Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 147

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

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De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente Ordenanza Regional; SE ORDENA: Articulo Primero.- DECLARASE de interes y prioridad regional, el Proyecto "Lambayeque con Oportunidades". Articulo Segundo.- CONFORMESE el Comite Regional de formulacion e implementacion del Proyecto "Lambayeque con Oportunidades", el cual tiene como finalidad promover el desarrollo inclusivo de las personas con discapacidad de MORDAZA, el mismo que queda conformado de la siguiente manera: 1. Un representante del Gobierno Regional de MORDAZA (titular y alterno), quien lo presidira; 2. Un representante del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, quien actuara como Secretario Tecnico; 3. Un representante de las gerencias regionales de: Salud; Educacion; Trabajo y Promocion del Empleo; Transportes y Comunicaciones; Comercio Exterior y Turismo; Agricultura; Recursos Naturales y Gestion Ambiental; Desarrollo Productivo; Programas Sociales; Infraestructura, Construccion, Vivienda y Saneamiento (titulares y alternos); 4. Un representante por cada municipalidad provincial: Chiclayo, MORDAZA y Ferrenafe; 5. Un representante de las Oficinas Municipales de Atencion a la Persona con Discapacidad ­ OMAPED; 6. Un representante de la Federacion de Personas con Discapacidad; 7. Un representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI; 8. Un representante deL Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC; 9. Un representante de las Fuerzas Armadas; 10. Un representante de la Policia Nacional del Peru; 11. Un representante de asociaciones de personas con discapacidad; 12. Un representante de la Mesa de Concertacion Para la Lucha Contra la Pobreza; 13. Un representante de los colegios profesionales; 14. Un representante de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y; 15. Un representante del Consorcio de Organizaciones Privadas de Promocion al Desarrollo de la Pequena y Microempresa - COPEME. Articulo Tercero.- ENCARGASE a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en coordinacion con la Gerencia Regional de Programas Sociales, la implementacion de la presente ordenanza regional. Articulo Cuarto.- PUBLIQUESE la presente ordenanza regional en el diario oficial "El Peruano" y el diario encarga de los avisos judiciales de la region, asi como procedase su difusion a traves del MORDAZA Electronico institucional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA ENEQUE SORALUZ Consejero Delegado Consejo Regional Dado en Chiclayo, a los trece dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. 1032216-1

POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesion Ordinaria de fecha 11 de diciembre del 2013, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, y la Ley Nº 28607, Ley de Reforma de los Articulos 91º, 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Constitucion Politica del Peru en sus Articulos 1º, 2º, 3º; y, especificamente, en su Articulo 7º, sobre derecho a la salud y proteccion del discapacitado, prescribe que "todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad". Que, en el ambito internacional, el Peru como miembro de la Comunidad MORDAZA de Naciones ­ CAN, suscribio la Carta para la Promocion y Proteccion de los Derechos Humanos en el que reitera su compromiso de cumplir los derechos y obligaciones consagrados en la Declaracion de los Derechos de los Impedidos de las Naciones Unidas, asi como en los instrumentos normativos internacionales como la Convencion Interamericana para la eliminacion de todas las formas de discriminacion contra las personas con discapacidad de la OEA, la Convencion sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, y demas convenios internacionales, con la finalidad de promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad. Que, de conformidad con la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modificada por la Ley Nº 28164, en su Articulo 10º establece que los gobiernos regionales a traves de las Oficinas Regionales de Atencion a las Personas con Discapacidad, apoyan a las instituciones publicas y privadas en el desarrollo, ejecucion y evaluacion de programas, proyectos y servicios que promuevan la igualdad y equidad de oportunidades y el desarrollo de las personas con discapacidad. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescibe en su Articulo 60º, Inc. h), que son funciones especificas a ejercer por los gobiernos regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades el "formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad". Que, el Gobierno Regional de MORDAZA a traves de la Gerencia Regional de Programas Sociales, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado MORDAZA 2011-2021 y de sus ejes estrategicos en materia de inclusion, igualdad de oportunidades con equidad, lucha contra la pobreza y desarrollo productivo y humano, es consciente de la necesidad de implementar politicas de respuesta efectiva a las necesidades de la poblacion con discapacidad. Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006MIMDES, el entonces Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social declaro el periodo 2007-2016 como "El Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru", con la finalidad de incentivar el reconocimiento y reflexion a nivel nacional sobre el tema de la discapacidad, debiendo todos los sectores y niveles de Gobierno impulsar programas, proyectos y acciones encaminados a alcanzar la inclusion y la participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad. Que, el Proyecto "Lambayeque con Oportunidades" esta orientado a la formulacion de compromisos interinstitucionales y en los tres niveles de gobierno; ademas del levantamiento de la informacion situacional de la poblacion con discapacidad en Lambayeque; y, la elaboracion e implementacion de un plan de intervencion;