Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Departamento Provincia Nombre de la Zona Monumental Arqueológica Huaca Pucllana Sector A Sector B Distrito Lima Lima

NORMAS LEGALES

Sábado 15 de julio de 2017 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 28 de marzo 2017, el Director de Telemática de la Marina hace de conocimiento al Comandante General de la Marina, que el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España (INCIBE) y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ofrecen a través de un comunicado vía internet, becas para la Segunda Edición del evento formativo Cybersecurity Summer BootCamp 2017; razón por la cual, solicita la participación de personal de dicha Dirección Técnica; Que, asimismo, con Cartas S/N de fechas 23 de mayo y 5 de junio de 2017, respectivamente, el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos y el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España (INCIBE), ha informado que la Técnico 3º Pda. Miriam Veronika GARCÍA Olivera, la Técnico 3º Pda. Soledad Iris LLASHAG Huertas y la Oficial de Mar 3º Pda. Rubí Samantha DE LOS SANTOS Cercado, han sido seleccionadas para que participen en la Segunda Edición del evento formativo Cybersecurity Summer BootCamp 2017, a realizarse en la Universidad de León, ciudad de León, Reino de España, del 18 al 29 de julio de 2017; Que, con Oficio N.1000-1957 de fecha 13 de junio de 2017, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de autorización de viaje en Misión de Estudios del Personal Naval mencionado en el considerado precedente, para que participen en el referido evento, lo que permitirá formar y adiestrar en las últimas técnicas para la lucha contra los ciberdelitos y la gestión de incidentes de ciberseguridad, contribuyendo de esta manera a mejorar la ciberseguridad en las naciones participantes y a nivel global; Que, conforme a lo indicado en el párrafo 4, subpárrafo 1 de las cartas referidas en el segundo considerando, el gasto por concepto de hospedaje y alimentación, serán proporcionados por la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA); por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, de acuerdo con el documento Nº 111-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;

Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte 8660317.2659 8660441.7349

278639.5027 Miraflores 278831.3093

Artículo 2.- Aprobar la actualización del polígono de la Zona Arqueológica Monumental Huaca Pucllana, y consecuentemente el Expediente Técnico de Delimitación (Plano de Delimitación, Memoria Descriptiva y Ficha Técnica), de acuerdo al plano, área y perímetro que se consigna a continuación:
Nombre de la Zona Monumental Arqueológica Huaca Pucllana

Nº de Plano en Datum WGS84

Área(m2) Área(ha)

Perímetro (m) 1 154.09 275.02

Sector A 56 622.85 5.6622 PP-005-MCDGPC/ DA-2011 Sector B 4 085.76 0.4085

Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 063-87-ED del 06 de febrero de 1987 y la Resolución Directoral Nacional Nº 1196/INC del 26 de noviembre de 2011, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de Bienes de propiedad Estatal, de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica Monumental Huaca Pucllana mencionada en el Artículo 1 y del plano señalado en el Artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 5.-. Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, que pudiese afectar o alterar el monumento arqueológico prehispánico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la autorización del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 6.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para efectos que la Zona Monumental Arqueológica Huaca Pucllana, sea considerada dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Artículo 7.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a los propietarios de predios, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP y a la Municipalidad Distrital de Miraflores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1543745-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú al Reino de España, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 979-2017-DE/MGP Lima, 13 de julio de 2017 Vista, la Carta G.500-3152 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 28 de junio de 2017;