Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de diciembre de 2019 /

El Peruano

conforme lo establecido en el artículo 165º del TUO de la Ley Nº 27444. Artículo Cuarto.- ADECUAR los procedimientos administrativos a la Ley Nº 28976; Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con Licencia de Funcionamiento, se encuentran adecuados al Texto Único Ordenado de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento -- Ley Nº 28976, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM, al Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022018-PCM, y al Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento. Artículo Quinto.- PRECISAR que el Texto de la presente Ordenanza y su respectivo Anexo, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano; asimismo se publicará el anexo de la presente ordenanza en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.pe), la Plataforma Digital única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo (www.munivmt.gob.pe), en concordancia con el artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444; del mismo modo la presente Ordenanza, su anexo y el acuerdo ratificatorio serán publicados en el portal institucional del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe), conforme lo dispuesto en el artículo 19º de la Ordenanza Nº 2085-MML. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza y el Anexo de la Ordenanza entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifique. Artículo Séptimo.- DERÓGUESE toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Octavo.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad de Villa María del Triunfo, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y su Anexo. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 1835153-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 4º, Capitulo II de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Ley Nº 27658, establece como finalidad fundamental del proceso, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el numeral 43.1, artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal"; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 178-2015-MVMT-AL, de fecha 09 de diciembre de 2015, se aprueba el Nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Villa María del Triunfo. Posteriormente, a través de la Resolución de Alcaldía Nº037-2016-MVMT-AL, de fecha 15 de febrero de 2016, se incorporan cuatro servicios no exclusivos en materia del alquiler de los polideportivos. El 01 de febrero de 2018, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 121-2018-MVMT/A, se actualizan los porcentajes de la UIT respecto de los derechos establecidos en el TUSNE y se adecua el documento de gestión en función al Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. El 05 de febrero de 2019 mediante Resolución de Alcaldía Nº662019-MVMT se incorporan dos servicios correspondientes a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y posteriormente a través de la Resolución de Alcaldía Nº 284-2019-MVMT de fecha 06 de Junio de 2019, se incorpora el servicio no exclusivo denominado "Inspección Ocular" en el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE de la Municipalidad de Villa María del Triunfo; Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 068-2019-GM/MVMT se aprueba la Directiva para la Formulación y Costeo del Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE de la Municipalidad de Villa María del Triunfo. Ello, con el objetivo de que el municipio tenga un documento de gestión que articule el proceso de formulación y aprobación del TUSNE, aplicando lo establecido en el Decreto Supremo Nº 064-2010PCM, que aprueba la Metodología de Determinación de Costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas; Que, con Informe Múltiple Nº 002-2019-SGPEMGPPPMI/MVMT y Nº 004-2019-SGPEM-GPPPMI/MVMT la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Modernización solicita a todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad de Villa María del Triunfo que envíen sus Informes Técnicos Sustentatorios en relación a los servicios que van a incluir en el nuevo Texto Único de Servicios No exclusivos (TUSNE), justificándolo a través de una evaluación que señale: la naturaleza del servicio, la necesidad del servicio y la competencia de la Unidad Orgánica; Que, con Informe Nº 174-2019-SGPEM-GPPPMI/ MVMT la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Modernización, informa que la actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos-6TUSNE plantea

Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipaldad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 376-2019-MVMT Villa María del Triunfo, 29 de noviembre de 2019 VISTO: El Informe Múltiple Nº 002-2019-SGPEMGPPPMI/MVMT y Nº004-2019-SGPEM-GPPPMI/MVMT de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Modernización, el Memorándum Nº 429-2019-SGECDJ/GDIS/MVMT, Nº 508-2019-SGECDJ-GDIS/MVMT y Nº 509-2019-SGECDJ/ GDIS/MVMT de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, el Memorándum Nº 339-2019-GDELyE/ MVMT de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Empresarial, el Informe Nº 56-2019-AGRD-GSCyV/MVMT del Área de Gestión de Riesgos de Desastres, el Informe Nº 66-2019-SGAyCP-GAF/MVMT de la Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial, el Memorándum Nº 173-2019-SGTySV-GSCyV/MVMT de la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, el Memorándum Nº 421-2019-SGSPV-GDIS/MVMT de la Subgerencia de Salud y Poblaciones Vulnerables, el Memorándum Nº 761-2019GDIS/MVMT de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, el Informe Nº 174-2019-SGPEM-GPPPMI/MVMT de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Modernización, el Informe Nº 543-2019-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre Aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, y;