Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Miércoles 11 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM. Artículo 5º.- El inicio del procedimiento de examen se computará a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano". Con la intervención de los señores miembros de Comisión: Renzo Rojas Jiménez, José Antonio Jesús Corrales Gonzales y Gonzalo Martín Paredes Angulo. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENZO ROJAS JIMÉNEZ Presidente 1835184-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Formalizan acuerdo mediante el cual se aprobó la creación de la Oficina Receptora de Tambopata, ubicada en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° X - Sede Cusco.
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 252-2019-SUNARP/SN Lima, 10 de diciembre de 2019 VISTO: El Oficio Nº 283-2019-SUNARP-ZRNºX/JEF de fecha 19 de agosto de 2019, emitido por la Jefatura Zonal de la Zona Registral Nº X ­ Sede Cusco; el Memorándum Múltiple Nº 028-2019-SUNARP/OGPP de fecha 27 de agosto de 2019 y Memorándum Nº 1746-2019-SUNARP/ OGPP de fecha 10 de octubre de 2019, emitidos ambos por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum Nº 1177-2019-SUNARP-OGTI de fecha 04 de setiembre de 2019, emitido por la Oficina General de Tecnologías de la Información; el Memorándum Nº 2072-2019-SUNARP/OGA de fecha 05 de setiembre de 2019, emitido por la Oficina General de Administración; el Memorándum Nº 2162-2019-SUNARP-SOR/DTR de fecha 07 de octubre de 2019, de la Dirección Técnica Registral; y los Informes Nros. 858 y 927-2019-SUNARP/ OGAJ de fechas 25 de octubre y 25 de noviembre de 2019, respectivamente, emitidos por la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Sunarp; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Sunarp, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, con la finalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en todo el país, orientado a la especialización, simplificación, integración y modernización de la función, procedimientos y gestión de todos los registros que lo integran; Que, la Sunarp, dentro de sus políticas de gestión viene impulsando la unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en todo el país procurando la especialización, descentralización y la modernización de la Gestión Pública, para lo cual prevé que los servicios registrales alcancen a un mayor número de ciudadanos de manera eficaz y oportuna; Que, es así que, mediante Oficio Nº 283-2019-SUNARP-ZRNºX/JEF de fecha 19 de agosto de 2019, el Jefe Zonal (e) de la Zona Registral Nº X ­ Sede Cusco propuso la creación de una Oficina Receptora en

la Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, remitiendo el expediente que contiene el estudio técnico cuali-cuantitativo correspondiente, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 11-2015-SUNARP/SN, "Directiva que establece los lineamientos para sustentar y gestionar la propuesta de autorización, supresión o traslado de funcionamiento de oficinas receptoras", aprobada por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 347-2015-SUNARP/SN de fecha 31 de diciembre de 2015; Que, conforme a lo señalado en la citada Directiva, el estudio técnico deberá contener: i) El análisis de la demanda, ii) Las externalidades positivas y negativas (de corresponder), iii) Los servicios registrales, iv) La evaluación tecnológica, v) Los beneficios, vi) Los costos, vii) El análisis beneficio/costo y, viii) El cronograma. Asimismo, debe contar con las conformidades de las Unidades de Planeamiento y Presupuesto; Registral; Administración; Asesoría Jurídica; y Tecnologías de la Información de la Zona Registral que efectúa el pedido; Que, al respecto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con Memorándum Múltiple Nº 028-2019-SUNARP/OGPP de fecha 27 de agosto de 2019, emite opinión favorable señalando que a través del estudio técnico remitido por la Jefatura Zonal de la Zona Registral Nº X ­ Sede Cusco, se sustenta satisfactoriamente la puesta en funcionamiento de una Oficina Receptora en la ciudad de Puerto Maldonado, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; derivando dicho estudio técnico a las Oficinas Generales de Administración, de Tecnologías de la Información y a la Dirección Técnica Registral para la correspondiente evaluación y conformidad. Ello, en el marco de lo dispuesto en el subnumeral 5.2.2 del numeral 5.2 del punto V "Lineamientos" de la Directiva Nº 011-2015-SUNARP/SN, antes mencionada; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, mediante Memorándum Nº 1177-2019-SUNARP/OGTI, la Oficina General de Tecnologías de la Información, señala que la propuesta en mención cumple con lo establecido en el sub numeral 5.1.3 "Evaluación Tecnológica" del numeral 5.1 "Estudio Técnico" del punto V "Lineamientos" de la Directiva Nº 11-2015-SUNARP/SN; por lo que, brinda la respectiva conformidad; Que, asimismo, la Oficina General de Administración con el Memorándum Nº 2072-2019-SUNARP/OGA, desde el punto de vista administrativo, emite opinión favorable respecto de lo solicitado por la Jefatura Zonal de la Zona Registral Nº X ­ Sede Cusco en cuanto al funcionamiento de una Oficina Receptora en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; Que, por su parte, mediante el Memorándum Nº 2162-2019-SUNARP-DTR, la Dirección Técnica Registral señaló que la Zona Registral Nº X ­ Sede Cusco ha cumplido con los requisitos que regula la Directiva Nº 11-2015-SUNARP/SN, sobre la presentación del estudio técnico, para la continuación de las siguientes etapas del proceso de autorización de funcionamiento de Oficina Receptora; Que, mediante Informe Nº 124-2019-ZRX-SC-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona Registral Nº X ­ Sede Cusco se precisa que la propuesta de creación de la referida Oficina Receptora se encuentra formalizada en la tercera modificación del Plan Operativo Institucional de la Sunarp correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019; Que, a través del Memorándum Nº 1746-2019-SUNARP/OGPP de fecha 10 de octubre de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite a la Oficina General de Asesoría Jurídica el estudio técnico en mención, con la documentación sustentatoria y conformidades técnicas respectivas de los órganos intervinientes antes mencionados; a fin que se proceda a la revisión y visación del citado estudio técnico que permita a la Gerencia General elevar todos los actuados al Despacho de Superintendencia Nacional para las acciones de aprobación correspondientes; Que, en atención a lo antes señalado, la Oficina General de Asesoría Jurídica con los Informes Nros. 858 y 927-2019-SUNARP/OGAJ de fechas 25 de octubre y 25