Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Sábado 15 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el artículo 44º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece que las Universidades otorgan los grados académicos de Bachiller, Maestro, Doctor y los Títulos Profesionales que correspondan, a nombre de la Nación; Que, con expediente de registro Nº 04269 del 22 de julio del 2016, don Gotardo Quispe Laura ha solicitado la expedición del duplicado del Título Profesional de Ingeniero Agrónomo conferido por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, por causal de pérdida de dicho diploma conforme acredita con la copia certificada de denuncia Policial expedida por la Comisaría de Ayacucho de la Policía Nacional del Perú; Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga con fecha 02 de abril de 1993 confirió al recurrente el Título Profesional de Ingeniero Agrónomo, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0206-1993-UNSCH-R y registrado en el Libro I, folio 166 de registro de Título Profesional de la Facultad de Ciencias Agrarias; Que, para la expedición del duplicado del diploma solicitado, por el recurrente ha satisfecho los requisitos establecidos por el artículo 7º del Reglamento para la Expedición del Duplicado de Diplomas de Grado Académico y/o Título Profesional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, aprobado por la Resolución del Consejo Universitario Nº 1118-2006-UNSCH-CU; Que, asimismo, el Consejo de la Facultad de Ciencias Agrarias, en sesión de fecha 17 de agosto del 2016, aprobó otorgar el duplicado del Título Profesional de Ingeniero Agrónomo a favor del citado bachiller, según la Resolución del Consejo de Facultad Nº 142-2016-FCACF, de fecha 18 de agosto del 2016; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59º, numeral 59.9 de la Ley Universitaria Nº 30220, el artículo 261º, literal j) del Estatuto de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga y estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en sesión de fecha 28 de setiembre del 2016; El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley; RESUELVE: Artículo 1º.- CONFERIR el DUPLICADO del TÍTULO PROFESIONAL DE INGENIERO AGRÓNOMO a favor del bachiller GOTARDO QUISPE LAURA. Artículo 2º.- EXPEDIR a favor del interesado el diploma y la medalla correspondiente. Regístrese, comuníquese y archívese. HOMERO ANGO AGUILAR Rector CARLOS A. ZARAVIA PALOMINO Secretario General 1543615-11 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 770-2016-UNSCH-CU Ayacucho, 10 de noviembre del 2016 Visto el expediente promovido por Marco Antonio Reyes Castro sobre expedición del duplicado del Grado de Bachiller en Economía; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 44º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece que las Universidades otorgan los grados académicos de Bachiller, Maestro, Doctor y los Títulos Profesionales que correspondan, a nombre de la Nación; Que, con expediente de registro Nº 04630 del 15 de agosto del 2016, don Marco Antonio Reyes Castro ha solicitado la expedición del duplicado del Grado de

Bachiller en Economía conferido por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, por causal de deterioro de dicho diploma; Que, de autos se establece que la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga con fecha 09 de setiembre de 1983 confirió al recurrente el Grado de Bachiller en Economía aprobado por Resolución Rectoral Nº 1170-83 y registrado en el Libro XVI, folio 051 de registro de Grado de Bachiller de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables; Que, para la expedición del duplicado del diploma solicitado, por el recurrente ha satisfecho los requisitos establecidos por el artículo 8º del Reglamento para la Expedición del Duplicado de Diplomas de Grado Académico y/o Título Profesional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, aprobado por la Resolución del Consejo Universitario Nº 1118-2006-UNSCH-CU; Que, asimismo, el Consejo de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables, en sesión de fecha 27 de setiembre del 2016, aprobó otorgar el duplicado del Grado Académico de Bachiller en Economía a favor del citado egresado, según la Resolución del Consejo de Facultad Nº 082-2016-FCEAC-CF, de fecha 03 de octubre del 2016; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59º, numeral 59.9 de la Ley Universitaria Nº 30220, el artículo 261º, literal j) del Estatuto de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga y estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en sesión de fecha 28 de octubre del 2016; El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley; RESUELVE: Artículo 1º.- CONFERIR el DUPLICADO del GRADO DE BACHILLER EN ECONOMÍA a favor del egresado MARCO ANTONIO REYES CASTRO. Artículo 2º.- EXPEDIR a favor del interesado el diploma y la medalla correspondiente. Regístrese, comuníquese y archívese. HOMERO ANGO AGUILAR Rector CARLOS A. ZARAVIA PALOMINO Secretario General 1543615-12

Autorizan viaje de Rector y Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a España, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 476-2017 Arequipa, 4 de julio del 2017 Vistas las invitaciones de la Universidad de Sevilla - Andalucía, España, al Señor Rector y Vicerrector de Investigación para formalizar un Convenio de Colaboración con la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa y el Oficio Nº 613-2017-VRI del Vicerrectorado de Investigación. CONSIDERANDO: Que, la Universidad de Sevilla a través de sus escritos de fecha 20 de junio del 2017 invitó al Rector y Vicerrector de Investigación, a visitar dicha Universidad durante los días 19 y 20 de julio del 2017 a fin de formalizar un convenio de colaboración, en aras de afianzar las relaciones entre ambas instituciones.