Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2019 (11/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de diciembre de 2019 /

El Peruano

la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Consejero Álvarez Trujillo por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con el informe obrante de fojas 12 a 16. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la solicitud de permuta presentada por las señoras juezas recurrentes; en consecuencia, DISPONER el traslado de la señora Gladys Susana Orellana Huamán, Jueza titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de San Vicente de Cañete, Distrito Judicial de Cañete, al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Huanta, Distrito Judicial de Ayacucho; y el traslado de la señora Irene Verónica Velásquez Velásquez, Jueza titular del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Huanta, Distrito Judicial de Ayacucho, al Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de San Vicente de Cañete, Distrito Judicial de Cañete. Artículo Segundo.- Cursar oficio a la Junta Nacional de Justicia, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Cañete y del Santa, señoras juezas recurrentes; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1835547-1

en su artículo 81° establece que la permuta consiste en el desplazamiento simultáneo entre dos servidores, por acuerdo mutuo, pertenecientes a un mismo grupo ocupacional y nivel de carrera; y provenientes de entidades distintas. Los servidores deberán contar con la misma especialidad o realizar funciones en cargos compatibles o similares en sus respectivas entidades. Para casos distintos a los señalados, se requiere necesariamente la conformidad previa de ambas entidades. Tercero. Que, si bien la Ley de la Carrera Judicial y el Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial no contemplan la permuta; dicho medio de desplazamiento sí está estipulado en el citado reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, cuya aplicación no genera incompatibilidad entre las citadas leyes y reglamentos. Cuarto. Que, en el presente caso se advierte de la solicitud y sus recaudos, que se trata de dos jueces especializados titulares que han manifestado su voluntad de prestar servicios en sedes distintas a las que fueron nombrados, y que, efectivamente, pertenecen al mismo grupo y nivel de funcionarios. Quinto. Que, en tal sentido, los señores jueces especializados solicitantes han cumplido con los requisitos previstos en las normas pertinentes, no existiendo incompatibilidad entre ellos. Por lo que, su aplicación resulta acorde a derecho; más aún, si la permuta de los recurrentes no perjudica el servicio de administración de justicia para el cual fueron nombrados. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1377-2019 de la cuadragésimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Consejero Álvarez Trujillo por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con el informe obrante de fojas 54 a 56. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la solicitud de permuta presentada por los señores jueces recurrentes; en consecuencia, DISPONER el traslado de la señora María Elena Chauca Mejía, Jueza titular del 1° Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción de Huaura, Distrito Judicial de Huaura, al 7° Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia del Santa para conocer Procesos de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, Distrito Judicial del Santa; y el traslado del señor Wilber Eufemio Aroapaza Balcona, Juez titular del 7° Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia del Santa, para conocer Procesos de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, Distrito Judicial del Santa, al 1° Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción de Huaura, Distrito Judicial de Huaura. Artículo Segundo.- Cursar oficio a la Junta Nacional de Justicia, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Huaura y del Santa, señores jueces recurrentes; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1835547-2

Disponen traslado de magistrados a los Distritos Judiciales del Santa y Huaura
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 458-2019-CE-PJ Lima, 20 de noviembre de 2019 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de permuta presentada por los señores María Elena Chauca Mejía y Wilber Eufemio Aroapaza Balcona, Jueces Especializados en lo Penal titulares de los Distritos Judiciales de Huaura y del Santa, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante documento presentado el 4 de junio de 2019, obrante a fojas 1, los señores María Elena Chauca Mejia, Jueza titular del actualmente denominado 1° Juzgado Penal Unipersonal de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción de Huaura, Distrito Judicial de Huaura; y Wilber Eufemio Aroapaza Balcona, Juez titular del actualmente denominado 7° Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia del Santa, para conocer Procesos de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, Distrito Judicial del Santa; solicitan libre y voluntariamente sus traslados mediante permuta. La petición está sustentada en lo establecido en el artículo 81° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM. Segundo. Que, los señores jueces titulares pertenecen al mismo grupo ocupacional y nivel, conforme a lo regulado por el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público; por lo que resulta aplicable su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, que