Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2015 (21/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Sabado 21 de marzo de 2015

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VISTO: El Informe 012-2015/GCT de fecha 3 de marzo de 2015, emitido por la Gerencia de Cooperacion Tecnica y Relaciones Institucionales (GCT); CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion electronico de fecha 04 de febrero de 2015, el Comite de Politicas de Competencia de la Organizacion para la Cooperacion y el Desarrollo Economico (OCDE), curso invitacion al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ Indecopi, a fin de que designe un representante que participe en el Taller sobre la Evaluacion Ex-post de las Decisiones de las Autoridades de Competencia, a realizarse el dia 22 de MORDAZA de 2015, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa; Que, el referido taller tiene por objetivo brindar orientacion a los representantes de las organizaciones participantes sobre la forma de llevar a cabo evaluaciones de competencia ex-post, contando para ello la experiencia que brindaran economistas de la OCDE; Que, durante el desarrollo del referido taller, los participantes tendran la oportunidad de efectuar un intercambio de experiencias que les permita internalizar la metodologia de realizacion de una evaluacion de competencia ex -post llevada a la practica, siendo que durante el desarrollo del evento se discutiran las dificultades que pueden surgir cuando se realiza un ejercicio de evaluacion de este MORDAZA, se examinaran las fortalezas y debilidades de los diferentes enfoques metodologicos posibles y se tendra la oportunidad de hacer preguntas y proponer ideas; Que, en atencion a las consideraciones expresadas, se considera necesaria la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ejecutivo 2 de la Gerencia de Estudios Economicos (GEE) del INDECOPI, dado que dado que posee dentro de su area de trabajo, el grado de especializacion y experiencia necesaria que le permitira atender los temas a desarrollarse en la citada reunion; Que, la asistencia del referido colaborador permitira al INDECOPI estar presente en la discusion y analisis de las decisiones que seran sometidas a la evaluacion ex-post; asimismo, su asistencia ayudara a identificar las dificultades que pueden surgir cuando se realiza este MORDAZA de evaluacion, asi como intercambiar las mejores practicas y compartir la experiencia peruana; Que, de igual modo la asistencia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA permitira dar continuidad y presencia a la participacion de la Republica del Peru, pues con su asistencia se participara activamente y se cooperara con las funciones del Comite de Politicas de Competencia de la OCDE, en donde la Republica del Peru, a traves del INDECOPI, cuenta con la calidad de participante desde diciembre del ano 2011; Que, la participacion del mencionado colaborador en el taller mencionado se alinea con el objetivo general de incorporacion de la Republica del Peru a la OECD y con las actividades para la promocion y defensa de la competencia y la competitividad de las empresas e instituciones peruanas desplegadas por el INDECOPI hacia la consecucion de este objetivo; Que, en atencion a las consideraciones expresadas, el viaje de representacion del citado colaborador resulta de interes nacional para la promocion de las actividades de la Republica del Peru en materia de politica de competencia, por lo cual se estima necesario autorizar su participacion en el evento a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa, disponiendose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viaticos en los que incurran, MORDAZA asumidos integramente por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; y, el inciso g) del Articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM;

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 1
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 040-2015-INDECOPI/COD MORDAZA, 16 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del articulo 5° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso c) del articulo 5° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del articulo 21º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, las Comisiones del area de competencia se encuentran conformadas por cuatro (4) miembros; Que, a la fecha, la Comision de Proteccion al Consumidor N° 1 se encuentra integrada por tres (3) miembros, por lo que resulta pertinente completar la designacion de todos sus Comisionados, a fin de que dicho organo colegiado cuente con el numero legal de integrantes previstos en la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; Estando al Acuerdo Nº 016-2015 adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 23 de febrero de 2015, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA Bedoya MORDAZA como miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 1. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT MORDAZA TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1214192-1

Autorizan viaje de Ejecutivo 2 de la Gerencia de Estudios Economicos del INDECOPI a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 042-2015-INDECOPI/COD MORDAZA, 16 de marzo de 2015