Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Sábado 15 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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DE, modificada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 160-2015 -FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 153-2015-FONDECYT-DE, modificada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 153-2016-FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 157-2015-FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 171-2015-FONDECYTDE, y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 173-2015-FONDECYT -DE, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 011-2017 -FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras por un monto total de S/ 2'485,746.60, a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 995,893.00), de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 746,140.10), de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga (S/ 192,418.50), de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 293,295.00), y de la Universidad Nacional de Trujillo (S/ 240,000.00); así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 363,810.00, a favor de la Universidad de Piura (S/ 126,820.00) y la Universidad Católica de Santa María (S/ 236,990.00), para cofinanciar los programas y proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000476, N° 0000000477, N° 0000000478, N° 0000000479, N° 0000000480 y N° 0000000481; copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva antes señaladas; copia de los Convenios de Subvención N° 123, N° 241 (y su respectiva adenda), y N° 242-2015-FONDECYT (y su primera adenda); copia de los Convenios de Subvención N° 181, N° 199, N° 238 y N° 275-2015-FONDECYT; copia de los Convenios de Gestión N° 182, N° 191 (y su primera adenda), N° 202 (y su primera adenda), N° 208, N° 212, y N° 239-2015-FONDECYT (y su primera adenda); copia de los Convenios de Subvención N° 168 y N° 179-2015 -FONDECYT, así como copia del Convenio de Subvención N° 243-2015-FONDECYT; Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, el FONDECYT es responsable de la determinación de los montos cuya transferencia financiera solicita aprobar mediante Informe Técnico Legal N° 011-2017-FONDECYTUPP-UAJ-USM, por los que los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, a través del citado documento, sustentan el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados;

Que, mediante Informe Nº 146-2017-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidas hasta por el importe total de S/ 2'849,556.60, con la cual se cofinanciarán los programas y proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 011-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con Informe Nº 085-2017-CONCYTECOGAJ-CRT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo en todos sus extremos mediante Proveído N° 195-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 011-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 146-2017 -CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Directora Ejecutiva (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC ; y la Resolución de Presidencia N° 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2017-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 2'849,556.60 (Dos Millones Ochocientos Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Seis y 60/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

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