Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2015 (21/03/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Sabado 21 de marzo de 2015

549109
b) Haber afectado el deber de Responsabilidad en el ejercicio de la funcion publica, previsto en el numeral 6 del articulo 7° de la Ley Nº 27815, Codigo de Etica de la Funcion Publica, como consecuencia de no haber cumplido con su deber de ejercer la funcion publica en sujecion a las normas legales vigentes. c) Haber incurrido en Ilegalidad Manifiesta, falta tipificada en el numeral 9 del articulo 239° de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, como consecuencia que en su condicion de Director General del Hospital MORDAZA Auxiliadora, es decir, el funcionario del mas alto nivel jerarquico, ha permitido se lleve adelante procesos de adquisicion de bienes inobservando normas de orden publico y de cumplimiento obligatorio. Articulo 3°.- DICTAR contra el administrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valladres, Medida Cautelar de Separacion de sus funciones de Director General del Hospital MORDAZA Auxiliadora y ponerlo a disposicion de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestion de Servicios de Salud, a la cual debera apersonarse al dia siguiente de notificado de la presente resolucion, dejando MORDAZA que la medida adoptada se ejercitara durante el tiempo que dure el presente MORDAZA administrativo disciplinario. Articulo 4°.- OTORGAR al procesado el plazo de cinco (5) dias habiles para formular sus descargos por escrito, plazo que se computara a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente resolucion. Articulo 5°.- DISPONER que el Secretario Tecnico de los Organos Instructores del Instituto de Gestion de Servicios de Salud, realice las acciones que garanticen el ejercicio del derecho de defensa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valladares. Articulo 6°.- ENCARGAR al Secretario Tecnico de los Organos Instructores del Instituto de Gestion de Servicios de Salud, a efectos de notificar al procesado de la presente resolucion dentro de las setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de emitida. Articulo 7°.- REMITIR MORDAZA de lo actuado al organo instructor del procedimiento administrativo disciplinario del Hospital MORDAZA Auxiliadora a efectos de que asuman competencia respecto de los miembros de los Comites Especiales y directivos que visaron la Resolucion de MORDAZA de Exoneracion y suscribieron y visaron los contratos citados en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Jefe Institucional Instituto de Gestion de Servicios de Salud 1215009-1

Prognosis de la Sancion Que, los cargos que se imputan al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Director General del Hospital MORDAZA Auxiliadora, constituyen hechos sumamente graves con repercusiones de afectacion a los intereses generales, debiendose tener presente el grado de jerarquia y especialidad del servidor, atendiendo que cuando mayor es la jerarquia de la autoridad y mas especializadas sus funciones en relacion con las faltas, mayor es su deber de conocerlas y apreciarlas debidamente; aunado a ello el hecho que el administrado es reincidente en este MORDAZA de faltas, toda vez que con fecha 26 de febrero de 2015 por Resolucion Directoral Nº 001-2015-ORRHH/IGSS ha sido sancionado con amonestacion escrita, todo lo cual nos permite afirmar que la probable sancion a imponer seria la de Suspension. De la Autoridad competente Que, estando a que el administrado el medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es Director General del Hospital MORDAZA Auxiliadora, ha sido designado conforme a las normas contenidas al Decreto Supremo Nº 0112012-SA, en cuyo articulo 21° parrafo in fine, corresponde al Titular de la Entidad emitir el acto resolutivo de nombramiento y en conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1167, que crea el Instituto de Gestion de Servicios de Salud (IGSS) como un organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestion, operacion y articulacion de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en Institutos Especializados y Hospitales Nacionales, asi como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de MORDAZA Metropolitana, corresponde a esta Jefatura en su calidad de jefe inmediato del administrado, actuar como autoridad instructora en el presente procedimiento disciplinario; Que, es preciso senalar que en estos graves hechos tambien se encuentran incursos los miembros de los Comites Especiales y aquellos directivos que visaron la Resolucion de Exoneracion y suscribieron los contratos con las empresas ganadoras, sin embargo debe tenerse presente que en el caso materia de investigacion la Jefatura Institucional, solo puede avocarse a conocimiento respecto de la participacion en los hechos investigados del medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Director General del Hospital MORDAZA Auxiliadora, en conformidad con lo expresamente dispuesto por el articulo 93° del Reglamento de la Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, en tal sentido corresponde que los miembros de los Comites Especiales y los directivos que suscribieron y visaron la Resolucion del MORDAZA de Exoneracion y los respectivos contratos, MORDAZA procesados por la autoridades competente en conformidad con el citado Reglamento, quienes actuar conforme a sus atribuciones; En consecuencia de conformidad con las normas citadas en la presente resolucion y lo dispuesto en el literal h) del articulo 11 del Decreto Legislativo Nº 1167; SE RESUELVE: Articulo 1°.- ACUMULAR los expedientes contenidos en los Informes de Precalificacion Nº 001-2015-ST/ IGSS, Nº 002-2015-ST/IGSS y Nº 003-2015-ST/IGSS y los recaudos que los acompanan, de conformidad con el articulo 149° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 2°.- INICIAR procedimiento administrativo disciplinario contra el medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General del Hospital MORDAZA Auxiliadora por los siguientes cargos: a) Negligencia en el desempeno de sus funciones, al haber permitido que en su condicion de Director General del Hospital MORDAZA Auxiliadora se lleve adelante tres Procesos de Licitacion Publica, una Exoneracion con la correspondiente suscripcion de contratos, inobservando lo expresamente dispuesto en el articulo 18° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, falta administrativa prevista en el literal d) del articulo 85° de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil.

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Delegan facultades en el funcionario a cargo de la Secretaria General de COFOPRI y en otros funcionarios
RESOLUCION DIRECTORAL N° 045-2015-COFOPRI/DE MORDAZA, 19 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el tercer parrafo del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 803, modificado por la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28923, el Director Ejecutivo del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI es su MORDAZA autoridad, quien ejerce la titularidad del Pliego; Que, el literal q) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Formalizacion