Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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por un monto de S/. 658 582,40 nuevos soles, para el ano fiscal 2013; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en ese contexto es necesario autorizar el pago de las cuotas a los organismos internacionales senalados, el cual se efectuara con cargo al presupuesto institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Pliego 011: Ministerio de Salud a efectuar el pago de cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuacion: PERSONA JURIDICA MONEDA

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI) correspondiente al periodo 01 de MORDAZA 2013 a 30 de junio 2014, con cargo al presupuesto de la Defensoria del Pueblo; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Defensoria del Pueblo a efectuar el pago de 750.00 (Setecientos Cincuenta y 00/100 Euros) al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI), correspondiente al periodo 01 de MORDAZA 2013 a 30 de junio 2014. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto de la Defensoria del Pueblo. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1033072-16

ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS) Cuota 2013 S/.1 853 196,80 INSTITUTO SURAMERICANO DE GOBIERNO EN SALUD (ISAGS) Cuota 2013 S/. 658 582,40

Articulo 2°.- Lo dispuesto en la presente Resolucion Suprema se financiara con cargo al presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1033072-15 RESOLUCION SUPREMA Nº 244-2013-RE MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 VISTO: El Oficio Nº 042-2013-DP/SG de la Defensoria del Pueblo, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al periodo 01 de MORDAZA 2013 a 30 de junio 2014, al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales con el fin de potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 073-2013RE se ha procedido a modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a efecto de atender el pago al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI);

SALUD
Disponen la renovacion de destaques de servidores que se encuentren laborando en la condicion de destacados al 31 de diciembre de 2013, durante el Ejercicio Presupuestal 2014
DECRETO SUPREMO Nº 017-2013-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, establece que todos tienen derecho a la proteccion de su salud y, tambien, que es el Estado quien determina la politica nacional de salud; Que, asimismo, el Acuerdo Nacional en su decimo tercera politica de Estado establece la universalizacion al acceso de la poblacion a los servicios de salud. De otro lado, la Ley General de Salud - Ley 26842, establece que la proteccion de la salud es de interes publico y, por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el literal a) del articulo 45 de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es competencia exclusiva del Gobierno Nacional definir, dirigir, normar y gestionar las politicas nacionales y sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el caracter unitario y descentralizado del gobierno de la Republica; Que, el mismo dispositivo agrega que los gobiernos regionales definen, MORDAZA, dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales; Que, el literal e) del articulo 7 del Decreto Legislativo 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud promueve y participa en el desarrollo y fortalecimiento de