Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 189

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

512019
CAPITULO MORDAZA ASPECTOS VINCULADOS A LA DETERMINACION DE ARBITRIOS Y DISTRIBUCION DE COSTOS Articulo 4º.- Determinacion de Arbitrios Conforme a lo previsto en el articulo 69º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, las tasas importantes de los arbitrios se calcularan en funcion del costo efectivo del servicio prestado durante el ejercicio fiscal 2013. Asimismo, de acuerdo al articulo 69-B, la determinacion del importe de arbitrios para los siguientes ejercicios fiscales, se realizara tomando como base el monto de la tasa cobrada al 1º de enero de cada ejercicio anual, reajustado por el indice de precios al Consumidor. Articulo 5º.- Sujetos Obligados Estan obligados al pago de Arbitrio Municipal de Limpieza Publica, correspondiente a los ejercicios fiscales 2014, los propietarios y/o poseedores de predios ubicados en la Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, adquirira la calidad de responsable por el pago del tributo el poseedor del predio, convirtiendose en responsable solidario. Asimismo, tratandose de predios en los cuales el propietario del terreno es distinto al de la construccion, se considerara como contribuyente al propietario de la construccion Articulo 6º.- Nacimiento y Fin de la Obligacion Tributaria. La obligacion tributaria se configura el primer dia de cada mes. En los casos de transferencia de dominio, de posesion o cesion de uso, la obligacion tributaria nacera al primer dia del mes siguiente al que se efectuo la transferencia, y concluira el ultimo dia del mes en el que se pierda dicha condicion. Articulo 7º.- Criterios de actualizacion del costo La determinacion de la deuda pendiente de pago correspondiente a la tasa del Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio fiscal 2013 se realizara distribuyendo los costos incurridos en la prestacion de cada servicio. Articulo 8º.- Periodicidad. Los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y serenazgo son de periodicidad mensual debiendo cancelarse segun cronograma siguiente:

Nº 48 de fecha 19 2013, se tomo el siguiente acuerdo: Acuerdo N° 362 El Concejo Municipal ACUERDA por unanimidad aprobar la Ordenanza que regula el Regimen Laboral de Arbitrios para la jurisdiccion del distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc para el ejercicio fiscal 2014 y sus respectiva estructura de Costos; disponiendose la expedicion de las Ordenanza Municipal correspondiente y su publicacion conforme a Ley. Que, en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL REGIMEN LEGAL DE ARBITRIOS PARA LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE BAMBAMARCA PROVINCIA DE HUALGAYOC 2014 Y SU RESPECTIVA ESTRUCTURA DE COSTOS. CAPITULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- Objetivo La presente ordenanza tiene por finalidad redistribuir el costo que demando la prestacion de los arbitrios municipales en la jurisdiccion del Distrito de Bambamarca provincia de Hualgayoc correspondiente al ejercicios 2013 y permitir la cobranza de las deudas por concepto de arbitrios que se encuentran pendientes de pago, en concordancia con los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional. Articulo 2º.- Ambito de Aplicacion. Por el presente dispositivo se establece el regimen tributario de los arbitrios en la jurisdiccion del Distrito de Bambamarca correspondiente al ejercicio anual 2014. Los arbitrios comprendidos en la siguiente ordenanza son: Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Articulo 3º.- Definiciones. Para efectos de aplicacion de la presente ordenanza se entendera por: Arbitrio.- Tasa que se paga por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente. Tenemos: A.1.- Arbitrio de Limpieza publica.- Tributo cuya prestacion comprende la limpieza y barrido de vias y espacios publicos (calles, avenidas, jirones, parques, plazas, plazuelas, etc.) MORDAZA de parques y plazuelas, recoleccion y transportes; y, disposicion final de la basura (basura domestica, comercial, industrial y desmonte). A.2.- Arbitrio de Parques y Jardines.- Tributo cuya prestacion comprende el mantenimiento y conservacion de todas las areas verdes de la jurisdiccion comprendidas entre ellas los parques y jardines, bermas, avenidas arborizadas. A.3.- Arbitrio de Serenazgo.- Tributo cuya prestacion comprende el mantenimiento del orden publico en la jurisdiccion, prestando apoyo conjuntamente con la Policia Nacional, para bajar los niveles de delincuencia en la provincia, tambien ofrece servicios de emergencia y salud mediante llamadas telefonicas a centrales autorizadas. Contribuyente.- Aquel que realiza, o respecto del cual se produce, el hecho generador de la obligacion tributaria. Propietario.- Persona natural o juridica, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y patrimonios autonomos, etc., que acredite mediante titulo de propiedad o documento MORDAZA, el goce de los derechos reales sobre un predio. Poseedor.- Persona natural y/o juridico, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y patrimonios autonomos que ejercen tan solo el derecho de uso y usufructo del predio. Predio.- Se considera predios a los terrenos, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes del mismo, que no puedan ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificacion.

Cronograma de Vencimiento 2014 Enero viernes31 Febrero Viernes 28 Marzo Lunes 31 MORDAZA Miercoles 30 MORDAZA Viernes 30 Junio Lunes 30 MORDAZA Jueves 31 Agosto Viernes 29 Setiembre Martes 30 Octubre Viernes 31 Noviembre Viernes 28 Diciembre Miercoles 31 Articulo 9º.- Distribucion del Costo del Servicio de Limpieza Publica, Jardines y Serenazgo. En la distribucion del costo del Arbitrio de Limpieza Publica, se aplicara criterios de manera diferenciada respecto de las prestaciones de Limpieza y Barrido de Vias y Espacios Publicos, Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de la Basura, como sigue: 9.1. Limpieza y Barrido de Vias y Espacios Publicos.La prestacion del servicio de Limpieza y Barrido de Vias y Espacios Publicos se distribuira en razon de: