Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 164

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ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuentan con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la habilitacion urbana"; Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Predios, que previamente ha identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro Publico como rusticos; Que, con fecha 16.06.2011 se aprobo la Ordenanza Nº 388-MSS, a traves de la cual, se Dispone la Identificacion de los Predios Calificados Registralmente como Rusticos para el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA y con Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS del 04.07.2011, se aprobo el Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo al Articulo 24º de la Ley Nº 29090; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011MSS, - Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, instituye que: "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas (...)"; Que, mediante Informe Nº 361-2013-GDU-MSS del 11.12.2013, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno situado en la MORDAZA denominada Residencial MORDAZA, ubicada en el sector 1, del distrito de MORDAZA de MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los planos PU-061-2013-SGPUC-GDU-MSS; PP-062-2013SGPUC-GDU-MSS; PTL-063-2013-SGPUC-GDU-MSS; PA-064-2013-SGPUC-GDU-MSS; fundando la misma en el Informe Nº 540-2013-SGPUC-GDU-MSS del 10.12.2013 de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, que contiene el Informe Tecnico Nº 015-2013-ORL-ACU, del 29.11.2013, el cual indica que la MORDAZA a habilitar de oficio, registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA, y se ubica inserto dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida de acuerdo a los planes urbanos. No presenta superposicion de areas con predio de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes; en cuanto a los servicios publicos complementarios, se ha constatado que se encuentra dotada de servicios urbanos para atender las necesidades de su entorno, cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas senaladas en el Articulo 24º de la Ley 29090, modificado por la Ley Nº 29898 y su Reglamento D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, normal legal que establece que las municipalidades declaran la Habilitacion MORDAZA de Oficio de los predios registralmente calificados como rusticos, ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuenten con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitacion Urbana; Que, el Articulo 24º-A. de la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, que establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio, se cumplio en comunicar a los propietarios registrales del predio matriz inscrito en la Partida Registral Nº 49035302 y a los beneficiarios del mismo, dando inicio al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio; Que, el predio esta considerado dentro del Area de Tratamiento Normativo II, con zonificacion RDM Residencial de Densidad Media, aprobada por Ordenanza

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

Nº 1076-MML, publicada el 08 de Octubre de 2007; se ubica en el Sector 1, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, sector priorizado en el articulo Nº 1, de la Ordenanza Nº 388-MSS (...) Disponer la identificacion de predios registralmente calificados como Rusticos conforme lo establece el articulo 24 de la Ley Nº 29090, que se encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios rusticos ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de MORDAZA (...); en ese sentido resulta procedente habilitar de oficio el predio en cuestion; Que, de acuerdo a los antecedentes registrales el terreno a habilitar de oficio se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 49035302, la misma que senala que cuenta con una extension superficial de 38.492m2, posteriormente se acumula con un terreno MORDAZA con un area de 15.992.00m2, formando una nueva unidad inmobiliaria de 54,484 m2; sin embargo, del resultado del levantamiento topografico y de la verificacion tecnica realizada, se ha podido determinar que el predio a habilitar de oficio cuenta con un area de 50.052.49m2, con los siguientes linderos: por el norte colinda con el Jr. San MORDAZA, propiedad de terceros y urb. El Palmar; por el Sur colinda con el Jr. MORDAZA Suarez; por el este con la urb. El Palmar; y por el Oeste con propiedad de terceros y el Jr. Las Begonias; Que, el predio materia de habilitacion MORDAZA de oficio tiene como titulares registrales a la Sucesion Intestada conformada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA Avalos; la Sociedad Conyugal conformada por la senora MORDAZA MORDAZA Marmanillo de MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA Aquino; la Sra. MORDAZA MORDAZA Arias; la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Naveda; y a la Asociacion de Vivienda Residencial Surco; Que, sin embargo por Resolucion Judicial se ha determinado que los propietarios con mejor derecho de propiedad recae en los miembros de la Asociacion de Propietarios Residencial MORDAZA, que comprende al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Senora y otros; Que, se ha determinado que la MORDAZA a habilitar de oficio no tiene en tramite ante la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, ningun procedimiento de habilitacion MORDAZA, ni de regularizacion de una ejecutada, ni de recepcion de obras de habilitacion MORDAZA a la fecha de publicacion de la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, ni esta inmerso en los supuestos indicados en el Articulo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, con Informe Nº 975-2013-GAJ-MSS, del 16.12.2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina que es procedente la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la denominada Urbanizacion Residencial MORDAZA, ubicada en el Sector 1, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 49035302 del de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el cual corresponde al predio citado, que cuenta con un area de 50,052.49 m2, debiendo emitirse la Resolucion de Alcaldia correspondiente; Estando al Informe Nº 361-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 540-2013SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe Nº 975-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica; y al MORDAZA de la Ley Nº 29090 y su modificatoria Ley Nº 29898, Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Decreto de Alcaldia Nº 11-2011MSS y en uso de las facultades conferidas por los Articulo 20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la HABILITACION MORDAZA DE OFICIO de la Urbanizacion Residencial MORDAZA, ubicada en el Sector 1, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 49035302, con un area real de 50,052.49 m2, cuyos propietarios registrales son la Sucesion Intestada conformada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA Avalos; la Sociedad Conyugal conformada por la senora MORDAZA MORDAZA Marmanillo de MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA Aquino; la senora MORDAZA MORDAZA Arias; la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Naveda; y a la Asociacion de Vivienda Residencial Surco; y a los declarados por