Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Segundo.- La vigencia del presente acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de las Ordenanzas Nº 278-2019-MVMT y Nº 280-2019-MVMT, en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, las ordenanzas y sus Anexos que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, de corresponder. Cabe indicar que es responsabilidad de la municipalidad distrital adecuarse a los cambios normativos que se den (numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444). La aplicación de las ordenanzas materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en las ordenanzas ratificadas y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, cuya fiscalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello (artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444). Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente dispositivo en el portal institucional (www. munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1835130-1

Aprueban proyectos de habilitación urbana de predio ubicado en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA N° 087-2019-MML-GDU-SPHU Lima, 3 de julio de 2019 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente N° 217623-2019 de fecha de presentación 03 de julio de 2019, mediante el cual el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, debidamente representada por la Directora General de la Oficina General de Administración, la Sra. Lilyan Cecilia Pérez Barriga, según Resolución Ministerial N° 2832018 MTC/01 de fecha 25 de abril de 2018 (en adelante el administrado), solicita la Aprobación de la Habilitación Urbana, bajo la Modalidad A, aprobación automática con firma de profesionales, para el predio de 58,318.35 m2, ubicado con frente al Jr. Zorritos N° 1203, esquina con la Av. Tingo María N° 396, en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 40750355 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima; y, CONSIDERANDO Que, mediante Expediente N° 217623-2019 de fecha de presentación 03 de julio de 2019, el administrado solicita la Aprobación de la Habilitación Urbana, bajo la Modalidad

A, aprobación automática con firma de profesionales, para el predio de 58,318.35 m2, ubicado frente al Jr. Zorritos N° 1203, esquina con la Av. Tingo María N° 396, en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 40750355 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima; Que, con Informe N° 343-2019-MML-GDU-SPHUDCO de fecha 03 de julio de 2019, la División de Control de Obras señala que el administrado propone la Habilitación Urbana de Lote Único, para fines de Infraestructura Pública, bajo la Modalidad "A"; y, de conformidad con la Ordenanza N° 893-MML, que Aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, Plano de Zonificación ­ Distrito de Cercado de Lima y Centro Histórico, el predio materia del presente se encuentra calificado con zonificación Otros Usos ­ OU, tal como se ha considerado, en consecuencia la propuesta cumple respecto a zonificación. De otro lado señala que de acuerdo a la Ordenanza N° 341-MML, el terreno se encuentra afecto por dos vías perteneciente al Sistema Vial Metropolitano: Av. Colonial y Av. Zorritos, y a una vía local, la Calle República del Ecuador, no encontrándose afecto a estas vías, en consecuencia, la Habilitación Urbana propuesta cumple respecto a vías y no existen obras de pavimentación pendientes de ejecución; y, de acuerdo al Artículo 3, Capítulo II, Condiciones Generales de Diseño, de la Norma TH.040, del Reglamento Nacional de Edificaciones ­ RNE, las Habilitaciones para Usos Especiales no están obligadas a entregar Aportes de Habilitación Urbana, puesto que por sus características parte del equipamiento Urbano de la ciudad, tal como se indica en el Plano y Memoria adjunta, en consecuencia la Habilitación Urbana aprobada cumple respecto a aportes reglamentarios; remitiendo los actuados al área legal para que de acuerdo a su competencia emita el acto administrativo que resuelva aprobar la presente Habilitación Urbana, de conformidad con los Planos N° 002-2019-MML-GDU-SPHU, N° 003-2019-MMLGDU-SPHU y memoria descriptiva, por lo cual remiten los actuados al Área Legal, para que de acuerdo a su competencia emita el acto administrativo que resuelva aprobar la presente Habilitación Urbana, de conformidad con los Planos N° 002-2019-MML-GDU-SPHU, N° 003-2019-MML-GDU-SPHU y memoria descriptiva; Que, con Informe N° 231-2019-MML-GDU-SPHUAL de fecha 03 de julio de 2019, el área legal de esta Subgerencia opina que conforme a lo señalado en la Ley N° 29090 y el D.S. N° 011-2017-VIVIENDA, normas aplicables para el caso materia de autos, presentada la solicitud de Habilitación Urbana ­ Modalidad A, conforme a lo señalado en el artículo 9° y 17° del Decreto Supremo referenciado, en concordancia con lo prescrito en el Reglamento Nacional de Edificaciones ­ RNE, evaluando el cumplimiento de los Planes Urbanos en materia de zonificación, vías y aportes reglamentarios, y para el presente caso el administrado ha cumplido con presentar los requisitos para que se apruebe el procedimiento materia de autos, por lo cual mediante Informe N° 343-2019-MML-GDU-SPHU-DCO de fecha 03 de julio de 2019, la División de Control de Obras ha verificado la documentación técnica que amerita la aprobación de la habilitación urbana solicitada, la misma que cumple respecto a zonificación, vías y aportes reglamentarios, por lo cual remite los actuados al área legal para que de acuerdo a su competencia emita el acto administrativo que resuelva aprobar la presente Habilitación Urbana, de conformidad con los Planos N° 002-2019-MMLGDU-SPHU, N° 003-2019-MML-GDU-SPHU y memoria descriptiva; Que, de conformidad con lo señalado en el principio de legalidad, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueron conferidas; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y el Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano y, de conformidad con la Ley N° 27972, la Ley N° 27444, la Ley N° 29090, el Decreto Supremo N° 011-2017-VIVIENDA, concordante con el Decreto Supremo N° 011-2017-VIVIENDA, que aprueba el