Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2017 (15/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Sábado 15 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Tercero.- DISPONER la implementación, seguimiento y evaluación bajo responsabilidad a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local. Artículo Cuarto.- RECOMENDAR que toda autoridad y servidor público en la Región de Cusco, tenga dominio y manejo oral del Idioma Quechua, para administrar y servir a los usuarios quechua hablantes. Artículo Quinto.- RECOMENDAR que todas las instituciones de formación académica que otorgan títulos y grados académicos, prioricen el Idioma Quechua como requisito para la obtención del título profesional. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO cualquier otra disposición que contravenga con la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y el portal electrónico del Gobierno Regional de Cusco. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Cusco para su promulgación. Dado en la ciudad de Cusco, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. ABEL PAUCARMAYTA TACURI Consejero Delegado Consejo Regional de Cusco POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. Dado en la sede central del Gobierno Regional del Cusco, a los 25 días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional 1543799-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nos. 1272 y 1310, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los TUPA y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (TUPA o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente: La publicación de la norma que apruebe el TUPA o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa). La publicación del Anexo (TUPA o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. a) b)

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. a) b) 4. a) b) c) d) e) f) g) h) 5. 6. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: La norma aprobatoria del TUPA se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica; El anexo (TUPA o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa. El archivo electrónico del TUPA deberá cumplir con el siguiente formato: Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. El tamaño del documento en hoja A4 al 100%. El tipo de letra Arial. El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos. El interlineado sencillo. Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda. Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El TUPA se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2. Las tarifas para publicar los TUPA se publican en la página WEB del Diario Oficial El Peruano.

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