Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2015 (21/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano Sabado 21 de marzo de 2015

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SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA de Tahuaco, Distrito de Yunguyo, Provincia de Yunguyo, Departamento de Puno. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad senalada en el articulo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA de Tahuaco, Distrito de Yunguyo, Provincia de Yunguyo, Departamento de Puno; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase.JORGE MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1214937-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA de Tahuaco, distrito y provincia de Yunguyo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 64-2015/JNAC/RENIEC MORDAZA, 20 de marzo de 2015 VISTOS: El Informe N° 000101-2015/GPRC/SGIRC/RENIEC (02MAR2015) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000201-2015/GRC/RENIEC (05MAR2015) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000024-2015/GPRC/RENIEC (11MAR2015) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA de Tahuaco, Distrito de Yunguyo, Provincia de Yunguyo, Departamento de MORDAZA, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularizacion de delegacion de funciones registrales, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009);

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Dan por concluido MORDAZA de liquidacion voluntaria del BankBoston N.A. Sucursal del Peru en Liquidacion
RESOLUCION SBS Nº 704-2015 MORDAZA, 28 de enero de 2015 El Superintendente de Banca, Seguros Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones VISTO: La Carta S/N recibida el 31 de MORDAZA de 2014, mediante la cual MORDAZA, Ishida, Faesa Consultores y Asesores de Empresas S.A., Empresa Liquidadora de BankBoston N.A. Sucursal del Peru en Liquidacion, en adelante BKBSPL, presenta el Informe Final de Cierre del MORDAZA Liquidatorio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1427-2005 de fecha 16 de setiembre de 2005 se autorizo la disolucion voluntaria y posterior inicio del MORDAZA liquidatorio de BKBSPL, en atencion al acuerdo adoptado el 08 de junio de 2005 por el Comite Ejecutivo del Fleet National Bank, ahora Bank of MORDAZA, MORDAZA matriz del BKBSPL; Que, con fecha 03 de enero de 2005, MORDAZA del acuerdo de disolucion voluntaria, el BankBoston N.A. Sucursal del Peru y el Banco de Credito del Peru suscribieron un contrato denominado "Asset Purchase Agreement", en virtud del cual el primero cedio en venta al MORDAZA toda su cartera de creditos directos, por y