Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2015 (21/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Sabado 21 de marzo de 2015

549129
11.0% 15.0% 60.0% 180.0% 37.5% 75.0% 39.0% 42.35 57.75 231.00 693.00 144.35 288.75 150.15 4.POR ACTOS PROCESALES CUYO VALOR DE LA PRETENSION SEA MAYOR DE QUINIENTOS (500) URP HASTA SETECIENTOS CINCUENTA (750) URP. a) Por

c) Por solicitud de nulidad de actos procesales. d) Por recurso de apelacion de autos. e) Por recurso de apelacion de sentencias. f) Por recurso de nulidad y casacion. g) Por recurso de queja. h) Por diligencias a realizarse fuera del local judicial. i) Por

reconocimiento, transaccion y desistimiento del proceso), abandono del MORDAZA a pedido de parte o tercero legitimado y conclusion del MORDAZA sin declaracion sobre el fondo. j) Por suspension convencional del MORDAZA (excepto conciliacion). k) Por otorgamiento de poder por acta.

formas especiales de conclusion del MORDAZA (allanamiento,

39.0% 10.0%

150.15 38.50

ofrecimiento de pruebas, 25.0% 96.25 demanda, contestacion, reconvencion, denuncia civil, intervencion coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesion procesal, calificacion de titulo ejecutivo o de ejecucion, (incluyendo la ejecucion de las actas de conciliacion extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes, asi como las actas extrajudiciales de alimentos), y por
ofrecimiento de nuevos medios probatorios.

Nota 1) En los casos de Recurso de Oposicion contra Medida Cautelar, Recurso de Oposicion o Tacha de Medios Probatorios se abonara por el concepto del inciso d). 2) En los casos de interponerse mas de una excepcion se abonara un arancel por cada una de ellas.
3.POR ACTOS PROCESALES CUYO VALOR DE LA PRETENSION SEA MAYOR DE DOSCIENTOS CINCUENTA (250) URP HASTA QUINIENTOS (500) URP a) Por

b) Por ofrecimiento de pruebas para interponer 25.0% 96.25 excepciones, defensas previas, observacion a pericias laborales, observacion a liquidacion de devengados en los procesos de alimentos y observacion a la tasacion de bienes muebles e inmuebles a ser rematados. c) Por solicitud de nulidad de actos procesales. d) Por recurso de apelacion de autos. e) Por recurso de apelacion de sentencias. f) Por recurso de nulidad y casacion. 14.0% 53.90 25.0% 96.25 100.0% 385.00 250.0% 962.50

ofrecimiento de pruebas, demanda, contestacion, reconvencion, denuncia civil, intervencion coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesion procesal, calificacion de titulo ejecutivo o de ejecucion, (incluyendo la ejecucion de las actas de conciliacion extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes, asi como las actas extrajudiciales de alimentos), y por
ofrecimiento de nuevos medios probatorios.

20.0%

77.00

g) Por recurso de queja. h) Por diligencias a realizarse fuera del local judicial.

62.5% 240.60 125.0% 481.25

i) Por formas especiales de conclusion 70.0% 269.50 del MORDAZA (allanamiento, reconocimiento, transaccion y desistimiento del proceso), abandono del MORDAZA a pedido de parte o tercero legitimado y conclusion del MORDAZA sin declaracion sobre el fondo. j) Por suspension convencional del MORDAZA (excepto 70.0% 269.50 conciliacion). k) Por otorgamiento de poder por acta. 20.0% 77.00 10.0% 38.50

b) Por ofrecimiento de pruebas para interponer excepciones, defensas previas, observacion a pericias laborales, observacion a liquidacion de devengados en los procesos de alimentos y observacion a la tasacion de bienes muebles e inmuebles a ser rematados. c) Por solicitud de nulidad de actos procesales. d) Por recurso de apelacion de autos. e) Por recurso de apelacion de sentencias. f) Por recurso de nulidad y casacion. g) Por recurso de queja. h) Por diligencias a realizarse fuera del local judicial. i) Por

Nota 1) En los casos de Recurso de Oposicion contra Medida Cautelar, Recurso de Oposicion o Tacha de Medios Probatorios se abonara por el concepto del inciso d). 2) En los casos de interponerse mas de una excepcion se abonara un arancel por cada una de ellas.
5.POR ACTOS PROCESALES CUYO VALOR DE LA PRETENSION SEA MAYOR DE SETECIENTOS CINCUENTA (750) URP HASTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (1 250) URP. a) Por

12.0% 20.0%

46.20 77.00

80.0% 308.00 200.0% 770.00 50.0% 192.50 100.0% 385.00 50.0% 192.50

formas especiales de conclusion del MORDAZA (allanamiento,
reconocimiento, transaccion y desistimiento del proceso), abandono del MORDAZA a pedido de parte o tercero legitimado y conclusion del MORDAZA sin declaracion sobre el fondo.

j) Por suspension convencional del MORDAZA (excepto conciliacion). k) Por otorgamiento de poder por acta.

50.0% 192.50 10.0% 38.50

Nota 1) En los casos de Recurso de Oposicion contra Medida Cautelar, Recurso de Oposicion o Tacha de Medios Probatorios se abonara por el concepto del inciso d). 2) En los casos de interponerse mas de una excepcion se abonara un arancel por cada una de ellas.

ofrecimiento de nuevos medios probatorios.

ofrecimiento de pruebas, 30.0% demanda, contestacion, reconvencion, denuncia civil, intervencion coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesion procesal, calificacion de titulo ejecutivo o de ejecucion, (incluyendo la ejecucion de las actas de conciliacion extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes, asi como las actas extrajudiciales de alimentos), y por

115.50

b) Por ofrecimiento de pruebas para interponer 30.0% excepciones, defensas previas, observacion a pericias laborales, observacion a liquidacion de devengados en los procesos de alimentos y observacion a la tasacion de bienes muebles e inmuebles a ser rematados.

115.50