Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion; Con el visado de la Directora General de Patrimonio Cultural, de la Directora de Patrimonio Inmaterial y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED, y la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC, y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011/MC, y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sistema de Jueces de Aguas de Corongo, provincia de Corongo, departamento de MORDAZA, por ser una tradicion con gran valor historico que contiene tanto de lo indigena como de lo occidental colonial, y disena el orden social y cultural de este pueblo con presencia e impacto importante en la MORDAZA cotidiana de la poblacion. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; y la difusion del Informe Nº 166-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 27 de noviembre de 2013, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Articulo 3°.- Notificar la presente Resolucion y el Informe Nº 166-2013-DPI-DGPC/MC a la Municipalidad Provincial de Corongo, del departamento de MORDAZA para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1032433-1

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

que se formulen en el MORDAZA del mencionado dispositivo legal; la misma que es presidida por el Jefe de la Primera Division del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas e integrada entre otros, por el Jefe del Departamento de Personal de la citada Division; Que, por Resolucion del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Nº 244 CCFFAA/OAANN/SEC, de fecha 19 de MORDAZA de 2010, se creo con eficacia anticipada al 1 de enero de 2010, la Oficina de Asuntos Nacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, en atencion al MORDAZA de adecuacion progresiva de la estructura organica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas previsto en el Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que contempla a la Oficina de Asuntos Nacionales como parte de su organizacion institucional, resulta necesario modificar la conformacion de la Comision Calificadora establecida en el articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28796, incorporando a personal militar de la citada Oficina en reemplazo de los miembros representantes de la Primera Division del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, a fin de tomar las decisiones que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28796 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008DE, del 29 de marzo de 2008; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2008-DE Modifiquese el articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28796, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008DE, de fecha 28 de marzo de 2008, en los terminos siguientes: "Articulo 6.- De la Comision de Calificacion El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, nombrara anualmente la Comision de Calificacion la cual estara conformada por los siguientes miembros: - Jefe de la Oficina de Asuntos Nacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas: - Jefe del Departamento de Reconocimiento a los Defensores de la Patria: - Un Oficial Superior representante del Ejercito del Peru: - Un Oficial Superior representante de la MORDAZA de MORDAZA del Peru: - Un Oficial Superior representante de la Fuerza Aerea del Peru: - Un Oficial Superior representante de la Policia Nacional del Peru: - Un Oficial Superior de la Sanidad del Ejercito del Peru: - Un Oficial Superior de la Oficina de Asuntos Nacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas: - El Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas: Presidente Vocal Vocal Vocal Vocal Vocal Vocal Vocal Asesor Legal"

DEFENSA
Modifican el Articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28796, aprobado por D.S. Nº 005-2008-DE, relativo a la conformacion de Comision de Calificacion
DECRETO SUPREMO Nº 020-2013-DE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28796 se reconoce la calidad de Defensores de la Patria al personal de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru y Personal Civil que participaron en los incidentes armados fronterizos del Subsector del Alto Cenepa de 1978 y en el Conflicto Armado de la Cordillera del MORDAZA de 1981; Que, el Reglamento de la Ley Nº 28796, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-DE, del 29 de marzo de 2008, establece las definiciones, normas y procedimientos para la calificacion y reconocimiento de la calidad de Defensores de la Patria del personal de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional y Personal Civil participantes en los incidentes armados fronterizos MORDAZA referidos; Que, el articulo 6º de la citada MORDAZA senala que el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas debe nombrar anualmente a los miembros que conformaran la Comision encargada de la evaluacion de las solicitudes

Articulo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Defensa y del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1033071-3