Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de julio de 2017 /

El Peruano

1.6 Con la finalidad de coadyuvar el tránsito de los vehículos autorizados a transitar por la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central), los buses de servicio de transporte de personas deberán procurar guardar entre sí una distancia no menor de 30 metros, a fin de facilitar los sobrepasos vehiculares. 1.7 Excepcionalmente, por razones debidamente justificadas, la Policía Nacional del Perú podrá autorizar la circulación de los vehículos que se restringen en los numerales 1.1 y 1.3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Cumplimiento de la restricción 2.1 El cumplimiento de la restricción establecida en la presente resolución, está a cargo de la Policía Nacional del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y sus modificatorias; y el articulo 57 del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009MTC y sus modificatorias. 2.2 La Policía Nacional del Perú estará a cargo de las acciones de control en la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central) a fin de detectar toda infracción de tránsito y/o conducta indebida derivada del no acatamiento o resistencia a cumplir lo dispuesto en el presente dispositivo legal. 2.3 Para efectos de lo dispuesto en el numeral anterior, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN efectuará las coordinaciones necesarias con la Dirección de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3.- Difusión La Oficina de Imagen Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, la Policía Nacional del Perú y el Consejo Nacional de Seguridad Vial, en el marco de sus competencias, realizarán las acciones de difusión para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial "El Peruano", y en los portales web institucionales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), de PROVIAS NACIONAL (www.proviasnac.gob.pe) y de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN (www.sutran.gob.pe). Artículo 5.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1544628-1

CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Fernando Alarcón Díaz, en el cargo de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1544626-1

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU
Designan funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo del IGP a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 34-IGP/2017 Lima, 17 de febrero de 2017 VISTO; El Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisa de Ofertas Laborales, dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programen en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, la norma del Visto, Reglamento de la Ley antes citada, dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su programa "Red CIL Proempleo" proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, difundiéndolo también mediante avisos colocados en las oficinas de la Red y el registro de la oferta en la bolsa electrónica www.empleosperu. gob.pe; encontrándose obligado todo organismo público y empresa del estado a remitir a dicho programa, por escrito o vía electrónica, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, excepción hecha de los puestos clasificados de confianza; ; Que, la norma antes citada dispone en el tercer párrafo de su Artículo 2º que los organismos públicos y empresas del estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, la que deberá

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2017-VIVIENDA Lima, 14 de julio de 2017