Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Miércoles 11 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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MINISTERIO PUBLICO
Rectifican error material incurrido en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2713-2019-MP-FN, sobre autorización de viaje de fiscales a Brasil
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3145-2019-MP-FN Lima, 5 de noviembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2713-2019-MP-FN, de fecha 24 de setiembre de 2019, se autorizó el viaje en comisión de servicios a la República Federativa del Brasil, a los fiscales del Equipo Especial de Fiscales. De la revisión de la resolución mencionada en el párrafo precedente, se advirtió la existencia de un error material al consignar en el artículo primero de la parte resolutiva la ciudad de destino Sao Paulo cuando se debió consignar la ciudad de Curitiba; por lo que, considerando que la rectificación del error material incurrido en la parte resolutiva no altera los aspectos de su contenido ni el sentido de la decisión, corresponde rectificar la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2713-2019-MPFN, conforme a lo señalado en el numeral 1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 25 de enero de 2019. Contando con los vistos de la Gerencia General y, Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MP-FN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios"; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Rectificar el error material incurrido en el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2713-2019-MP-FN, de fecha 24 de setiembre de 2019, en los siguientes términos: DICE: "ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución (...)". DEBE DECIR: "ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Curitiba, República Federativa del Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución (...)". Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de

Dominio, Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficinas Generales de Potencial Humano, Asesoría Jurídica, Logística y Finanzas, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1835751-1

Autorizan viaje de fiscales a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3224-2019-MP-FN Lima, 13 de noviembre de 2019 VISTOS: Los Oficios N°s. 12226 y 12515-2019-FSC-FECORMP-FN, recepcionados con fechas 13 y 15 de noviembre de 2019, cursados por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada y Trata de Personas y el Fiscal Superior Coordinador Nacional (e) de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, respectivamente, y; CONSIDERANDO: A través de los oficios de vistos, se solicita la autorización de los señores Álvaro Bernardo Rodas Farro, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada - Equipo 01, y Geraldy Fiorella Peña Chumbes, Fiscal Adjunta Provincial del referido despacho fiscal, para que participen en la "Reunión General de Investigación y Análisis de Casos Fronterizos", a realizarse en la ciudad de Medellín, República de Colombia, del 18 al 20 de noviembre de 2019. La referida reunión tiene como objetivos principales el seguimiento y colaboración en investigaciones, así como brindar una oportunidad para que los representantes de cada país y los oficiales de INTERPOL establezcan una Red de Contacto y continuar con la comunicación con el fin de mejorar la eficiencia en el intercambio de información. En virtud de lo expuesto y considerando que los representantes del Ministerio Público mencionados en el primer párrafo del considerando de la presente resolución participaron en la Reunión Regional de Investigación y Análisis de Caso con la participación de representante de Perú (DIVIAC y FECOR) y Colombia (Dirección Especializada Contra las Violaciones a los Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación), que se realizó en el mes de agosto en la ciudad de Lima, en la que coordinaron las acciones de investigación necesarias en relación a un caso de deforestación ilegal y tráfico de madera que afectaba a la zona de la triple frontera entre Perú, Brasil y Colombia, y dado que la presente comisión de servicios es una reunión de seguimiento del caso para evaluar los avances en la investigación; corresponde expedir el acto resolutivo pertinente. La Secretaría General de INTERPOL asumirá los gastos correspondientes a pasajes aéreos internacionales, alojamiento y manutención; mientras que el Ministerio Público sólo asumirá los gastos referidos a traslados internos. Contando con los vistos de la Gerencia General y Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Finanzas. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para