Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Sábado 15 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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una sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, cuyas copias certificadas han sido proporcionadas por el propio órgano jurisdiccional penal. 10. En tal sentido, corresponde declarar la suspensión de Gilber Rivera Genebrozo, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico, provincia de Recuay, departamento de Áncash, hasta que no haya recurso pendiente de resolver y el proceso se encuentre con sentencia consentida o ejecutoriada. 11. Como consecuencia de ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 24 de la LOM, debe convocarse a la candidata no proclamada, Rossmeri Diana Páucar Gamarra, identificada con DNI Nº 44662441, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico, mientras se resuelve la situación jurídica de la autoridad suspendida. 12. Asimismo, para completar el número de regidores, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, corresponde convocar a la candidata no proclamada de la organización política Movimiento Independiente Regional Río Santa Caudaloso, Janet Margarita Sotelo Carrillo, identificada con DNI Nº 47111252, para que asuma, de forma transitoria, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pampas Chico, mientras se resuelve la situación jurídica del alcalde suspendido. 13. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 21 de noviembre de 2014, remitida por el Jurado Electoral Especial de Recuay, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Gilber Rivera Genebrozo, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico, provincia de Recuay, departamento de Áncash, en tanto se resuelve su situación jurídica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Rossmeri Diana Páucar Gamarra, identificada con DNI Nº 44662441, a fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pampas Chico, provincia de Recuay, departamento de Áncash, en tanto se resuelve la situación jurídica de Gilber Rivera Genebrozo, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Janet Margarita Sotelo Carrillo, identificada con DNI Nº 47111252, a fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pampas Chico, provincia de Recuay, departamento de Áncash, en tanto se resuelve la situación jurídica de Gilber Rivera Genebrozo, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General 1544269-3

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Salitral, provincia de Morropón, departamento de Piura
RESOLUCIÓN Nº 0255-2017-JNE Expediente Nº J-2017-00194-C01 SALITRAL - MORROPÓN - PIURA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiocho de junio de dos mil diecisiete. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por José Luis Chozo Calvay, alcalde de la Municipalidad Distrital de Salitral, provincia de Morropón, departamento de Piura, debido a que se declaró la vacancia de José H Monja Palias, regidor de dicha comuna, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Acuerdo de Concejo Nº 033-2017-MDS-CM, del 19 de abril de 2017 (fojas 12 y 13), el Concejo Distrital de Salitral declaró la vacancia del regidor José H Monja Palias, debido a que incurrió en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Por ello, y en cumplimiento del artículo 24 del mencionado cuerpo normativo, se solicita que se convoque al suplente que corresponda para completar el concejo municipal. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y las garantías inherentes a este. 2. De autos se verifica que el Acuerdo de Concejo Nº 033-2017-MDS-CM fue notificado al regidor José H Monja Palias el 26 de abril de 2017, conforme a la constancia de notificación que obra en autos a fojas 7 a 10. Asimismo, del contenido de los Informes Nº 018-2017-MDS/DCUOTD (fojas 34) y Nº 049-2017-MDS-SG (fojas 33), ambos del 16 de junio de 2017, emitidos por el encargado de mesa de partes y el secretario general de la entidad edil, así como del Acuerdo de Concejo Nº 042-2017-MDSCM (fojas 32), se acredita que el regidor no presentó ningún recurso impugnatorio contra el referido acuerdo de concejo, por lo que este ha quedado consentido. 3. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Mervi del Rocío Risco Ramos, identificada con DNI Nº 48064779, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Salitral, provincia de Morropón, departamento de Piura. 4. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, del 13 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Morropón, con motivo de las elecciones regionales y municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a José H Monja Palias como regidor del Concejo