Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2017 (24/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Jueves 24 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los cinco días del mes de junio del dos mil diecisiete. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Gobernador Regional 1547925-2

que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, a través de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones. Artículo 78.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Planificación las siguientes: (...) 10. Conducir y supervisar el desarrollo de la Programación Multianual de Inversiones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como el seguimiento, monitoreo y evaluación de dichas inversiones, en coordinación con las dependencias competentes. (...) 13. Coordinar con los órganos de planificación de las municipalidades distritales, del centro poblado menor, de las empresas y de las instituciones descentralizadas o desconcentradas que integran la Municipalidad Metropolitana de Lima, lo concerniente a los procesos de planeamiento, programación multianual de inversiones, modernización, desarrollo institucional, estadística y cooperación técnica. (...). Artículo 79.- La Gerencia de Planificación, para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, tiene la estructura orgánica siguiente: · Subgerencia de Planeamiento Corporativo · Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones · Subgerencia de Desarrollo Institucional · Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional · Subgerencia de Tecnologías de la Información SUBGERENCIA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES Artículo 81-A.- La Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones es la unidad orgánica responsable de la Programación Multianual de Inversiones, así como del seguimiento, monitoreo y evaluación de los proyectos de inversión de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de cerrar las brechas de infraestructura y de acceso a servicios públicos de la población, en el marco del sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones. Artículo 81-B.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones las siguientes: (...) 7. Desarrollar la Fase de Programación Multianual del Ciclo de Inversiones, en el ámbito de las competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 8. Asesorar a los órganos, unidades orgánicas, programas metropolitanos, proyectos especiales, empresas, órganos desconcentrados y organismos descentralizados que integran la Municipalidad Metropolitana de Lima, respecto al sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones, conforme a la normatividad que regula la materia. 9. Elaborar el Programa Multianual de Inversiones de la Municipalidad Metropolitana de Lima y sus respectivas modificatorias, en coordinación con las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversión, presentándolo al despacho de Alcaldía, como Órgano Resolutivo, para su aprobación, considerando las políticas sectoriales nacionales que correspondan. 10. Proponer al despacho de Alcaldía, como Órgano Resolutivo, los criterios de priorización de la cartera de proyectos, incluidos aquellos en continuidad de inversiones y las brechas identificadas a considerarse en el Programa Multianual de Inversiones de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 11. Verificar que la inversión a ejecutarse se enmarque en el Programa Multianual de Inversiones de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 12. Monitorear el avance de la ejecución de las inversiones, realizando reportes en el Sistema de Seguimiento de Inversiones, en base a la información proporcionada por las Unidades Ejecutoras de Inversiones.

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA N° 2054 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 17 de agosto de 2017, los Dictámenes Nos. 110-2017-MMLCMAEO y 65-2017-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, y de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA APROBADO POR LA ORDENANZA N° 812 Artículo Primero.-Modifíquense los artículos 11, 77, 78 (incisos 10, 12 y 13), 79, 81-A y 81-B (incisos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17), con los siguientes textos: "Artículo 11.- Estructura orgánica Para el cumplimiento de sus funciones, la Municipalidad Metropolitana de Lima cuenta con la Estructura Orgánica siguiente: (...) ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO (...) Gerencia de Planificación · Subgerencia de Planeamiento Corporativo · Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones · Subgerencia de Desarrollo Institucional · Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional · Subgerencia de Tecnologías de la Información (...). GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Artículo 77.- La Gerencia de Planificación es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y supervisar los procesos de planeamiento, modernización y desarrollo institucional, programación multianual de inversiones, de conducir las estrategias de cooperación técnica internacional, y de dirigir el gobierno electrónico y el sistema informático de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Es encargado de realizar las funciones de Oficina de Programación Multianual de Inversiones contenidas en el artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252,