cinco con 89/100 Soles), conforme al detalle contenido en los anexos adjuntos; Que, conforme a lo establecido en el ítem 28) del Anexo 01, que forma parte de la citada Resolución, se aprobó la transferencia financiera del Programa a favor de la Municipalidad Distrital de Putumayo (Código de Unidad Ejecutora Nº 301430), por el monto ascendente a S/. 299 565,00 (Doscientos Noventa y Nueve Mil Quinientos Sesenta y Cinco con 00/100 Soles), en virtud al Convenio de Ejecución de Proyecto Nº 20-0003-AC-73, suscrito entre la referida Municipalidad y el Programa; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 0118-2015-TP/DE/UZ-RP-LORETO de la Oficina Zonal de Loreto y el Informe Nº 473-2015-TP/DE/UGA-CFC de la Unidad Gerencial de Proyectos, debido al estado "inactivo" del código de la Unidad Ejecutora 301430 del organismo ejecutor, no se pudo concretar la transferencia financiera en el plazo fijado en el cronograma de actividades, habiéndose incurrido en incumplimiento a lo establecido en los numerales 5.1 y 5.2 de la cláusula quinta del Convenio de Ejecución del Proyecto Nº 200003-AC-73; por lo que, la Unidad Zonal Loreto comunica que procedió a resolver el citado convenio, a través de la Carta de Resolución de Convenio Nº 01-16-TP/DE/UZ LORETO; Que, la Unidad Gerencial de Proyectos a través del Informe Nº 043-2016-TP/DE/UGPYTOS y la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, mediante Informes Nºs. 005 y 025-2016-TP/DE/UGAL; concluyen que, al haberse resuelto el Convenio de Ejecución

del Proyecto Nº 20-0003-AC-73, el Programa no ha efectuado el desembolso del aporte del cofinanciamiento, correspondiendo modificar la Resolución Ministerial Nº 259-2015-TR en el extremo que aprueba la transferencia financiera del aporte total del Programa a favor de la mencionada Municipalidad; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Administración, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, y de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; y, los numerales 15.1 y 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 259-2015-TR, el mismo que queda redactado en los siguientes términos: "Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de noventa y nueve (99) convenios en el marco de las Acciones de Contingencia (COEX) AC-73 y AC-76 ­ Tercer Grupo, por la suma total de S/. 38 318 240, 89 (Treinta y Ocho Millones Trescientos Dieciocho Mil Doscientos Cuarenta con 89/100 Soles), conforme al detalle contenido en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial." Artículo 2.- Modificar el Anexo Nº 01 de la Resolución Ministerial Nº 259-2015-TR, excluyendo al convenio detallado en el ítem 28 correspondiente a la Municipalidad Distrital de Putumayo, el mismo que será reemplazado por el Anexo Nº 1 que se adjunta a la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1366978-3

Designan integrantes del Consejo de la Orden del Trabajo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2016-TR Lima, 12 de abril de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 079-2016-MTPE/1/23 de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo; el Oficio Nº 738-2016-MTPE/4/12 de la Oficina General de Recursos Humanos; el correo electrónico del 22 de marzo de 2016 de la Central