Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2017 (24/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 24 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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La franja del Aeródromo tiene por finalidad básicamente satisfacer las siguientes consideraciones operacionales: a) que haya una zona nivelada para las aeronaves que se salgan accidentalmente del Aeródromo, realicen un aterrizaje corto o un despegue largo, y; b) que exista una zona para la instalación de ayudas a la navegación aérea. 6.2.7 Ancho y longitud de las franjas del Aeródromo La franja deberá extenderse a cada lado del eje del Aeródromo y de su prolongación hasta una distancia de por lo menos 30 m y extenderse antes y más allá del umbral hasta una distancia de por lo menos 30 m. 6.2.8 Pendientes longitudinales y transversales del Aeródromo Las pendientes longitudinales de la franja del Aeródromo deberán seguir las pendientes del Aeródromo. Las franjas deben tener una superficie uniforme de manera que no cause daño a una aeronave que ocasionalmente se salga de la pista y en zonas de precipitaciones pluviales tener pendientes adecuadas para facilitar las aguas de lluvia. (esto no se podría incluir en el numeral 6.2.1.3, no es el mismo tema?) 6.3 REQUISITOS DE LIMITACIÓN DE OBSTÁCULOS. A fin de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas se debe definir las superficies que deben mantenerse libre de obstáculos que marcan los límites hasta donde pueden proyectarse los objetos en el espacio aéreo. Los requisitos en materia de restricción de limitación de obstáculos se han establecido considerando de que los aterrizajes y despegues se realizarán en ambas direcciones, en condiciones meteorológicas visuales diurnas. Las superficies que exigen protección son: Superficie de aproximación. Superficie de ascenso en el despegue. Superficie de transición.

modo que no sufra los efectos de perturbaciones del aire producidas por objetos cercanos. El indicador de la dirección del viento deberá tener forma de cono truncado y estar hecho de tela, su longitud deberá ser por lo menos de 3,6 m y su diámetro en la base mayor, por lo menos de 0,9 m. Deberá estar construido de modo que indique claramente la dirección del viento en la superficie y dé idea general de su velocidad. El color o colores deberán escogerse para que el indicador de la dirección del viento pueda verse e interpretarse claramente desde una altura de por lo menos 300 m teniendo en cuenta el fondo sobre el cual se destaque. De ser posible, deberá usarse un solo color, preferiblemente el anaranjado. El emplazamiento de los indicadores de la dirección del viento se señalará por medio de una banda circular de 4 m de diámetro y 0.50 m de ancho. Esta banda debe estar centrada alrededor del soporte frangible del indicador y debería ser de un color elegido para que haya contraste con el fondo sobre el cual se proyecta, de preferencia blanco. 6.4.2 Señal de borde del Aeródromo El Aeródromo debe tener señales que indiquen los límites, pudiendo señalarse con pintura o sardineles de cemento planas enrasadas con el nivel del terreno circundante. La señal de borde del Aeródromo se ubicará a cada lado y a lo largo del borde de la pista, pudiendo estar constituido de pintura o sardineles de concreto pintados de 20 m de largo, 0.45 m de ancho y equidistantes a una distancia longitudinal entre ellas de 20 m, los bordes deben ser biselados para evitar daño a las estructuras de las aeronaves en caso de una excursión lateral. Ver detalle Figura. 1 6.4.3 Señal de umbral / extremo del Aeródromo. Se deben instalar señales de umbral / extremo en los Aeródromos, para definir claramente el comienzo y el fin del campo. Ver Figura. 3 Señal designadora de Aeródromo: Una señal designadora debe consistir en un número de dos cifras, y debe ser el entero más próximo a la décima parte del azimut magnético del eje del Aeródromo, medido en el sentido de las agujas del reloj a partir del norte magnético, visto en la dirección de la aproximación. Cuando la regla anterior dé un número de una sola cifra, ésta debe ir precedida de un cero. Los números y las letras deben tener la forma y proporciones indicadas en la Figura 2. Sus dimensiones no deben ser inferiores a las indicadas en dicha figura

Superficies limitadoras de obstáculos Condiciones Visuales Diurnas Superficies y dimensiones DE APROXIMACIÓN Longitud del borde interior Distancia desde el umbral Divergencia (a cada lado) Primera sección Longitud Pendiente DE TRANSICIÓN Pendiente SUPERFICIE DE ASCENSO EN EL DESPEGUE Longitud del borde interior Distancia desde el umbral Divergencia (a cada lado) Pendiente Longitud del borde interior 60 m 30 m 10% 5% 2000 m 20% 3000 m 5% 60 m 30 m 10% Valor

6.4 INDICADORES SEÑALIZACIÓN.

Y

DISPOSITIVOS

DE

6.4.1 Indicador de la Dirección del viento. Un Aeródromo para aeronaves con un peso de despegue menor a 5700 kg. estará equipado con uno o más indicadores de la dirección del viento. Se instalará un indicador de la dirección del viento de manera que sea visible desde las aeronaves en vuelo y de

Figura 1. Señales del Aeródromo