Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de julio de 2017 /

El Peruano

permitirá recibir a más de 5,000 visitantes extranjeros, entre profesionales, empresarios, académicos, investigadores, funcionarios de entidades internacionales, con una feria comercial de más de 600 stands, en los que expondrán los proveedores del sector, así como los que vienen de distintas partes del mundo; Que, todo lo señalado incidirá directamente en las inversiones, consumo y turismo, además de reforzar la presencia del Perú en el mundo, como destino para la realización de congresos y convenciones de talla global; Que, dada la envergadura de este evento, la APA requiere asegurar el compromiso y participación de las instancias del Gobierno Nacional relacionadas con una exitosa realización; en ese sentido, señala como una gestión decisiva para el logro de sus objetivos reservar el espacio adecuado, lo cual ahonda más en la necesidad de la declaración de interés nacional del evento; Que, la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, modificada por la Ley N° 30281, tiene por objeto facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional mediante Decreto Supremo por el Poder Ejecutivo, conforme a los términos establecidos en el literal d) del artículo 2 de la referida Ley; Que, durante el referido Congreso, las empresas extranjeras participantes ingresarán temporalmente al país, bienes para su exposición durante el evento, siendo necesario que estos se encuentren comprendidos en los alcances de la citada Ley Nº 29963, modificada por la Ley N° 30281; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, y tiene como ámbito de competencia, entre otros, los cultivos y crianzas; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2017-MINAGRI, la Dirección General de Ganadería es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos de la actividad ganadera y con valor agregado, incluyendo los camélidos sudamericanos domésticos, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, en coordinación con los sectores y entidades, según corresponda; en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente, el mismo que depende jerárquicamente del Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego; Que, en virtud de lo expuesto, resulta prioritario declarar de interés nacional el "XXVI Congreso Latinoamericano de Avicultura 2019 - CLA 2019", a realizarse en el mes de Setiembre de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, modificada por la Ley N° 30281; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de interés nacional la realización del "XXVI Congreso Latinoamericano de Avicultura 2019 - CLA 2019", a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, en el mes de Setiembre de 2019. Artículo 2.- Organización y financiamiento del evento La organización del "XXVI Congreso Latinoamericano de Avicultura 2019 - CLA 2019" está a cargo del Ministerio

de Agricultura y Riego y la Asociación Peruana de Avicultura - APA. El financiamiento del citado evento está a cargo, exclusivamente, de la Asociación Peruana de Avicultura - APA. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de julio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1544670-3

Autorizan viaje de funcionario del SENASA a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0284-2017-MINAGRI Lima, 14 de julio de 2017 VISTOS: El OF.RE (DAE-DNE) N° 2-7-B/164, de fecha 15 de mayo de 2017, del Director de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, y el Oficio Circular N° 002-2017/CODEX/DIGESA, de fecha 26 de mayo de 2017, de la Presidenta del Pleno del Comité Nacional del Codex Alimentarius (CNC); y, CONSIDERANDO: Que, mediante el OF.RE (DAE-DNE) N° 2-7-B/164, de fecha 15 de mayo de 2017, dirigido a la Presidenta del Pleno del Comité Nacional del Codex Alimentarius (CNC), el Director de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, hace llegar la comunicación que dirige el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), mediante la cual se invita a la República del Perú a que participe en el 40° Período de Sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius (CAC40), el mismo que se realizará en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 17 al 22 de julio de 2017; Que, en dicho contexto, a través del Oficio Circular N° 002-2017/CODEX/DIGESA, de fecha 26 de mayo de 2017, dirigido al Ministro de Agricultura y Riego, la Presidenta del Pleno del Comité Nacional del Codex Alimentarius (CNC), solicita autorizar la participación de un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, en calidad de miembro pleno del CNC, como parte de la Comitiva Peruana que asistirá a la referida Reunión Plenaria; Que el objeto del citado evento consiste, entre otros, en aprobar proyectos de normas vinculados a la calidad, inocuidad y comercio exterior de alimentos que se vienen posicionando a nivel mundial como parte de la oferta exportable del Perú; Que, el Director General (e) de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, en el literal c) del rubro I. ANTECEDENTES del Informe N° 0035-2017-MINAGRI-SENASA-DIAIA-JCARRASCO, de fecha 13 de junio de 2017, el Director General (e) de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, señala que el SENASA mediante correos electrónicos de fechas entre Enero a Mayo de 2017, comunicó a la Secretaria del Codex de la República