Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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2011/SUNAT para los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional MORDAZA, esta ubicado en el MORDAZA Putumayo Nº 160, distrito de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto; Que resulta necesario modificar el lugar de cumplimiento referido en la Resolucion de Superintendencia Nº 0112011/SUNAT, debido al cambio de ubicacion de la sede de la Intendencia Regional Loreto; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello seria innecesario, en la medida que la designacion del lugar de pago y/o MORDAZA de declaraciones es potestad de la Administracion Tributaria; En uso de las facultades conferidas por los articulos 29° y 88° del TUO del Codigo Tributario, el articulo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias, el articulo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo Nº 1152002-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: SE RESUELVE: Articulo Unico.- MODIFICACION DEL LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES CON CODIGO Nº 18 Sustituyase el lugar de cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustanciales identificado en la Tabla contenida en el articulo 1° de la Resolucion de Superintendencia Nº 011-2011/SUNAT con el Codigo Nº 18, para que los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional MORDAZA cumplan con dichas obligaciones, asi como para que inicien procedimientos contenciosos y no contenciosos y realicen todo MORDAZA de tramite referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
DEPENDENCIA CODIGO DE LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES 18 LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES Esq. Avenida 28 de MORDAZA Nº 810 con MORDAZA Buenos Aires, distrito de Punchana, provincia de Maynas y departamento de Loreto.

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

Que se ha previsto la elaboracion del modelamiento informatico de los Requerimientos Informaticos de Negocio (RIN), para su implementacion en el mes de Noviembre del 2014, con la finalidad de adecuar las funcionalidades del sistema para el registro de computadoras portatiles de los tripulantes de las companias aereas; Que en tal sentido resulta necesario modificar las Disposiciones Complementarias Finales y Transitorias de la citada Resolucion, a fin de postergar la entrada en vigencia de las regulaciones sobre el registro de computadoras portatiles de los tripulantes de las companias aereas, asi como un numeral del referido procedimiento; Que se ha considerado innecesario prepublicar el presente proyecto conforme a lo dispuesto por el numeral 3.2 del articulo 14° del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas legales de caracter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 0012009-JUS"; En merito a lo dispuesto en el inciso b) del articulo 139° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002PCM y modificatorias, en uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/ SUNAT y estando a lo dispuesto por la Resolucion de Superintendencia N° 028-2012/SUNAT;

Articulo 1°.- Sustitucion de las Disposiciones Complementarias Finales y Transitorias de la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 008-2013/SUNAT /3A0000 Sustituyanse las Disposiciones Complementarias Finales y Transitorias de la Resolucion de Intendencia Nacional N° 008-2013/ SUNAT/3A0000, por los siguientes textos: "Primera.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, con excepcion de los registros a que se refieren los numerales 4 y 5 de la Seccion VI Disposiciones Generales que entraran en vigencia el 16 de Noviembre de 2014. Segunda.- Hasta el 15 de Noviembre de 2014, los registros previstos en la disposicion anterior seran solicitados por las companias aereas mediante expediente ante el area encargada del regimen de la intendencia de aduana respectiva, adjuntando un soporte magnetico en archivo Microsoft Excel con la relacion de las computadoras portatiles especificando el MORDAZA, MORDAZA, modelo, serie y estado de las mismas. En el caso del registro de baja de una computadora portatil, se tomara en cuenta la fecha de numeracion del expediente. Las companias aereas, a partir del 16 de Noviembre de 2014, deberan efectuar los registros a que se refiere la presente disposicion, en vias de regularizacion". Articulo 2°.- Modificacion de la parte final del numeral 4 de la Seccion VI del Procedimiento Especifico "Ingreso de Computadoras Portatiles por Tripulacion de Companias Aereas" INTA-PE.14.01 (version 3). Modificase la parte final del numeral 4 de la Seccion VI del Procedimiento Especifico "Ingreso de Computadoras Portatiles por Tripulacion de Companias Aereas" INTAPE.14.01 (version 3), aprobado por Resolucion de Intendencia Nacional N° 008-2013/SUNAT/3A0000 con el siguiente texto: "(...) En este caso la compania aerea efectua el registro de todas las computadoras a ser utilizadas conforme al numeral 3 de la Seccion VII del presente procedimiento." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FRASSINETTI YBARGUEN Intendente Nacional Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera 1033048-1

Intendencia Regional MORDAZA

Articulo 2°.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 2 de enero de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1033037-1

Modifican la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 008-2013-SUNAT/3A0000 y el Procedimiento Especifico "Ingreso de Computadoras Portatiles por Tripulacion de Companias Aereas" INTA-PE.14.01 (Version 3)
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL N° 14 -2013/SUNAT/3A0000 Callao, 27 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que con Resolucion de Intendencia Nacional N° 008-2013/SUNAT/3A0000 se aprobo el Procedimiento Especifico "Ingreso de Computadoras Portatiles por Tripulacion de Companias Aereas" INTA-PE.14.01 (version 3);