Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de julio de 2017 /

El Peruano

5. Multas Administrativas.- Condonación hasta 90% de las multas administrativas si se cancela al 31 de julio y hasta el 80% si se cancela al 31 de agosto. 6. Órdenes de Pago y Resoluciones de Determinación.Las deudas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, respectivamente, cuyos valores hayan sido notificados al 31 de julio del 2017, se condonará el 100% de los intereses moratorios. PAGO FRACCIONADO En caso que los contribuyentes, deseen efectuar el pago en forma fraccionada, se otorgará un descuento del 70% en los reajustes e intereses moratorios siempre y cuando hayan cancelado el impuesto predial y arbitrios municipales del año 2017, debiendo ser la cuota inicial no menor al 30% del total de la deuda a fraccionar. Artículo Quinto: DE LAS DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA Los incentivos establecidos en los artículos precedentes alcanzarán también a los contribuyentes y administrados que tengan deudas que se encuentren en procedimiento de cobranza coactiva, para lo cual deberán pagar previamente los gastos y costas procesales Artículo Sexto: DEL DESISTIMIENTO Los contribuyentes que deseen acogerse a esta Ordenanza que mantengan en trámite procedimientos contenciosos y no contenciosos sobre deudas tributarias o administrativas deberán presentar una solicitud del desistimiento de su pretensión. Artículo Sétimo.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán materia de devolución o compensación alguna. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Suspéndase los efectos de toda norma que se oponga a la presente Ordenanza, durante su vigencia. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de agosto del 2017. Tercera.- Facúltese al señor Alcalde para que por Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma, así como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1544124-1

cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo 2018 del Distrito de El Agustino, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Estado regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, el Artículo 42º, de la Ley Nº 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal. Que, mediante Informe Nº 074-2017-GEMUMDEA, emitido por la Gerencia Municipal expresa su conformidad, solicitando la aprobación mediante Decreto de Alcaldía a la modificación del Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo del año 2018, el cual se sujeta a ley, propuesto por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe Nº 134-2017/GPLANMDEA. Que, con Informe Nº 149-2017-GAJ/MDEA, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por aprobar el proyecto de Decreto de Alcaldía presentado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto. Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 06) del artículo 20º, 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Único.- MODIFÍQUESE el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fiscal 2018, el cual como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, en mérito a los considerandos antes expuestos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El Presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; y a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusión masiva de la presente norma municipal. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaria General y la Gerencia de Administración y Finanzas disponer las acciones para su publicación en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación del presente Decreto de Alcaldía al día siguiente de emitida la disposición en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino. (www.mdea. gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1543595-1

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Modifican el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fiscal 2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2017-MDEA El Agustino, 25 de mayo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: El Informe Nº 074-2017-GEMU-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 149-2017-GAJ/ MDEA, emitido por la Gerencia de Asesoría jurídica; el Informe Nº 134-2017/GPLAN/MDEA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, respecto a la solicitud de aprobación por Decreto de Alcaldía al nuevo