Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2016 (11/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de junio de 2016 /

El Peruano

sean necesarias para el normal desenvolvimiento de las operaciones financieras, aprobados mediante Acuerdo de Concejo Nº 020-2015-CDLO y Nº 54-2015-CDLO de acuerdo al siguiente detalle: TITULARES: ING. LORENZO HENRRY ESPÍRITU VICTORIO Gerente de Administración y Finanzas LIC. ERIKA ABIGAIL ARROYO FEBRES Sub Gerente de Tesorería (Registrada) SUPLENTES PEDRO MOISÉS DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde (Registrado) ECON. ALFREDO REYNAGA RAMÍREZ Gerente Municipal Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 54-2015-CDLO de fecha 24 de noviembre de 2015, en el extremo que nombra como responsable Titular al C.P.C. José del Carmen Huamanchumo Bernal. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 20-2015-CDLO de fecha 14 de abril de 2015, en el extremo que nombra como miembro suplente al Abog. Alejandro De la Cruz Farfán. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Tesorería efectuar las acciones pertinentes para el Registro de las Firmas ante las entidades financieras, a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Subgerencia de Soporte, Redes y Telecomunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1390614-2

el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, la designación del Ejecutor Coactivo, se efectuará mediante Concurso Público de Méritos, ejerciendo sus cargos conforme a las disposiciones de la citada Ley; Que, en mérito del requerimiento de la Contratación de un Ejecutor Coactivo presentado por la Gerencia de Municipal, la Comisión de Evaluación procedió a efectuar el Concurso de Méritos para la Contratación de un Ejecutor Coactivo en la Modalidad de Contrato de Administrativo de Servicios -CAS, resultando como ganador el ciudadano Federico Guillermo Abraham Kajatt Kajatt, quien ostenta el Título Profesional de Abogado; Que, mediante Informe N° 002-2016-CE-Concurso CAS N° 02-2016/MDPH, el Presidente del Comité de Evaluación Concurso CAS N°002-2016-MDPH solicita se emita la Resolución de Alcaldía designando al Ejecutor Coactivo a partir del 01 de Junio del 2016 al 30 de noviembre del 2016; Que, habiéndose cumplido lo establecido con las Bases del Concurso Público de Méritos N° 002-2016-MDPH, y lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 - Ley de Procedimientos de labranza Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972; Estanndo a lo expuesto y en uso de la facultad concedida por el Artículo 20° Inc. 6) de la Ley Orgánica Municipalidades N° 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR con eficacia anticipada a partir del 01 de Junio del 2016 al 30 (de noviembre del 2016, al abogado Federico Guillermo Abraham Kajatt Kajatt. en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, el indicado servidor ejercerá sus funciones bajo la condición laboral del Contrato Administrativo de Servicios. Articulo Segundo: ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Secretaria General, Gerencia de Administración Tributaria, Unidad de Personal, demás Unidades Orgánicas en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publiquese. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1391203-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Designan Ejecutor Municipalidad Coactivo de la

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Aprueban beneficios tributarios a contribuyentes del distrito que regularicen la presentación de su Declaración Tributaria del Impuesto Predial
ORDENANZA Nº 312/MDSM San Miguel, 6 de junio de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; POR CUANTO; EL Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha; VISTOS, el memorando Nº231-2016-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº091-2016GAJ/MDSM de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el memorando Nº290-2016-GRAT/MDSM de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 103-2016-MDPH Punta Hermosa, 7 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: El Informe N° 002-2016-CE-Concurso CAS N° 0220I6/MDPH, del Presidente del Comité de Evaluación Concurso CAS N°002-2016-MDPH, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; conforme a lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 194° de la Constitución Política del Estado. Que, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 - Ley de Procedimientos de Cobranza Coactiva, aprobado por