Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2016 (11/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 11 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, el numeral a) del artículo 4 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece entre las áreas programáticas de acción del Sector, a los Derechos Fundamentales en el ámbito laboral; Que, el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042014-TR, señala que la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo es el órgano de línea responsable de formular las políticas públicas y funciones sustantivas orientadas a promover los derechos fundamentales y la seguridad y salud en el trabajo; asimismo, el artículo 53, inciso a) del precitado Reglamento, señala entre sus funciones específicas, formular y ejecutar la política nacional y sectorial en materia de promoción, protección y cumplimiento de los derechos fundamentales en el ámbito laboral y seguridad y salud en el trabajo, en coordinación con los otros niveles de gobierno y con aquellos sectores que se vinculen; Que, el Decreto Supremo N° 052-2011-PCM, que modifica el numeral 9, Políticas Nacionales en materia de Empleo y MYPE, sub numeral 9.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM: Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, establece como política específica 2.9: Prevenir y erradicar las peores formas de trabajo infantil y el trabajo forzoso, que forma parte de la Política 2: Promover la inserción laboral productiva, formal y con empleo decente; Que, el trabajo infantil limita las posibilidades de progreso en la vida de los niños, niñas y adolescentes, condenándolos en muchos casos a mantenerse en una situación de pobreza, lo cual constituye un constante desafío a nivel mundial, y especialmente en nuestro país, puesto que el trabajo infantil es perjudicial para el desarrollo físico y psicológico del niño; Que, en el año 2002, la Organización Internacional del Trabajo instituyó el 12 de Junio como el "Día mundial contra el trabajo infantil"; acción que en el Perú se institucionalizó mediante Resolución Ministerial N° 2132006-TR; Que, con ocasión de esta fecha, la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo se encuentra organizando un evento denominado: "Feria y Festival: Unidos por una Niñez Libre de Trabajo Infantil", que se realizará el día 12 de junio de 2016, en la ciudad de Huancayo, con la finalidad de sensibilizar a la población en general sobre la importancia de erradicar el trabajo infantil en el Perú, y difundir los servicios del Estado vinculados con el objetivo planteado; Que, en mérito a las consideraciones expuestas en los párrafos precedentes, corresponde emitir el acto de administración interna que otorgue carácter oficial a la citada actividad, la cual cuenta con el recurso presupuestal asignado mediante Certificación de Crédito Presupuestario, Nota N° 1946; Con las visaciones del Viceministerio de Trabajo; de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y de los Jefes de las Oficinas Generales de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar carácter oficial a la "FERIA Y FESTIVAL: UNIDOS POR UNA NIÑEZ LIBRE DE TRABAJO INFANTIL", organizado por la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, a realizarse el día 12 de junio de 2016, en la ciudad de Huancayo. Artículo 2.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), para su puesta en

conocimiento a nivel nacional, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1391711-1

Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Proyectos del Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 005-2016-MTPE/3 Lima, 9 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 733-2016-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Informe N° 487-2016-TP/DE/UGA-CFRRHH, de la Coordinación Funcional de Recursos Humanos; el Informe N° 2302016-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, y el Proveído N° 2652-2016-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 del Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", aprobado por Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, modificado por Resoluciones Ministeriales N°s. 215 y 234-2014-TR, establece entre otros, que la Unidad Gerencial de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", está a cargo de un Gerente, quien es designado por Resolución Viceministerial del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; Que, a través del Informe N° 487-2016-TP/DE/ UGA-CFRRHH, la Coordinación Funcional de Recursos Humanos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", señala que el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Proyectos se encuentra vacante y que la persona propuesta no tiene impedimentos para ser designado en dicho cargo; Que, mediante Informe N° 230-2016-TP/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; opina favorablemente sobre la propuesta antes mencionada a fin que sea elevada al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral para la tramitación respectiva; Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del artículo 26 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor WILLIAM JESÚS UCEDA PACHAS como Gerente de la Unidad Gerencial de Proyectos del Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú". Regístrese, comuníquese y publíquese. WIGBERTO NICANOR BOLUARTE ZEGARRA Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral (e) 1391274-1