Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Sábado 15 de julio de 2017 /

El Peruano

Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2017-MINCETUR Lima, 14 de julio de 2017 Visto el Oficio N° 305-2017-PROMPERÚ/SG, de la Secretaría General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha organizado conjuntamente con empresas peruanas exportadoras de servicios, la participación en la "Misión Comercial Multisectorial de Servicios a Bolivia", a realizarse en las ciudades de La Paz y Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, del 18 al 20 de julio de 2017, con el objetivo de promover el contacto comercial entre las empresas peruanas y bolivianas, incentivando el incremento de nuestras exportaciones de servicios en este mercado; asimismo, realizará reuniones de coordinación el día 17 de julio de 2017, con la OCEX La Paz y otras instancias; Que, es importante la realización de esta misión porque permitirá a las empresas participantes en las líneas de software, centros de contacto, marketing digital, servicios a la minería, consultoría en ingeniería, diseño y arquitectura, posicionarse en este mercado; para tal efecto, los componentes de la misión incluyen una rueda de negocios y un evento de networking empresarial, que se realizarán en las ciudades de La Paz y Santa Cruz de la Sierra, con la finalidad de que las empresas peruanas participantes establezcan y fortalezcan sus relaciones comerciales con potenciales compradores bolivianos; Que, por tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior del señor Javier Francisco Muñoz Cárdenas, Especialista en Exportación de Servicios, del Departamento de Exportación de Servicios, de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a las ciudades de La Paz y Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de promoción de las exportaciones en la misión antes señalada; Que, la Ley N° 30518 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ.

Artículo 1.- Autorizar el viaje a las ciudades de La Paz y Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, del señor Javier Francisco Muñoz Cárdenas, del 17 al 21 de julio de 2017, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la misión comercial y lleve a cabo diversas acciones previas, que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Nro. Clase Económica Continente día US$ días US$ 763,90 América del Sur 370,00 4 Total Viáticos US$ 1 480,00

Nombres y apellidos Javier Francisco Muñoz Cárdenas

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Javier Francisco Muñoz Cárdenas, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la misión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1544625-1

CULTURA
Declaran integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Huaca Pucllana, ubicada en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 125-2017-VMPCIC-MC Lima, 12 de julio de 2017 VISTO, el Informe Nº 000729-2016/DSFL/DGPA/ VMPCIC, y; CONSIDERANDO: Que, el primer párrafo del artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificados por el Decreto Legislativo Nº 1255, indican que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo el