Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 11 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Incentivo presupuestario

Área técnica

Comprende el conjunto de herramientas de índole presupuestario, orientadas a mejorar el desempeño institucional, para una mayor eficiencia, efectividad, economía y calidad de los servicios públicos. Área del Gobierno Nacional y Regional encargada de los procedimientos especializados vinculados a los sectores de salud, educación, vivienda y otros relacionados directamente al cumplimiento de los compromisos de los convenios.

k) Revisar la propuesta de Directiva para la operatividad del FED presentada por la Coordinación General, y elevar para su aprobación ante el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante norma correspondiente. l) Solicitar información adicional a los sectores que ejercen la rectoría sobre las materias de las fuentes de información, cuando sea necesario validar el cumplimiento de determinados compromisos de gestión o metas de cobertura. m) Otras decisiones que sean necesarias para la operatividad de la herramienta. Artículo 7.- Funciones del/de la Coordinador/a General del FED Son funciones del/de la Coordinador/a General del FED: a) Liderar el Equipo Técnico del FED. b) Revisar y validar la propuesta de priorización de ámbitos geográficos para su aprobación por Comité Directivo FED. c) Conducir y supervisar la elaboración de propuestas de compromisos de gestión y metas de cobertura a ser considerados en el CAD y Adenda, así como la propuesta de montos máximos a ser considerados en el CAD y Adenda. d) Coordinar la elaboración de la propuesta del modelo del CAD o Adenda y de instrumentos y metodologías necesarios para la gestión del FED. e) Supervisar la elaboración de los informes de verificación de cumplimiento de los compromisos de gestión y las metas de cobertura previstos en el CAD y/o Adenda. f) Supervisar la elaboración de la propuesta de distribución de recursos a transferir a los pliegos del Gobierno Nacional o Gobiernos Regionales, como parte del cumplimiento de sus compromisos de gestión o metas de cobertura establecidos en el CAD y/o Adenda. g) Gestionar y supervisar las condiciones para llevar a cabo los procesos de negociación, suscripción, asistencia técnica, seguimiento y evaluación del CAD y/o Adenda. h) Conducir y supervisar el cumplimiento de acciones delegadas a los coordinadores territoriales del FED. i) Coordinar y supervisar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos de gestión y metas de cobertura; identificando problemas, riesgos y posibilidades de mejora. j) Gestionar la custodia de las bases de datos utilizadas para la verificación de los compromisos y metas establecidas en los CAD, así como la actualización de la página web del FED. k) Impulsar y promover las acciones que permitan el cumplimiento de las funciones asignadas al Equipo Técnico. l) Revisar y elevar la propuesta de la Directiva al Comité Directivo. m) Participar en el Comité Directivo FED, con voz y sin voto, para presentar y atender los aspectos técnicos del FED. n) Otras funciones que le sean encargadas por el Comité Directivo. Artículo 8.- Funciones del Equipo Técnico Son funciones del Equipo Técnico: a) Elaborar la propuesta de priorización de los ámbitos geográficos. b) Elaborar la propuesta de compromisos de gestión y metas de cobertura a ser considerados en el CAD y/o Adenda, en coordinación con los sectores involucrados. c) Elaborar la metodología y la propuesta de montos máximos a ser considerados en el CAD y/o Adenda, en función a la disponibilidad presupuestal y prioridades de la política nacional de desarrollo e inclusión social y otras que se determine por ley. d) Elaborar la propuesta de CAD y/o Adenda y de instrumentos y metodologías necesarios para la gestión del FED. e) Elaborar los informes de verificación de cumplimiento de los compromisos de gestión y las metas de cobertura previstos en el CAD o Adenda, en base a la información procesada por la Dirección de Seguimiento de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del MIDIS.

TÍTULO II GESTIÓN DEL FED CAPITULO I CONDUCCIÓN DE LA GESTIÓN DEL FED Artículo 5.- De las instancias de gestión del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED) La organización del FED está compuesta por: 1. Comité Directivo: Es una instancia ad honorem y tiene a su cargo la dirección del FED. Está conformado por: (i) El/La Directora/a General de la Dirección General de Políticas y Estrategias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social quien lo presidirá; (ii) El/La Directora/a General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y (iii) Un/Una Representante de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Las decisiones del Comité Directivo son adoptadas por mayoría simple, salvo la aprobación de los montos máximos a ser considerados en el CAD y Adenda y la propuesta de Directiva para la operatividad del FED, que requieren una aprobación por unanimidad. Los aspectos específicos sobre las decisiones son determinados en la Directiva. Todos los acuerdos que tome el Comité Directivo se aprueban mediante Actas suscritas por sus miembros. 2. Coordinador/a) General del FED: Lidera el Equipo Técnico del FED, conduce la gestión y el desarrollo de las acciones para la adecuada implementación del FED y asume la Secretaría Técnica del Comité Directivo FED. 3. Equipo Técnico: Encargado de gestionar y desarrollar las acciones conducentes a la adecuada implementación del FED. Está conformado por los/las especialistas en el nivel nacional y coordinadores/as territoriales, de la Dirección de línea bajo la cual opere la coordinación del FED. Artículo 6.- Funciones del Comité Directivo Son funciones del Comité Directivo: a) Aprobar la priorización de los ámbitos geográficos. b) Aprobar y priorizar los compromisos de gestión y las metas de cobertura, a ser negociadas con las entidades del Gobierno Nacional y/o los Gobiernos Regionales. c) Aprobar las mejoras al proceso de gestión del FED. d) Aprobar la metodología de cálculo y los montos máximos a ser considerados en el CAD o Adenda. e) Aprobar el modelo de CAD, Adenda y los instrumentos necesarios para la gestión del FED. f) Promover la suscripción del CAD o Adenda con las entidades del Gobierno Nacional y/o los Gobiernos Regionales. g) Aprobar la resolución o modificación de los CAD según corresponda, en los casos sustentados con informe técnico y a propuesta del Equipo Técnico del FED. h) Aprobar los informes de verificación de cumplimiento de los compromisos de gestión y metas de cobertura previstas en el CAD y Adenda, elaborados por el Equipo Técnico del FED. i) Aprobar la propuesta de distribución de recursos disponibles; así como promover la incorporación de aportes por parte de personas naturales y jurídicas, organismos de cooperación. j) Realizar las coordinaciones y/o gestiones necesarias para facilitar la operatividad del FED.