Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano / Sábado 15 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Operativo Institucional del año fiscal que corresponda, para garantizar su correcto funcionamiento y asegurar los derechos de los beneficiarios. Artículo Octavo: De la Comunidad.Corresponde a la Gerencia de Desarrollo Social, de manera directa o a través del CIAM, la sensibilización, información y fomento permanente a la ciudadanía de la condición de persona Adulta Mayor, y la necesidad de brindarle un trato diligente, respetuoso y solidario, fomentando su participación como miembro activo de la comunidad. Artículo Noveno: Vigencia.La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1544093-1

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 000356-2017-MDI Independencia, 23 de junio del 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorando Nº 1708-2017-GDS-MDI de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 105-2017-GPPR-MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, el Informe Nº 325-2017-GAL-MDI de la Gerencia de Asesoría Legal y el Memorando Nº 1581-2017-GM-MDI de la Gerencia Municipal, relacionado con la solicitud de Modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Independencia, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4º precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7º establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 30490 "Ley de las Personas Adultas Mayores", define, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales; Que, mediante Ley Nº 27658, "Ley Marco de Modernización del Estado", declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de la Administración Pública, en su

artículo 31º precisa que cuando la modificación parcial del ROF no represente cambios en la estructura orgánica o en el presupuesto aprobado de operación y funcionamiento para la entidad mayores a un cinco por ciento (5%) en el ejercicio presupuestal vigente, se deberá identificar las nuevas funciones propuestas y de aquellas que deben suprimirse o modificarse en relación con el ROF vigente y efectuar el sustento técnico de la inclusión, modificación o supresión de cada una de las funciones, según corresponda; Que, con el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, el cual es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, el numeral 3) artículo 9º de la Ley Nº 27972, "Ley Orgánica de Municipalidades", establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en su artículo 40º norma que, señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, asimismo, el numeral 8) artículo 9º de la Ley antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Nº 355-2017-MDI, de fecha 23 de junio del 2017, se formalizó la Creación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor ­ CIAM de la Municipalidad Distrital de Independencia, como un "Programa", dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social, incorporándola en la estructura orgánica y organigrama estructural; Que, mediante Ordenanza Nº 314-2015-MDI de fecha 15 de enero del 2015 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que se encuentra vigente a la fecha; en el cual se encuentran establecidas las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor ­ CIAM, bajo la responsabilidad de la Sub Gerencia de la Mujer, Educación, Cultura, Servicio Social, CIAM y Demuna, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social; Que, en los documentos de vistos se aprecia que la modificación al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) está alineada con las normas legales aludidas, así como en la necesidad de incorporar las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor ­ CIAM en el ROF de la Municipalidad, conforme a lo establecido en la Guía Metodológica para el cumplimiento de la Meta Nº 02 "Creación o Adecuación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor ­ CIAM"; Que, estando a las opiniones favorables de la Gerencia Municipal, de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y de la Gerencia de Asesoría Legal; y de conformidad con lo establecido en los numerales 3) y 8) Artículo 9º de la Ley Nº 27972, "Ley Orgánica de Municipalidades", el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente ORDENANZA: "MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F.) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA, INCORPORANDO LAS FUNCIONES DEL CIAM" Artículo Primero.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad