Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2020 (05/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de noviembre de 2020 /

El Peruano

cubrir su demanda manteniendo en un estado óptimo sus elementos y cumplir con las condiciones de calidad para el suministro del servicio; Que, en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideración debe ser declarado infundado. 2.2 retirar del PLAN DE INVERSIONES 2017-2021 el proyecto campo verde e incluirlo en el PERIODO 2021-2025. 2.2.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ELECTRO UCAYALI argumenta en su recurso de reconsideración que el proyecto de la nueva SE Campo Verde se implemente en el año 2023 y que se reconozca el devanado de 60 kV para el transformador de la nueva SET Campo Verde, así como, 1 km de LT en 138 kV, 303 mm2 AAAC (doble terna), del punto de derivación en PI hacia la SE Campo Verde en el año 2023; Que, por lo expuesto, la recurrente solicita se apruebe la implementación del proyecto Campo Verde conformado por los elementos: i) Transformador 138/23 kV de 20 MVA, ii) 02 celdas de línea en 138 kV para la conexión "PI" de la LT 138 kV Aguaytía ­ Parque Industrial, iii) 01 celda de transformación en 138 kV y iv) celdas de transformador, medición y alimentador en MT, para el año 2023. 2.2.2 ANÁLISIS DE OSINERGMIN Que, cabe señalar que ELECTRO UCAYALI no solicitó, en su propuesta inicial del Plan de Inversiones 2021-2025, el retiro de la SET Campo Verde del Plan de Inversiones 2017-2021 e incluirlo en el del periodo 2021-2025. En consecuencia, tratándose de una nueva solicitud, por los considerandos expuestos en el numeral 2.1.2 de la presente resolución, este extremo del petitorio debe ser declarado improcedente por extemporáneo. 2.3 Retirar del plan de inversiones 2017 ­ 2021 el proyecto Manantay e incluirlo en el periodo 2021 - 2025 2.3.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, en tal sentido sobre la base del sustento normativo referido al cumplimiento de principios del procedimiento administrativo, y técnico relacionado con la demanda, descritos en en su recurso de reconsideración, ELECTRO UCAYALI solicita declarar fundado el recurso en este extremo, debiendo reconocer la inversión asociada a la implementación del proyecto Manantay conformado por los siguientes Elementos: i) LT 60 kV Der Manantay ­ Manantay de 1,7 km, ii) Nueva SET Manantay 60/23/10 kV de 30 MVA, iii) celdas de línea y transformador en 60 kV y iv) celdas de transformador, medición y alimentador en MT, para el año 2023. 2.3.2 ANÁLISIS DE OSINERGMIN Que, cabe señalar que ELECTRO UCAYALI no solicitó, en su propuesta inicial del Plan de Inversiones 2021-2025, el retiro de la SET Manantay del Plan de Inversiones 2017-2021 e incluirlo en el del periodo 2021-2025. En consecuencia, tratándose de una nueva solicitud, por los considerandos expuestos en el numeral 2.1.2 de la presente resolución, este extremo del petitorio debe ser declarado improcedente por extemporáneo. 2.4 Retirar del plan de inversiones 2017 ­ 2021 el proyecto de las 09 celdas de alimentadores 10 kV de la SET Pucallpa. 2.4.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, por las razones normativas relacionadas al cumplimiento de principios del procedimiento administrativo y técnicas expuestas en su recurso de reconsideración cuyo detalle de las evidencias demuestran haber subsanado las limitaciones operativas y de antigüedad al renovar el equipamiento de las celdas de alimentadores 10 kV, ELECTRO UCAYALI solicita que

se declare fundado el recurso en este extremo, debiendo retirarse el proyecto de renovación de las 09 celdas de alimentadores 10 kV en la SET Pucallpa, aprobado por Osinergmin para el año 2020. 2.4.2 ANÁLISIS DE OSINERGMIN Que, cabe señalar que ELECTRO UCAYALI no solicitó, en su propuesta inicial del Plan de Inversiones 20212025, el retiro de las 09 celdas de alimentador en la SET Pucallpa del Plan de Inversiones 2017-2021 e incluirlo en el del periodo 2021-2025. En consecuencia, tratándose de una nueva solicitud, por los considerandos expuestos en el numeral 2.1.2 de la presente resolución, este extremo del petitorio debe ser declarado improcedente por extemporáneo, sin perjuicio de que, corresponda en resolución complementaria, una revisión de oficio si aquella pretensión implica una modificación del acto administrativo. 2.5 Aprobar el transformador 60/23/10 kV de la SET Parque Industrial 2.5.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ELECTRO UCAYALI, señala que la propuesta del transformador 60/23/10 kV en la SET Parque Industrial, fue propuesta por ELECTRO UCAYALI en la etapa inicial del presente proceso regulatorio, por lo tanto, corresponde que el Osinergmin admita el análisis de dicha propuesta; Que, ELECTRO UCAYALI solicita que se apruebe para la SET Parque Industrial, un transformador 60/23/10 kV de 30 MVA para el año 2025, debido a que el transformador 60/23/10 kV de 15/4/15 MVA presenta problemas de reducción de la rigidez dieléctrica y que, para el año propuesto, habrá llegado al límite de su vida útil de 30 años; Que, además, ELECTRO UCAYALI señala que consideran que el transformador de reserva instalado en la SET Parque Industrial requiere retornar a su condición de reserva, y que el transformador retirado de 15/4/15 MVA no dispone de la capacidad suficiente para atender la demanda y que a la fecha ya tiene 25 años de antigüedad y presenta problemas de reducción de la rigidez dieléctrica, por lo que resulta necesario reemplazar dicho transformador de reserva por otro de 60/23/10 kV de 30 MVA, a fin de no perjudicar el normal suministro a la demanda conectada en 10 kV y 22,9 kV. Además, precisan que, el crecimiento de la demanda en 22,9 kV, no solo se da hacia la dirección del proyecto Campo Verde, sino también, hacia el noreste, por lo tanto, el hecho que el proyecto Campo Verde entre en servicio, no solucionará el problema de la demanda en 22,9 kV de la SET Parque Industrial; Que, asimismo, en relación al transformador retirado el año 2018 en la SET Parque Industrial 60/23/10 kV de 15/4/15 MVA, cuyo año de fabricación es del 1995, ELECTRO UCAYALI señala que en el año 2017 se realizaron pruebas al transformador a cargo de la empresa ABB, identificando una reducción del nivel de la rigidez dieléctrica del aceite aislante; 2.5.2 ANÁLISIS DE OSINERGMIN Que, ELECTRO UCAYALI solicita un nuevo transformador de 30 MVA para la SET Parque Industrial, debido a que el transformador actual de 20 MVA (potencia ONAF) presenta problemas de la rigidez dieléctrica (aislamiento), y porque el transformador de reserva, actualmente instalado y operando, debe retomar a su condición de reserva.; Que, al respecto, conforme fue analizado en la sección 2.2.2 anterior, el origen del problema se genera por no implementar oportunamente la SET Campo Verde aprobado inicialmente en el Plan de Inversiones 2017-2021 para el año 2018 y postergado al 2020 a solicitud de ELECTRO UCAYALI; la cual, tenía como objetivo principal, descargar la SET Parque Industrial y mejorar la calidad del servicio. Este hecho refuerza que la SET Campo Verde debe implementarse en el plazo más breve y no postergarlo hasta el año 2023, como lo solicita la recurrente en el petitorio 2.2; Que, si bien la demanda en 22,9 kV de la SET Parque Industrial no solo va hacia Campo Verde, esta demanda