Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2017 (24/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Jueves 24 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, dispone que el Ministerio de la Producción es competente, entre otras materias, en micro y pequeña empresa. Asimismo, es competente, de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de promoción de la industria y comercio interno; Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, en adelante Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio es competente, de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción, micro y pequeña empresa y cooperativas; Que, el literal d) del numeral 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que es función del Ministerio de la Producción, promover programas, proyectos y/o acciones para la promoción de la industria y el comercio interno en el ámbito nacional y/o macro regional; Que, de acuerdo con los incisos c) e i) del artículo 109 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, son funciones de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Ministerio de la Producción: "Proponer, promover y difundir programas y proyectos que faciliten la innovación, aplicación de tecnologías para el sector productivo, así como para el emprendimiento y la gestión empresarial"; y, "Promover la formalización de las MYPE, en coordinación con Gobiernos Regionales y Locales, y con otros agentes e instituciones nacionales e internacionales, según corresponda", respectivamente; Que, en el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017­2021 del Sector Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 354-2017-PRODUCE, se dispone como Acción Estratégica: "Facilitar la formalización de las MYPE"; Que, el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2016­ 2018 del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 216-2016-PRODUCE, dispone como Acción Estratégica 2.1 del Objetivo Estratégico 02 "Incrementar la productividad de las empresas, con énfasis en la MYPE", que el Ministerio de la Producción debe: "Brindar servicios de capacitación y/o asistencia técnica en gestión empresarial, técnico-productiva y de gestión de calidad en la MIPYME"; Que, según la Encuesta Nacional de Hogares 2015 y los datos provenientes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria el año 2015, el Ministerio de la Producción estima que existen alrededor de 53% unidades productivas informales distribuidas entre micro y pequeñas empresas a nivel nacional, es decir, que no cuentan con Registro Único de Contribuyente (RUC); Que, dado el alto indicador de informalidad que existe entre las micro y pequeñas empresas en el Perú resulta necesario atender las razones por las cuales las empresas ingresarían a la formalidad, en particular a través del acceso al crédito formal, la digitalización y el acompañamiento empresarial; Que, conforme lo expuesto, resulta necesario implementar un Programa que coadyuve al logro de los objetivos antes mencionados, a través de los Centros de Desarrollo Empresarial autorizados por el Ministerio de la Producción en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1332, Decreto Legislativo que facilita la constitución de empresas a través de los centros de desarrollo empresarial ­ CDE; Que, el Programa Nacional "Tu Empresa", contará con el respectivo Manual de Operación y Funciones, conforme a lo previsto en el artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones­ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, en el que se dispone que la definición de las funciones y, de ser el caso, la estructura orgánica de los Programas, entre otros, se aprueban mediante un Manual de Operaciones;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Creación del Programa Nacional "Tu Empresa" Créase en el ámbito del Ministerio de la Producción el Programa Nacional "Tu Empresa". El Programa Nacional "Tu Empresa" depende funcionalmente del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria. La Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización coadyuva al Viceministerio de MYPE e Industria a la supervisión de sus objetivos. Artículo 2.- Objetivo General del Programa Nacional "Tu Empresa" El objetivo general del Programa Nacional "Tu Empresa" es contribuir al aumento de la productividad y ventas de las micro y pequeñas empresas, brindándoles facilidades para formalizarse, acceder al crédito formal, digitalizarse, y desarrollar las capacidades de los/las empresarios/as; en particular, a través de los Centros de Desarrollo Empresarial autorizados por el Ministerio de la Producción. Artículo 3.- Los objetivos estratégicos del Programa Nacional "Tu Empresa" Los objetivos estratégicos del Programa Nacional "Tu Empresa" son: a) Contribuir al aumento de la productividad y ventas de las micro y pequeñas empresas. b) Brindar facilidades para formalizar la actividad empresarial. c) Brindar a las micro y pequeñas empresas que accedan al Programa Nacional "Tu Empresa" información y de ser el caso, acceso a los servicios empresariales que contribuyan al aumento de su productividad y ventas. d) Promover y facilitar el acceso al financiamiento de las micro y pequeñas empresas que accedan al Programa Nacional "Tu Empresa". e) Facilitar las herramientas para promover la digitalización de las micro y pequeñas empresas. f) Brindar acompañamiento empresarial a las micro y pequeñas empresas que accedan al Programa Nacional "Tu Empresa", de acuerdo con sus necesidades identificadas. Los objetivos estratégicos del Programa Nacional "Tu Empresa" se implementan a través de las herramientas y servicios que fueran necesarios para el cumplimiento del objetivo general del Programa. Artículo 4.- Beneficiarios del Programa Nacional "Tu Empresa" El Programa Nacional "Tu Empresa" beneficia en particular, a la micro y pequeña empresa, contribuyendo al aumento de su productividad y ventas, incluyendo las micro y pequeñas empresas lideradas por mujeres, personas con discapacidad, personas adultas mayores, familias de niños, niñas y adolescentes en riesgo. Artículo 5.- Dirección del Programa Nacional "Tu Empresa" El Programa Nacional "Tu Empresa" está a cargo de un/ una Director/ra Ejecutivo/a, que será designado/a mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción. Artículo 6.- Manual de Operaciones del Programa "Tu Empresa" El Ministerio de la Producción aprueba, mediante Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del Programa Nacional "Tu Empresa".