Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 163

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

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Municipal adopto por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO: Condecorar con la MEDALLA CIVICA de la "ORDEN MORDAZA APOSTOL" con ocasion de conmemorarse el 84º Aniversario de creacion del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, a la: "INSTITUCION EDUCATIVA MORDAZA MORDAZA JIMENEZ" En reconocimiento a la educacion de calidad que brinda a los ninos y jovenes del distrito, que contribuye a la formacion de mejores ciudadanos. La I.E. FAP "MANUEL MORDAZA JIMENEZ", surge por iniciativa de la Comandancia General de la FAP en el ano 1962. Fue necesaria su ampliacion, por R.S. Nº 0895 del 11/09/1968 del Ministerio de Educacion se autoriza el funcionamiento de la Educacion Secundaria Comun en la Escuela Cooperativa Mixta Particular "Las Palmas" con el nombre de Colegio "Tecnico FAP MORDAZA MORDAZA Jimenez", con caracter de experimental. En la actualidad, podemos considerar al colegio por el numero de sus alumnos, su personal y su infraestructura como uno de los planteles mas MORDAZA del MORDAZA Mando se registre publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1032705-1

Articulo Segundo.- ESTABLECER que la vigencia del Comite de Vigilancia del MORDAZA del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2014, culminara al terminar los proyectos priorizados y ejecutados correspondiente al ano fiscal para el que fueron elegidos; siendo su labor ad-honorem. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, notificar a los integrantes del Comite de Vigilancia del Presupuesto Participativo del Ano Fiscal 2014, el presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y a la Gerencia de Participacion Vecinal. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, la publicacion del presente Acuerdo, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad, wwwmunisurco.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1032725-1

Condecoran con la Medalla Civica de la Orden MORDAZA Apostol, a institucion educativa del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 128-2013-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 19 de diciembre de 2013 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el pedido del MORDAZA senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, proponiendo a la I.E. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la Condecoracion de la Medalla Civica de la "Orden MORDAZA Apostol" de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 96-96-ACSS, del 11.07.1996, se crea la Condecoracion "Orden MORDAZA Apostol" de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo 9º del Decreto de Alcaldia Nº 072000-MSS publicado el 17.12.2000 - Texto Unico del Reglamento de la Condecoracion "Orden MORDAZA Apostol", modificado por los Decretos de Alcaldia Nros. 07-2004 y 17-2007-MSS, crea la Comision Especial de la Orden MORDAZA Apostol; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 006-2013ACSS del 30.01.2013, se designo a los miembros de la Comision Especial de la "Orden MORDAZA Apostol" para el Ano 2013; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que "Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion"; Que, el Articulo 10º inciso 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que es atribucion y obligacion de los regidores "Formular pedidos y mociones de orden del dia"; en concordancia con los Articulos 40º literal d) y 52º de la Ordenanza Nº 454-MSS que aprueba el Reglamento Interno de Concejo Municipal de MORDAZA de Surco; Que, el MORDAZA senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propone a la Institucion Educativa MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la Condecoracion de la Medalla Civica de la "Orden MORDAZA Apostol" de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Luego de debatido y escuchado las diversas opiniones de los senores Regidores, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo

Declaran la habilitacion MORDAZA de oficio de la urbanizacion Residencial MORDAZA, ubicada en el Sector I del distrito
RESOLUCION Nº 1081-2013-RASS. D.S. Nº 2302362012. MORDAZA de MORDAZA, 19 de diciembre de 2013 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 361-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 540-2013SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe Nº 975-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Documento Simple Nº 2302362012, a traves del cual se solicita a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA iniciar el diagnostico tecnico legal para verificar la viabilidad del inicio del procedimiento administrativo de Habilitacion MORDAZA de Oficio para el predio MORDAZA denominado Residencial MORDAZA, ubicado en el sector 1, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 49035302, de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA - Oficina Registral MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; y, CONSIDERANDO: Que, el Numeral 3.6.1) del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 ­ establece que, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro promover la habilitacion MORDAZA conforme a lo dispuesto en el numeral d) del Articulo 134º de la Ordenanza Nº 396-MSS que aprueba la Reestructuracion Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y Estructura Organica de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, establece que: "Las municipalidades declaran la habilitacion MORDAZA de oficio de los predios registralmente calificados como rusticos