Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 157

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

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Autorizacion Municipal de Funcionamiento, las personas naturales y juridicas, que a la fecha no cuenten con su respectiva autorizacion Municipal de Funcionamiento, ni permiso para la Ubicacion de Anuncio y Avisos Publicitarios. Articulo 8º.- ESPECIFICACIONES TECNICAS Para efectos de la presente ordenanza, se entiende por: Anuncio, aviso o Elemento Publicitario.- Se denomina asi al mensaje publicitario que incluye la estructura o elemento fisico portador del mismo, incluyendose en esta definicion a los anuncios pintados o pegados a un paramento que MORDAZA ubicados en el interior o exterior; Su leyenda debera tener relacion directa con la razon social y con los giros autorizados. La instalacion de un anuncio adosado a la fachada en forma contraria a las especificaciones tecnicas municipales vigentes, constituye causal para la aplicacion de las sanciones respectivas, sin perjuicio de la nulidad de autorizacion concedida y la remocion del anuncio instalado. Toldo.- a la estructura metalica del MORDAZA fijo o plegadizo de material de MORDAZA, vinilico o similar y podran cubrir el 80% de la vereda (via publica) hasta un MORDAZA de 1.00 m. a la que da frente, sus aleros pueden contener un anuncio publicitario. El largo del toldo no debe exceder el frontis de la fachada del establecimiento y debera estar a una altura minima de 2.10 m. Desde el piso terminado de la vereda hasta la terminacion del alero del mismo. Articulo 9º.- DE LOS REQUISITOS Para la obtencion del beneficio Conjunto de Licencia de Funcionamiento, Anuncio publicitario y/o Toldo adosado a la fachada, la Sub. Gerencia de Comercializacion y Licencias debera evaluar lo que corresponde a la Zonificacion y Compatibilidad de Uso del establecimiento comercial que se pretende aperturar, de acuerdo a la normatividad vigente, ademas los administrados deberan presentar lo siguiente. 1.- Formulario gratuito de solicitud de declaracion jurada de licencia de funcionamiento, que incluya: - Nº de RUC. y DNI. o carne de extranjeria del solicitante, tratandose de personas juridicas o naturales, segun corresponda. - DNI. o carne de extranjeria del representante legal, en el caso de personas juridicas, u otros entes colectivos, o tratandose de personas naturales que actuen mediante representacion. 2. Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas juridicas, u otros entes colectivos. Tratandose de representacion de personas naturales se requerira Carta poder con firma legalizada 3.- Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspeccion tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, segun corresponda. 4. Adicionalmente, de ser el caso, seran exigibles los siguientes requisitos: - MORDAZA simple del titulo profesional en el caso de servicios relacionados con la salud. - Informar sobre el numero de estacionamientos de acuerdo a la normativa vigente,en la Declaracion Jurada. - MORDAZA simple de la autorizacion sectorial respectiva, en el caso de aquellas actividades que conforme a ley la requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. - MORDAZA simple de autorizacion expedida por el Instituto Nacional de Cultura, conforme a la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion. 5. Pago por Derecho de tramite en el que estara incluido la Licencia Funcionamiento e inspeccion tecnica en defensa civil, Anuncio Publicitario y/o, toldo. 6. Para el caso de Anuncio Publicitario y/o toldo adosado a fachada,se adicionara los siguiente requisitos: - Texto suscrito por el propietario del bien de dominio privado que autoriza la ubicacion del elemento de publicidad.

ORDENANZA QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO, ANUNCIOS PUBLICITARIOS Y TOLDOS EN FORMA CONJUNTA, PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS Articulo 1º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como finalidad establecer el procedimiento normativo para iniciar una MORDAZA formalizadora en aras de que el Administrado (titular del establecimiento) pueda obtener su Licencia de Funcionamiento para el desarrollo de actividades comerciales; asimismo autorizacion para la Ubicacion del Anuncio Publicitario y/o Toldos de manera conjunta, en un solo acto administrativo realizando un unico pago por ambos tramites. Articulo 2º.- ALCANCES El procedimiento regulado en la presente ordenanza resulta aplicable para la obtencion de la autorizacion para la ubicacion de Anuncio y Aviso publicitario adosado a fachada y/o Toldo cuando se tramite de manera conjunta con la Licencia de Funcionamiento. Ademas el anuncio o toldo debera estar vinculado al establecimiento y/o actividad economica para lo cual se esta solicitando la licencia de Funcionamiento. Articulo 3º.- OBJETIVOS Constituyen objetivos que orientan el presente cuerpo normativo: a) Promover el desarrollo de la economia local organizada a traves de la promocion de la inversion privada en el distrito. b) Promover la formalizacion de las micro, pequenas y medianas empresas en el distrito. c) Flexibilizar, simplificar, dotar de transparencia y celeridad a los procedimientos que son objeto de regulacion en la presente Ordenanza, sin menoscabo de las normas tecnicas de seguridad. d) Mejorar la calidad de los servicios administrativos municipales prestados en beneficio de los agentes economicos y de la comunidad en su conjunto. Articulo 4º.- AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza rige en el ambito territorial del Distrito de MORDAZA Anita. Articulo 5º.- PRINCIPIOS Los procedimientos objeto de regulacion en la presente Ordenanza se rigen en todas sus etapas por los principios administrativos contemplados en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con especial enfasis en los principios de Presuncion de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores de fiscalizacion. Por lo que, se presume, sin admitir prueba en contrario, que los administrados conocen las normas que regulan este procedimiento. Articulo 6º.- DEFINICIONES Para la aplicacion de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza se entiende por definiciones en materia de Licencia de Funcionamiento las contenidas en el Capitulo II Definiciones del articulo Nº 6 Definiciones de la Ordenanza Nº 096/MDSA publicada el 25 de MORDAZA del 2012, Ordenanza que aprueba el Reglamento para el otorgamiento de Licencia y/o Autorizacion Municipal de Funcionamiento en el Distrito de MORDAZA Anita. Por definiciones en materia de Anuncios publicitarios se entiende por definiciones las contenidas en el Capitulo III Definiciones y Clasificacion en el articulo 5º Definiciones de la Ordenanza 1094-MML Que regula la Ubicacion de Anuncios y Avisos Publicitarios en la Provincia de Lima. Articulo 7º.- DE LOS OBLIGADOS De conformidad a la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976, estan obligados a obtener