Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 11 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Presupuesto; y el Informe Nº 619-2019-03.01 (4), de 27 de noviembre de 2019, de la Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO es una Institución Pública, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° de su Ley de Organización y Funciones, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 147; Que, el artículo 20° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 28 de marzo de 2018, establece que las Sociedades de Auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República; asimismo, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 20° de la Ley N° 27785, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el documento del visto (1), la Contraloría General de la República solicita al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, efectúe la transferencia financiera de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres y 00/100 soles), que comprende el 50 % de la retribución económica que incluye el IGV, y un depósito en cuenta corriente de la CGR, por el importe de S/ 11,909.08 (Once mil novecientos nueve y 08/100 soles), correspondiente al 6% de derecho de designación o supervisión para el período auditado 2019, con el fin de cumplir con el financiamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al SENCICO; Que, mediante el documento del visto (2), la Oficina de Administración y Finanzas solicita a la Oficina de Planificación y Presupuesto, emita la certificación de crédito presupuestario en la Genérica y Específica de Gasto correspondientes (según la Ley N° 27785), para realizar el pago a la CGR a través de una transferencia financiera por el monto de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres y 00/100 soles), que corresponde al 50 % de la retribución económica, incluido IGV, y un depósito en cuenta corriente, por el importe de S/ 11,909.08 (Once mil novecientos nueve y 08/100 soles), correspondiente al 6 % de derecho de designación o supervisión, así como emitir la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020, por el monto de S/ 58,553.00 para el período auditado 2019; Que, mediante el documento del visto (3), la Oficina de Planificación y Presupuesto, emite la Certificación Presupuestal N° 2645 por un importe total de S/ 70,462.08 (Setenta mil cuatrocientos sesenta y dos y 08/100 soles), que incluye S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres y 00/100 soles), en la Categoría Presupuestal 9001; Actividad 5000003: Gestión Administrativa; Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Específica de Gasto: 2.4.1 3. 1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; y S/ 11,909.08 (Once mil novecientos nueve y 08/100 soles) en la Categoría Presupuestal 9001; Actividad

5000003: Gestión Administrativa; Genérica del Gasto 2.3: Bienes y Servicios; Específica de Gasto: 2.3.2 7.11 99 ­ Servicios Diversos; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante el documento del visto (4), la Asesoría Legal opina que es legalmente viable realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, a fin de cumplir con el financiamiento de los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al SENCICO; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 147, Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción­ SENCICO; lo prescrito en el inciso j) del artículo 33° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", así como sus Modelos y Formatos, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01; Con los vistos de la Gerente de la Oficina de Planificación y Presupuesto, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, del Asesor Legal y del Gerente General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2019, del Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, por la suma de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 50% de la retribución económica que incluye el IGV, así como realizar un depósito en Cuenta Corriente de la CGR por la suma de S/ 11,909.08, correspondiente al 6% de derecho de designación o supervisión, por el período auditado 2019, por la misma fuente, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al SENCICO. Artículo 2°.- DISPONER que la transferencia señalada en el artículo precedente, se atienda con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO en la Categoría Presupuestal 9001; Actividad 5000003: Gestión Administrativa; Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Específica de Gasto: 2.4.1 3. 1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3°.- DISPONER que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1° de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Administración y Finanzas, para que a través del Departamento de Informática, publique la presente Resolución en la página web del SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA VICTORIA TORRE CARRILLO Presidenta Ejecutiva 1835432-1